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BOC Nº 169. Viernes 26 de agosto de 2022 - 2758

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V. Anuncios - Otros anuncios - Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan)

2758 ANUNCIO por el que se hace pública la Resolución de 16 de agosto de 2022, que dispone la publicación de la Adenda de prórroga al Convenio de Cooperación entre Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) y la Asociación Abandono Cero.

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BOC-A-2022-169-2758. Firma electrónica - Descargar

Primero.- Que Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) es una sociedad mercantil pública creada por el Gobierno de Canarias mediante Decreto 271/1991, de 18 de octubre, que forma parte del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, en relación con el artículo 117 de la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Que los convenios suscritos por la sociedad mercantil pública Gesplan con la Administración General del Estado, con los entes, entidades u organismos que formen parte del sector público estatal, con otras comunidades autónomas, con órganos constitucionales o estatutarios, con entes públicos extranjeros u organismos internacionales, con los Cabildos Insulares, los ayuntamientos y demás entidades locales canarias; así como con cualquier otra institución o persona física o jurídica, tanto de naturaleza pública como privada, están sujetos a las prescripciones del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de lo dispuesto en su artículo 3.1.

Tercero.- Que el artículo 20 del citado Decreto dispone que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma. En el mismo plazo también deberán publicar en el citado diario oficial los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.

Cuarto.- Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 de los Estatutos Sociales de Gesplan, la representación de la sociedad corresponde al Consejo de Administración.

Quinto.- Que el Consejo de Administración, en sesión celebrada el día 8 de noviembre de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: nombramiento de Consejero Delegado, delegación de facultades y autorización al Presidente del Consejo de Administración para la firma de su contrato y de otras actuaciones, por el que se nombra a D. Manuel Agoney Piñero Ortiz Consejero Delegado y se le delegan todas las facultades del Consejo de Administración, excepto las indelegables legal y estatutariamente.

Que dicho acuerdo fue elevado a público en escritura pública, otorgada ante el Notario de Las Palmas de Gran Canaria, D. Lesmes Gutiérrez Rodríguez-Moldes, el día diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, bajo el protocolo dos mil ciento cincuenta y ocho, e inscrito en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria.

Sexto.- Que en virtud de lo expuesto, ut supra,

RESUELVO:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la Adenda de prórroga al Convenio de Cooperación entre Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) y la Asociación Abandono Cero, cuyo texto se aporta como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de agosto de 2022.- El Consejero Delegado, Manuel Agoney Piñero Ortiz.

ANEXO

ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE GESTIÓN Y PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIOAMBIENTAL, S.A. (GESPLAN) Y LA ASOCIACIÓN ABANDONO CERO.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de junio de 2022.

REUNIDOS

De una parte, D. Manuel Agoney Piñero Ortiz, Consejero Delegado de Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (en adelante Gesplan), con CIF A38279972, en virtud del nombramiento realizado en la sesión del Consejo de Administración, celebrado el 8 de noviembre de 2019, el cual ha sido elevado a público e inscrito en el Registro Mercantil correspondiente.

Y de otra, D. Daniel Cárdenes Tacoronte, Presidente de la Asociación Abandono Cero, con CIF G76248053, en virtud de acuerdo adoptado por la Asamblea General, celebrada el 21 de octubre de 2015, con domicilio a los efectos de este Convenio en la calle Luis Doreste Silva, nº 20, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente documento, y en ese sentido,

EXPONEN

I.- Que mediante Decreto nº 59/2020, del 16 de julio de 2020, de la Sra. Consejera de Gobierno de Medio Ambiente del Cabildo de Gran Canaria, se aprueba el expediente de encargo a la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. para la ejecución del servicio de gestión del Albergue Insular de Animales Domésticos Abandonados, durante un periodo de 24 meses, abarcando previsiblemente desde el 1 de julio de 2020 hasta el 30 de junio de 2022.

II.- Que con fecha 29 de octubre de 2020, se firma el Convenio de Cooperación entre Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) y la Asociación Abandono Cero, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 232, de 12 de noviembre de 2020, e inscrito en el Registro General de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias, bajo el nº 127/2020.

III.- Que la estipulación séptima del Convenio establece que: “El presente Convenio surtirá efecto desde el mismo día de la firma y tendrá una vigencia inicial hasta el 30 de junio de 2022, pudiendo las partes prorrogarlo antes de su vencimiento por periodos de un año, siendo necesario firmar por todas las partes un documento de prórroga, siendo el plazo máximo del presente Convenio y de sus posibles prórrogas el establecido en el artículo 49.h).1º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ya citada anteriormente.

Se establece que, durante la vigencia del Convenio, anualmente la Comisión de Seguimiento procederá a evaluar la conveniencia de continuar con el mismo o proceder a su denuncia”.

IV.- Que mediante Decreto nº 8/2022, de fecha 30 de marzo, de la Sra. Consejera de Gobierno de Medio Ambiente del Cabildo de Gran Canaria, se dispone prorrogar el encargo adjudicado mediante Decreto nº 59/2020, de 16 de julio, durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2024.

En consecuencia, ambas partes acuerdan formalizar la presente Adenda al Convenio, según las siguientes

ESTIPULACIONES

Única.- Se modifica la estipulación séptima del Convenio quedando de la siguiente manera:

“El presente Convenio surtirá efecto desde el mismo día de la firma y tendrá una vigencia inicial hasta el 30 de junio de 2024, pudiendo las partes prorrogarlo antes de su vencimiento por el periodo que las partes acuerden, siendo necesario firmar por todas las partes un documento de prórroga, siendo el plazo máximo del presente Convenio y de sus posibles prórrogas el establecido en el artículo 49.h).1º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ya citada anteriormente.

Se establece que, durante la vigencia del Convenio, anualmente la Comisión de Seguimiento procederá a evaluar la conveniencia de continuar con el mismo o proceder a su denuncia.”

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, ambas partes subscriben el presente documento, en el lugar y fecha indicados ut supra.- Manuel Agoney Piñero Ortiz, Consejero Delegado.- Daniel Cárdenes Tacoronte, Presidente de Abandono Cero.

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