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BOC-A-2023-165-2902.
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Visto el expediente para la provisión de un puesto de trabajo en este Departamento y teniendo en cuenta la propuesta del Secretario General Técnico, y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
I.- Por Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General Técnica de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo (BOC n.º 110, de 8 de junio), se convocó para la provisión, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo n.º 10444810, denominado “Jefe/a Servicio de Formación II, en el Servicio Canario de Empleo.
II.- Según Informe de la Secretaría General Técnica de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, de 5 de julio de 2023, el aspirante D. Íñigo Bosch Canals cumplía con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto de trabajo convocado según la vigente relación de puestos de trabajo y las bases que regían la convocatoria.
III.- El 19 de julio de 2023 se recibe comunicación interna de la Secretaría General Técnica de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, en la que se hace constar que la Orden de resolución de la convocatoria para la cobertura de la plaza de referencia no se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, debido a la renuncia formulada por el único aspirante D. Íñigo Bosch Canals.
IV.- El 3 de agosto de 2023, se emitió informe por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo y Empleo en el que, de acuerdo con lo establecido en el antecedente de hecho anterior, se propone que se declare desierta la convocatoria efectuada para la cobertura del puesto de referencia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El procedimiento para la provisión del puesto de trabajo n.º 10444810, denominado “Jefe/a Servicio de Formación II, en el Servicio Canario de Empleo, mediante el sistema de libre designación, se ajusta a lo previsto en los artículos 18, 19, 20 y 21 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- La base séptima de la Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General Técnica de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, establece que se declarará desierta la convocatoria cuando no concurra ningún funcionario.
De acuerdo con todo lo anterior y en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 29.1.c) de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, así como la base séptima de la convocatoria,
RESUELVO:
Primero.- Declarar desierta la convocatoria efectuada por Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General Técnica de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo n.º 10444810, denominado Jefe/a de Servicio de Formación II, adscrito al Servicio Canario de Empleo por renuncia del único aspirante existente.
Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, o ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona recurrente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación, advirtiéndose que de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el mismo o se produzca su desestimación presunta y, todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de agosto de 2023.
LA CONSEJERA DE TURISMO
Y EMPLEO,
Jéssica del Carmen de León Verdugo.
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