Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 233. Viernes 25 de noviembre de 2022 - 3565

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. Otras Resoluciones - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

3565 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Directora, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad para la realización de itinerarios individualizados y personalizados de empleo, para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 186.42 Kb.
BOC-A-2022-233-3565. Firma electrónica - Descargar

Vista la Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo nº 9429/2022, de 23 de septiembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la financiación de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad para la realización de itinerarios individualizados y personalizados de empleo, para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo nº 9429/2022, de 23 de septiembre de 2022, se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la financiación de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad para la realización de itinerarios individualizados y personalizados de empleo, para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la cual fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 197, de 4 de octubre de 2022.

Segundo.- Razones de interés público aconsejan reducir los plazos de tramitación derivados de la citada convocatoria, a fin de que pueda agilizarse la concesión de estas subvenciones, teniendo en cuenta que irán destinadas a la financiación de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad para la realización de itinerarios individualizados y personalizados de empleo, para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Se ha de tener en cuenta, asimismo, que las subvenciones a las que hace referencia la mencionada Resolución serán otorgadas por el Servicio Canario de Empleo, al que corresponde la gestión de las mismas. La concesión se realizará en régimen de concurrencia no competitiva, conforme al artículo 44 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, al tratarse de subvenciones financiables con fondos del instrumento europeo ya citado.

Los distintos trámites administrativos para la resolución de los expedientes hacen necesario reducir los plazos a la mitad, acordando para ello aplicar la tramitación de urgencia en esta convocatoria.

A los anteriores antecedentes resultan de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.2015), establece que cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Segundo.- El resuelvo cuarto de la Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la convocatoria, faculta a la Dirección del Servicio Canario de Empleo para adoptar cuantas medidas sean necesarias para la interpretación, aplicación y ejecución de lo dispuesto en esta Resolución, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero.- El punto 1 de la base reguladora decimoquinta de la citada Resolución de 23 de septiembre de 2022, establece que el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, añadiendo que una vez transcurrido dicho plazo sin haberse dictado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada.

Vistos los antecedentes y consideraciones jurídicas expuestas, en ejercicio de las competencias que confiere a esta Dirección el artículo 8.4 del Decreto 118/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica y de funcionamiento del Servicio Canario de Empleo, en relación con el artículo 9 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo,

RESUELVO:

Primero.- Acordar la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo ordinario iniciado por Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo nº 9429/2022, de 23 de septiembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la financiación de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad para la realización de itinerarios individualizados y personalizados de empleo, para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; reduciendo a la mitad los plazos establecidos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, con indicación de que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.2015), sin perjuicio de que, conforme a lo previsto en el artículo 112.1, párrafo segundo, de la Ley 39/2015, pueda alegar oposición al presente acto para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de noviembre de 2022.- La Directora, Dunnia Rosa Rodríguez Viera.

© Gobierno de Canarias