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BOC Nº 015. Lunes 22 de enero de 2024 - 352

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias

352 Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración.- Resolución de 12 de enero de 2024, por la que se delega la firma de las resoluciones del extinguido Fondo Nacional de Asistencia Social, pensiones no contributivas, su complemento para alquiler de vivienda y las prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad en la persona titular de la Jefatura del Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de la Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración n.º 2241, de fecha 26 de mayo de 2020, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se delegaron en el Jefe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración las competencias siguientes:

a) La firma de las resoluciones de los expedientes del extinguido Fondo Nacional de Asistencia Social.

b) La firma de las resoluciones de las pensiones de invalidez y jubilación no contributivas, del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.

c) La firma de las resoluciones de las prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad reguladas en el Real Decreto 383/1984.

Asimismo, en el apartado segundo de la mencionada Resolución se dispuso que quedaba expresamente derogada en su totalidad la Resolución de la entonces Dirección General de Servicios Sociales de fecha 7 de noviembre de 2003, sobre delegación de competencias del Director General en el Jefe de Servicio de Prestaciones.

Segundo.- Mediante Resolución de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración n.º 285, de fecha 9 de enero de 2024, se revoca la Resolución n.º 2241, de fecha 26 de mayo de 2020, de la extinta Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, determina las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, en relación con el artículo 10 del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

Segundo.- De conformidad con el artículo 12 del mencionado Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, que determina las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia,
así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, “La Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias asume las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud”.

Tercero.- Es competencia de esta Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración la presente Resolución de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.2.A) del Decreto 446/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias.

Cuarto.- En el artículo 12 la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, “Delegación de firma”, se establece que:

“1. Los titulares de los órganos administrativos podrán, en materias de su competencia, que ostenten, bien por atribución, bien por delegación de competencias, delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, dentro de los límites señalados en el artículo 9.

2. La delegación de firma no alterará la competencia del órgano delegante y para su validez no será necesaria su publicación.

3. En las resoluciones y actos que se firmen por delegación se hará constar esta circunstancia y la autoridad de procedencia.”

Quinto.- Esta Dirección General delega en la persona titular de la Jefatura de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración la firma de las resoluciones de los expedientes del extinguido Fondo Nacional de Asistencia Social, pensiones de invalidez y jubilación no contributivas, del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, así como de las prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad reguladas en el Real Decreto 383/1984.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO:

Único.- Delegar la firma en la persona titular de la Jefatura del Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración, de las resoluciones del extinguido Fondo Nacional de Asistencia Social, de las pensiones de invalidez y jubilación no contributivas, del complemento
de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva y de las prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad reguladas en el Real Decreto 383/1984.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de enero de 2024.- La Directora General de Servicios Sociales e Inmigración, Elisabet Santana Rosales.

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