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BOC Nº 231. Miércoles 23 de noviembre de 2022 - 3535

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

3535 ORDEN de 11 de noviembre de 2022, por la que se conceden las condecoraciones del Sistema Canario de Seguridad, en su modalidad de Medalla al mérito policial y Placa colectiva al mérito policial, correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022.

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BOC-A-2022-231-3535. Firma electrónica - Descargar

En el desarrollo de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales de Canarias, el Decreto 75/2003, de 12 de mayo, establece las normas marco y otras normas de Coordinación de las Policías Locales de Canarias (en adelante, Decreto 75/2003, de 12 de mayo).

En el artículo 36 del Decreto 75/2003, de 12 de mayo, se establece que los órganos encargados de la seguridad ciudadana y de protección civil de la Comunidad Autónoma de Canarias podrán otorgar distinciones y recompensas a los miembros de las Policías Locales de los municipios de la Comunidad de acuerdo con la legislación vigente.

Por su parte, mediante el Decreto 55/2007, de 13 de marzo, se crean las condecoraciones y distinciones del Sistema Canario de Seguridad (en adelante, Decreto 55/2007, de 13 de marzo) “con la finalidad de reconocer y premiar públicamente la actuación de los funcionarios pertenecientes a los diferentes Cuerpos de Policía Local de Canarias en el ejercicio de sus funciones, así como de aquellas personas cuya conducta y actuación en aras del estudio, promoción, dignificación o apoyo de la función policial les haya hecho merecedoras de ello”.

El artículo 1 del citado Decreto 55/2007, de 13 de marzo, distingue varias modalidades de condecoraciones y distinciones. Así, el apartado a) del mismo precepto define la Placa colectiva al mérito policial como la condecoración “destinada a distinguir a uno o varios Cuerpos de Policía Local, unidades operativas de los mismos o grupos de funcionarios que desarrollen una diferenciada y específica actuación policial, por su decisiva contribución y meritoria labor colectiva en aras a la dignificación y reconocimiento público de las Policías Locales, así como en su misión de defensa, promoción y protección de los derechos y libertades públicas”.

De su parte, el apartado b) del mismo precepto define la Medalla al mérito policial como la condecoración “otorgada a título individual y destinada a distinguir a aquellos funcionarios de los Cuerpos de Policía Local de Canarias que hayan destacado de forma relevante por su actividad profesional, por su trabajo humanitario o por su notoria entrega al servicio”.

El artículo 3 del referido Decreto 55/2007, de 13 de marzo, atribuye a la persona titular de la Consejería competente en materia de seguridad la facultad de conceder, mediante Orden departamental, las condecoraciones y distinciones en sus modalidades de Placa colectiva al mérito policial y de Medalla al mérito policial. Tales competencias están actualmente residenciadas en la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, conforme a lo establecido en su Reglamento Orgánico, aprobado por Decreto 14/2021, de 18 de marzo.

El artículo 4 del citado Decreto 55/2007, de 13 de marzo, señala que las condecoraciones serán entregadas en acto público a los interesados.

De otra parte, debe reseñarse que conforme al artículo 2.2 del Decreto 55/2007, de 13 de marzo, la concesión de la Medalla al mérito policial llevará aparejada la percepción de una recompensa económica de acuerdo con lo previsto en cada anualidad por los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias y en virtud de lo establecido en la disposición adicional trigésima sexta de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, “se suspende, para el año 2022, el contenido económico de cualquier clase de premios a otorgar por la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias o sus organismos autónomos, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes, entidades públicas empresariales y fundaciones públicas”.

Por otro lado, la presente Orden será publicada en el Boletín Oficial de Canarias para general conocimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vistas las propuestas elevadas por la Dirección General de Seguridad y Emergencias y considerando que han sido sometidas a la valoración e informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Canarias en su sesión 2/2022 celebrada el 21 de octubre, previa ponderación de los méritos y circunstancias alegadas conforme a los criterios establecidos en la Orden de 22 de febrero de 2018, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Canarias sobre criterios para la concesión de condecoraciones y distinciones del Sistema Canario de Seguridad aprobado el 6 de febrero de 2018, y en virtud de las competencias legalmente atribuidas,

RESUELVO:

Primero.- Conceder las siguientes condecoraciones del Sistema Canario de Seguridad, en su modalidad de Medalla al mérito policial y Placa colectiva al mérito policial, que serán entregadas en acto público:

a) Siete condecoraciones, en su modalidad de Medalla al mérito policial, por su destacada actividad profesional a:

- D. José Luis Herrera León, Comisario Jefe del Cuerpo de la Policía Local de Santa Lucía. Correspondiente al año 2020.

- D. José Luis Ramos González, Subinspector del Cuerpo de la Policía Local de Telde. Correspondiente al año 2020.

- D. César Lorenzo Robaina Cejudo, Inspector del Cuerpo de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria. Correspondiente al año 2020.

- A título póstumo, a D. Pedro Bruno Henríquez Déniz, Policía del Cuerpo de la Policía Local de Santa Lucía. Correspondiente al año 2020.

- Dña. Faina Laura Cruz Déniz, Policía del Cuerpo de la Policía Local de Telde. Correspondiente al año 2021.

- D. Armando Jesús Martín Miranda, Policía del Cuerpo de la Policía Local de Telde. Correspondiente al año 2021.

- D. José Juan Florido Sánchez, Oficial del Cuerpo de la Policía Local de Telde. Correspondiente al año 2022.

b) Tres condecoraciones, en su modalidad de Placa colectiva al mérito policial, por su decisiva contribución y meritoria labor colectiva en aras a la dignificación y reconocimiento público de las Policías Locales, así como en su misión de defensa, promoción y protección de los derechos y libertades públicas:

- Unidad de Medio Ambiente del Cuerpo de la Policía Local de Telde. Correspondiente al año 2020.

- Unidad de Atestados del Cuerpo de la Policía Local de San Cristóbal de La Laguna. Correspondiente al año 2020.

- Unidad de Educación Vial del Cuerpo de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria. Correspondiente al año 2020.

Segundo.- Notificar la presente Orden a las personas interesadas y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias para general conocimiento.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación respecto de las personas destinatarias de las condecoraciones concedidas y para el resto de las personas interesadas desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. No obstante lo anterior, podrá interponerse con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta esta Orden en el plazo de un mes a contar en los mismos términos que los expuestos para el recurso contencioso-administrativo. En caso de interponerse el recurso de reposición no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta la resolución expresa o por silencio en el plazo de un mes desde su interposición.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de noviembre de 2022.

EL CONSEJERO DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Julio Manuel Pérez Hernández.

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