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BOC-A-2024-036-694.
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Mediante Orden de la Consejera de Hacienda, de 15 de noviembre de 2018, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 230, de 27 de noviembre de 2018, se aprobó la delegación de competencias de la Secretaría General Técnica del Departamento a favor de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, respecto a la contratación del suministro de la ropa de trabajo a las que hace referencia el artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias en cuanto al personal adscrito al parque móvil.
Vista la propuesta motivada efectuada por la referida Dirección General de Patrimonio y Contratación, mediante la cual manifiesta la conveniencia de dejar sin efecto la señalada delegación de competencias efectuada en favor de la misma.
Considerando que las sucesivas leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias han venido atribuyendo a las secretarías generales técnicas la competencia para la contratación del suministro de la ropa de trabajo a la que alude el artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias. En la actualidad, la disposición adicional séptima de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024, mantiene, con carácter general, la centralización de la competencia para la contratación de la ropa de trabajo en las secretarías generales técnicas.
Vistos los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.- Se deja sin efecto la Orden de la Consejera de Hacienda de 15 de noviembre de 2018, por la que se aprobó la delegación de competencias de la Secretaría General Técnica del Departamento a favor de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, respecto a la contratación del suministro de la ropa de trabajo a las que hace referencia el artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias en cuanto al personal adscrito al parque móvil.
Segundo.- La presente Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de febrero de 2024.
LA CONSEJERA DE HACIENDA Y
RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA,
Matilde Pastora Asián González.
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