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BOC-A-2023-161-2845.
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BDNS (Identif.): 711513.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/711513).
Primero.- Beneficiarios.
Las personas físicas o jurídicas previstas que reúnan los requisitos establecidos en la base reguladora 5.
Segundo.- Objeto.
Financiar los gastos de desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales, así como la producción de cortometrajes.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden n.º 1/2023, de 3 de agosto, de la Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, subvenciones destinadas al desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales, así como la producción de cortometrajes, se aprueban las bases que han de regir las mismas y se aprueba el gasto correspondiente por importe de quinientos veinte mil (520.000,00) euros.
Cuarto.- Cuantía.
El importe total por el que se efectúa la convocatoria asciende a la cantidad de quinientos veinte mil (520.000,00) euros.
La cantidad máxima destinada a un proyecto concreto y para cada categoría es la siguiente:
- Desarrollo de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales: 30.000,00 euros.
- Producción de cortometrajes: 20.000,00 euros.
Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se acogen al Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de 18 de diciembre 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352, de 24.12.2013).
Quinto.- Plazos de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Las solicitudes de subvención deberán presentarse acompañadas de la documentación específica requerida en estas bases a través del aplicativo de gestión telemática que estará disponible en la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de agosto de 2023.
LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES,
CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA,
Migdalia María Machín Tavío.
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