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BOC Nº 077. Jueves 18 de abril de 2024 - 1335

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Turismo y Empleo

1335 ORDEN de 4 de abril de 2024, por la que se declara desierta la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo n.º 10444810, denominado Jefe/a de Servicio de Formación II, adscrito al Servicio de Formación II del Servicio Canario de Empleo, efectuada por Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica de esta Consejería.

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BOC-A-2024-077-1335. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente para la provisión del puesto de trabajo n.º 10444810, denominado “Jefe/a de Servicio de Formación II”, adscrito al Servicio de Formación II del Servicio Canario de Empleo, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

I.- Por Resolución n.º 35/2024, de 12 de febrero, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo y Empleo (BOC n.º 40, de 23.2.2024), se convocó para la provisión, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo n.º 10444810, denominado “Jefe/a de Servicio de Formación II”, adscrito al Servicio de Formación II del Servicio Canario de Empleo.

II.- El 15 de marzo de 2024 expiró el plazo de presentación de solicitudes, sin concurrencia de personal funcionario para la cobertura del puesto de referencia.

A los anteriores antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El procedimiento para la provisión del puesto de trabajo n.º 10444810, denominado “Jefe/a de Servicio de Formación II”, adscrito al Servicio de Formación II del Servicio Canario de Empleo, mediante el sistema de libre designación, se ajusta a lo previsto en los artículos 18, 19, 20 y 21 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- La base sexta de la Resolución n.º 35/2024, de 12 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo y Empleo, establece que se declarará desierta la convocatoria cuando no concurra ningún personal funcionario a la misma.

De acuerdo con todo lo anterior, y en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 29.1.c) de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, así como la base quinta de la convocatoria,

RESUELVO:

Primero.- Declarar desierta la convocatoria efectuada por Resolución n.º 35/2024, de 12 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo y Empleo, para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo n.º 10444810, denominado “Jefe/a de Servicio de Formación II”, adscrito al Servicio de Formación II del Servicio Canario de Empleo.

Segundo.- Publicar la presente Orden el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, o ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona recurrente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación, advirtiéndose que de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el mismo o se produzca su desestimación presunta y, todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de abril de 2024.

LA CONSEJERA DE TURISMO
Y EMPLEO,
Jéssica del Carmen de León Verdugo.

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