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BOC-A-2022-192-2975.
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En relación con el expediente de referencia, el anuncio para someter al trámite de información pública la solicitud, es el siguiente:
“El Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, conforme con lo previsto en el artículo 17 del Reglamento de Control de vertidos para la protección del Dominio Público Hidráulico (aprobado por el Decreto 174/1994, de 29 de julio),
HACE SABER
En cumplimiento con la Sentencia nº 37/2020, de 17 de febrero de 2020, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Las Palmas de Gran Canaria, dentro del procedimiento ordinario nº 374/2018, y en relación a la solicitud presentada por la mercantil “Hibiscus Lanzarote, S.L.” para la obtención de autorización administrativa para la captación de agua de mar, desalación y vertido del rechazo de salmuera asociada a la planta desaladora del “Hotel Lanzarote Village”, en Puerto del Carmen, en el municipio de Tías (isla de Lanzarote), con una capacidad de 100 m³/día, no interesándose constitución de servidumbre o declaración de utilidad pública a efectos expropiatorios, se somete la misma al trámite de información pública por plazo de treinta días.”
Arrecife, a 19 de abril de 2022.- El Vicepresidente, Andrés Stinga Perdomo.
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