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BOC-A-2023-024-388.
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Como medida de optimización de la utilización de las dependencias universitarias, con perspectiva económica, en cuanto a una gestión eficiente del gasto del funcionamiento de la universidad, así como también organizativa, al contextualizarse en el desarrollo de la actividad universitaria, se declaran determinados periodos inhábiles, dado que todos los centros, servicios y unidades de la Universidad permanecerán cerrados, como norma general, salvo los servicios mínimos que la Gerencia haya establecido.
Visto el Acuerdo de Consejo de Gobierno de esta Universidad de fecha 16 de enero de 2023, por el que se aprueban los periodos de cierre en Semana Santa de 2023, del 3 al 9 de abril de 2023, ambos incluidos, en agosto de 2023, del 7 al 22 de agosto de 2023, ambos incluidos, y en Navidad de 2023, del 1 al 8 de enero de 2024, ambos incluidos.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en uso de las competencias que le confiere la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de La Laguna, este Rectorado ha resuelto:
Primero.- Declarar inhábiles los periodos comprendidos del 3 al 9 de abril de 2023, ambos incluidos, del 7 al 22 de agosto de 2023, ambos incluidos, y del 1 al 8 de enero de 2024, ambos incluidos.
Segundo.- La presente Resolución no afectará, en ningún caso, al cómputo de los plazos para interponer recursos en vía administrativa y reclamaciones previas a la vía jurisdiccional contra actos administrativos de la Universidad de La Laguna, ni al cómputo de plazos judiciales.
Tercero.- En todas las notificaciones de resoluciones que dicha Universidad deba practicar a los interesados en los procedimientos administrativos que se tramitan en la misma, se hará constar expresamente dicha circunstancia, a continuación del pie de recurso, mediante la inserción en dichas notificaciones del párrafo siguiente:
“Permaneciendo cerradas las instalaciones de la Universidad de La Laguna en los periodos comprendidos del 3 al 9 de abril de 2023, ambos incluidos, del 7 al 22 de agosto de 2023, ambos incluidos, y del 1 al 8 de enero de 2024, ambos incluidos, se pone en conocimiento de los interesados en el presente procedimiento, que cualquier recurso o reclamación que deseen interponer o presentar contra el acto notificado, podrán presentarlo, dirigido a la Universidad de La Laguna, en los lugares a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común en la Administraciones Públicas: en los registros electrónicos de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de asistencia en materia de registros así como en cualquier otro establecido en las disposiciones vigentes.”
Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en el tablón oficial electrónico de la Universidad de La Laguna.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que lo dicta, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano judicial competente, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
San Cristóbal de La Laguna, a 20 de enero de 2023.- La Rectora, Rosa María Aguilar Chinea.
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