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BOC Nº 252. Miércoles 27 de diciembre de 2023 - 4327

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Transición Ecológica y Energía

4327 Viceconsejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía.- Resolución de 13 de diciembre de 2023, por la que se dispone la publicación de la Adenda al Convenio Específico de Cooperación entre la Universidad de La Laguna, a través del Instituto Universitario de Enfermedades Tropicales y Salud Pública de Canarias, y el Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial (actual Consejería de Transición Ecológica y Energía), para el estudio de patógenos en aves migratorias y en especies exóticas en un escenario de cambio climático.

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BOC-A-2023-252-4327. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias.

Asimismo teniendo en cuenta la Resolución de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad de 22 de abril de 2019, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 86, de 7 de mayo de 2019, por la que se delegan en los órganos superiores del Departamento las funciones de publicación e inscripción de convenios previstas en el artículo 20 del Decreto 11/2019.

En cumplimiento de lo anterior,

RESUELVO:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la Adenda al Convenio Específico de Cooperación entre la Universidad de La Laguna, a través del Instituto Universitario de Enfermedades Tropicales y Salud Pública de Canarias, y el Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial (actual Consejería de Transición Ecológica y Energía), para el estudio de patógenos en aves migratorias y en especies exóticas en un escenario de cambio climático.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de diciembre de 2023.- La Viceconsejera de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía, Julieta Cristina Schallenberg Rodríguez.

ANEXO

ADENDA AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA, A TRAVÉS DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE ENFERMEDADES TROPICALES Y SALUD PÚBLICA DE CANARIAS, Y EL GOBIERNO DE CANARIAS, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA, LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO Y PLANIFICACIÓN TERRITORIAL (ACTUAL CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA), PARA EL ESTUDIO DE PATÓGENOS EN AVES MIGRATORIAS Y EN ESPECIES EXÓTICAS EN UN ESCENARIO DE CAMBIO CLIMÁTICO.

En Santa Cruz de Tenerife, a 1 de diciembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Mariano Hernández Zapata, Consejero de Transición Ecológica y Energía (anteriormente de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial) del Gobierno de Canarias, en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que interviene en virtud de su nombramiento por el Decreto 43/2023, de 14 de julio, por el que se nombra a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias (BOC n.º 138, de 15.7.2023), de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 16.1 y 29.k) de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 5.6 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, aprobado mediante el Decreto 54/2021, de 27 de mayo, que mantiene su vigencia al amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

De otra parte, el Sr. D. Francisco Javier García Rodríguez, Rector de la Universidad de La Laguna (en lo sucesivo, ULL), con CIF Q 3818001D y domicilio en la calle Molinos de Agua, s/n, 38270, San Cristóbal de La Laguna, actuando en su nombre y representación según nombramiento realizado por el Decreto 30/2023, de 20 de abril (BOC n.º 81, de 26.4.2023), y en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 50.1 la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE n.º 70, de 23.3.2023), y por el artículo 23, letra o), del Decreto 66/2022, de 24 de marzo por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna (BOC n.º 67, de 5.4.2022), poderes que no han sido derogados ni modificados.

Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la formalización del presente Convenio y en su mérito

EXPONEN

I. Que el 10 noviembre de 2020, ambas partes suscribieron el Convenio indicado en el encabezado de esta Adenda. El mismo fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 248, de 4 de diciembre de 2020.

II. Que consta en acta de 2 de abril de 2023, suscrita por consenso por parte de la Comisión de Seguimiento del mismo, el acuerdo de modificación del Convenio referido a la cláusula séptima del Convenio, relativa a la financiación y abono de los trabajos.

Por lo anteriormente expuesto, las personas intervinientes acuerdan la suscripción de la presente Adenda al Convenio para el estudio de patógenos en aves migratorias y en especies exóticas en un escenario de cambio climático, en virtud de las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

El objeto de la presente Adenda es acordar la prórroga de la vigencia del presente Convenio específico por cuatro años, con la consiguiente modificación de la cláusula séptima del Convenio del que trae causa, relativa a la financiación y abono de los trabajos al régimen económico, a fin de incluir las aportaciones correspondientes a las anualidades 2024 a 2027 por valor de 60.000 euros, cada una de ellas, en consonancia con lo expresado en el expositivo segundo, así como en los términos establecidos en la cláusula siguiente.

Segunda.- Modificación de la cláusula cuarta para prorrogar la vigencia del Convenio hasta diciembre de 2027.

