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BOC Nº 238. Lunes 4 de diciembre de 2023 - 4051

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4051 Dirección General de Promoción y Diversificación Económica.- Extracto de la Resolución de 24 de noviembre de 2023, por la que se convoca, para el ejercicio 2023, el procedimiento de concesión de subvenciones para proyectos de promoción exterior e internacionalización de empresas canarias (Canarias Aporta) y proyectos de internacionalización digital (Aporta Digital), cofinanciadas en un 85% por el Programa FEDER Canarias 2021-2027.

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BOC-A-2023-238-4051. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 729574.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/729574).

Primero.- Beneficiarios.

Las pequeñas y medianas empresas canarias que realicen un proyecto de los indicados en la base octava.

Asimismo, podrán acogerse las agrupaciones de pequeñas y medianas empresas canarias constituidas a través de cualquiera de las formas jurídicas admitidas por la normativa mercantil vigente. También podrán presentarse agrupaciones empresariales sin personalidad jurídica.

Las empresas referidas anteriormente deberán contar con, al menos, un año de constitución al momento de presentar la solicitud de subvención. Esta exigencia será de aplicación a las empresas que conforman la agrupación empresarial, pero no así a la estructura agrupada con la que se presentan al programa.

Las empresas beneficiarias en su modalidad, individual o agrupadas, deberán:

• Tener su domicilio fiscal en Canarias, o tener un establecimiento permanente en esta Comunidad Autónoma.

• Disponer y demostrar tener capacidad financiera suficiente para abordar un proceso de internacionalización.

• Disponer como mínimo de un producto o servicio propio con potencial de internacionalización. Se considerará producto o servicio propio cuando alguna fase del proceso de su elaboración se haya realizado en Canarias (perfeccionamiento activo).

• Estar inscritas en la Enterprise Europe Network-Canarias (EEN-Canarias).

Segundo.- Finalidad.

Subvenciones a la internacionalización de empresas canarias consistente en asesoramiento técnico especializado y financiación a proyectos de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias, según la siguiente tipología e importes:

a) Subvenciones dirigidas a la expansión y promoción empresarial fuera de Canarias, ya sea fomentando su competitividad y promoción para la salida tanto al resto del territorio español como a mercados internacionales, y para la consolidación de su presencia en los mismos: (Línea Canarias Aporta): tres millones (3.000.000,00) de euros.

b) Subvenciones dirigidas a proyectos de promoción exterior e internacionalización de las PYMEs canarias utilizando la digitalización y el comercio electrónico en sentido amplio. Los proyectos Aporta Digital, además de los relativos al e-commerce, serán aquellos que faciliten la digitalización de la empresa y la conexión, a través de medios digitales, con los operadores ubicados fuera de Canarias. Aporta Digital: un millón doscientos mil (1.200.000) euros.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 10 de noviembre de 2023 (BOC n.º 227, de 20.11.2023), por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones para proyectos de promoción exterior e internacionalización de empresas canarias (Canarias Aporta) y de internacionalización digital (Aporta Digital), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Cuarto.- Importe.

El importe que se destina a las subvenciones asciende a un total de cuatro millones doscientos mil (4.200.000) euros. Para la convocatoria 2023, el importe máximo de los gastos subvencionables por proyecto ascenderá a 120.000 euros respectivamente, siendo el importe máximo de la subvención el 50% del gasto subvencionable.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Canarias.

Sexto.- Otros datos de interés.

Gastos subvencionables: las categorías de gastos subvencionables son las establecidas en las bases undécima, duodécima y decimotercera, aprobadas mediante la citada Orden de 10 de noviembre de 2023 (BOC n.º 227, de 20.11.2023).

Tendrán la consideración de gastos subvencionables, los siguientes:

• Export Manager en origen y en destino.

• Consultor/a Senior Internacional.

• Persona experta en digitalización y comercio electrónico en origen (Aporta Digital).

• Acciones promocionales en el exterior.

• Gastos de implantación y/o licitación en el exterior.

• Pólizas o seguros cuya finalidad sea cubrir los riesgos políticos, comerciales y extraordinarios asociados a la internacionalización.

• Formación, Equipo Humano y Profesional, Marketing y Logística (Aporta Digital).

Solicitudes: la presentación de solicitudes, instancias, comunicaciones y demás documentación exigible se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo la dirección electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/8899

Documentación: la prevista en la base dieciocho de la Orden de bases reguladoras que rigen la concesión de subvenciones para proyectos de internacionalización de las empresas canarias.

Forma de pago: en la presente convocatoria, podrá abonarse anticipadamente sin exigencia de garantías, y siempre a solicitud de la empresa beneficiaria, hasta el 50% del importe de la subvención concedida en la resolución de concesión definitiva, quedando sujeto el abono, en su caso, del resto del importe que proceda a la previa justificación del proyecto subvencionado, en la forma establecida en la base reguladora trigesimotercera; y resultando, además, de aplicación, lo previsto en la base trigesimonovena.

Forma de justificación: mediante cuenta justificativa con informe de auditor acompañada de las facturas pagadas.

Plazo máximo de justificación: 31 de octubre de 2024, excepto para la auditoría limitada y su factura original, así como el pago efectivo de la misma, que tendrá un plazo adicional de siete días hábiles, y que finalizará el 12 de noviembre de 2024.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de noviembre de 2023.- El Director General de Promoción y Diversificación Económica (p.d. Orden de 5.10.2023; BOC n.º 203, de 16.10.2023), Manuel Alexis Oliva Hernández.

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