Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas.
Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 162.21 Kb.
BOC-A-2022-251-3952.
Firma electrónica
- Descargar
ANTECEDENTES
I.- Por Resolución de este Centro Directivo, de 14 de noviembre de 2019, se convocó concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas de personal estatutario de la/s categoría/s de Facultativo/a Especialista de Área - Cardiología, adscritas a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 227, de 22.11.2019).
II.- El 15 de julio de 2022 se publicó en los lugares previstos en la base tercera de la Resolución de la convocatoria la relación de personas concursantes admitidas y excluidas en el concurso de traslados de referencia y se otorgó un plazo de diez días hábiles a las personas aspirantes excluidas/omitidas para formular reclamaciones, así como para subsanar los defectos que lo motivaron.
III.- La Resolución de convocatoria prevé que una vez finalizado el plazo de reclamaciones contra la relación de personas admitidas y excluidas, a la vista de las plazas solicitadas y de los méritos acreditados por las personas concursantes, la Dirección General de Recursos Humanos, a propuesta de la Comisión de Valoración, dictará resolución provisional del concurso.
IV.- Conforme a lo dispuesto en las bases, la resolución provisional del concurso contendrá la relación definitiva de personas concursantes excluidas, indicando los motivos de exclusión, así como la relación definitiva de personas concursantes admitidas con indicación de las puntuaciones parciales de cada apartado del baremo, puntuación total y plaza asignada.
V.- Las personas concursantes admitidas dispondrán del plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de esta Resolución para formular reclamaciones contra la relación provisional o renunciar a su solicitud de participación.
Las personas aspirantes excluidas definitivamente podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo que territorialmente correspondan o bien potestativamente recurso de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la citada publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En virtud de lo expuesto, siguiendo el procedimiento previsto por las bases de la convocatoria,
RESUELVO:
Primero.- Declarar desierta la convocatoria cuyos datos se citan en el encabezamiento por falta de personas concursantes admitidas definitivamente.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias y en la web del Servicio Canario de la Salud.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo que territorialmente correspondan, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de diciembre de 2022.- La Directora General de Recursos Humanos, Avelina Díaz Padrón.
© Gobierno de Canarias