Se modifica el contenido de la cláusula cuarta que queda con el siguiente contenido:

“Este Convenio entrará en vigor una vez que haya sido firmado por ambas partes. Se entiende que la fecha de firma del Convenio es la fecha en la que ha sido firmada por la última de las partes. La vigencia del presente Convenio durará hasta el 31 de diciembre de 2027.”

Tercera.- Modificación de la cláusula séptima del Convenio.

Se modifica el contenido de la cláusula séptima.- De la financiación y abono de los trabajos, que quedaría como sigue:

«La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial aportará la cantidad de ciento sesenta y dos mil (162.000,00) euros, con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la aplicación presupuestaria 456D 4460100 124G0535 “Convenio Cambio Climático Universidades Canarias”, para las anualidades 2020 a 2023.

Para las anualidades 2024 a 2027 la Consejería de Transición Ecológica y Energía aportará la cantidad de doscientos cuarenta mil (240.000,00) euros con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la aplicación presupuestaria 1204/456D 2270600 “Estudios, Trabajos Técnicos y Honorarios Profesionales”.

Por tanto, el importe total de la financiación asciende a 402.000,00 euros distribuido en los siguientes conceptos:

Ver anexo en la página 63572 del documento Descargar

Con cargo a las aplicaciones presupuestarias citadas, el conjunto de aportaciones es el siguientes:

• Anualidad 2020: 12.000 euros.

• Anualidad 2021: 50.000 euros.

• Anualidad 2022: 50.000 euros.

• Anualidad 2023: 50.000 euros.

• Anualidad 2024: 60.000 euros.

• Anualidad 2025: 60.000 euros.

• Anualidad 2026: 60.000 euros.

• Anualidad 2027: 60.000 euros.

Dichas aportaciones se realizarán anualmente una vez presentada la correspondiente factura, comprobado el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente Convenio y previo visto bueno por parte del representante en la Comisión de Seguimiento de la Consejería de Transición Ecológica y Energía de los informes presentados, de la siguiente manera:

En cada anualidad, se producirá el abono de los importes correspondientes de 60.000 euros, a la entrega de los informes anuales que se recojan en el cronograma y planificación de los trabajos, antes del día 15 de noviembre de cada año, con la siguiente información expresa:

• Datos sobre la colecta de material a partir de hospedadores, aves y especies exóticas, que va a ser analizado para la búsqueda de patógenos de interés en Salud Pública y Veterinaria. Documentación científico/técnica en la que se describa la metodología seguida y resultados obtenidos del análisis de patógenos de interés en Salud Pública y Veterinaria.

• Datos sobre la divulgación de resultados, charlas, reuniones, congresos, publicaciones, etc.

• El último año se hará entrega del Informe Final del proyecto, donde se incluirán la descripción de las muestras obtenidas para desarrollar el proyecto, la metodología seguida y los resultados obtenidos. En esta memoria se incluirán las actividades realizadas a lo largo del proyecto, incluyendo reuniones de trabajo, divulgación de resultados en charlas divulgativas, ferias, congresos, publicaciones científicas, etc.

Se entregará una (1) copia de toda la documentación elaborada en soporte digital en disco duro externo/pen drive. Contendrá los archivos digitales debida y lógicamente ordenados en carpetas.

Existe crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria de la Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático 1204/456D 2270600 “Estudios, Trabajos Técnicos y Honorarios Profesionales”.

La ULL podrá encomendar la gestión económica del acuerdo a sus medios propios, si así lo considera necesario para el correcto desarrollo de las acciones y actividades propuestas en los plazos establecidos.»

Cuarta.- Régimen jurídico.

La presente Adenda tiene naturaleza administrativa, quedando sujeta a lo establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y, concretamente, a lo dispuesto en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley, así como a lo establecido en el artículo 20, apartados 1 y 2, del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Quinta.- Entrada en vigor y mantenimiento del resto de las estipulaciones del Convenio.

La presente Adenda entrará en vigor una vez haya sido firmada por ambas partes. El resto de estipulaciones permanecerán inalteradas.

Sexta.- Publicación e inscripción en el Registro General de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En aplicación del artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, la Adenda suscrita deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma; y en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de tal publicación, se procederá a la inscripción en el Registro General de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, las partes firman este documento electrónicamente en la fecha indicada en dicha firma.- Por la Universidad de La Laguna, el Rector, Francisco Javier García Rodríguez.- Por la Comunidad Autónoma de Canarias, el Consejero, Mariano Hernández Zapata.

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