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BOC-A-2022-142-2410.
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Con fecha 28 de julio de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 641/2021, de 27 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas españolas para la modernización y digitalización del sistema universitario en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El 7 de septiembre de 2021 se publicó en la Base de Datos Nacional de Subvenciones la Orden por la que se concedían las subvenciones previstas en el Real Decreto citado en el apartado anterior. En el caso de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), la concesión, denominada “Proyecto Unidigital”, asciende a 1.000.198.10 euros en el año 2022 y a 169.744,40 en el año 2023.
El proyecto Unidigital está integrado por varios sub-proyectos en los que participa la ULPGC a través de su Servicio de Informática. A pesar de que casi todos los sub-proyectos prevén la contratación de personal vinculado a cada iniciativa, existen ciertas tareas transversales, tanto de sistemas como de desarrollo, cuyo cometido no se puede asignar a un puesto de trabajo vinculado a un proyecto en concreto.
A la vista de lo cual, esta Gerencia, en uso de las en uso de las atribuciones que tiene delegadas por Resolución del Rector de 5 de abril de 2021 (BOC de 20.4.2021), ha resuelto convocar proceso selectivo de personal para su contratación en régimen laboral con duración determinada, al amparo de lo establecido en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, con sujeción a las siguientes
BASES
1.- Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la selección, mediante concurso de méritos, de dos trabajadores o trabajadoras (Titulados/as Universitarios en Informática) para su contratación laboral temporal, conforme a lo previsto en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, por estar asociados a la estricta ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la realización de labores de apoyo a la gestión de tareas de sistemas y de desarrollo asociados al Proyecto Unidigital, cuyo cometido no puede ser asignado al personal contratado vinculado a los sub-proyectos derivados de ese marco, debido al carácter transversal de las tareas.
Dicha contratación no supone compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación del contratado o contratada a la plantilla de la ULPGC.
La duración total de las contrataciones será hasta el 31 de diciembre de 2023. No obstante, ante la posibilidad de que se prorrogue o amplíe la dotación y actuaciones derivadas de Unidigital, la duración de los contratos podrá prorrogarse por el tiempo que duren dichas prórrogas, por el tiempo necesario para la ejecución de los citados proyectos.
2.- Normas de aplicación.
2.1. Este procedimiento selectivo se regirá por lo dispuesto en estas bases y, en lo no previsto expresamente en las mismas, le serán de aplicación principalmente las siguientes normas:
- El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado laboral.
- La Ley territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.
- La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
- Los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados por Decreto 30/2003, de 10 de marzo.
- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Decreto 8/2011, de 27 de enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria.
2.2. La contratación que se formalice y la relación jurídica originada se regirá por la normativa citada en el apartado anterior y cualquier otra que resulte de aplicación, por lo previsto en el contrato de trabajo y, además, por lo establecido en:
- El Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- La Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
3.- Publicaciones.
3.1. El anuncio de la convocatoria se efectuará en el Boletín Oficial de Canarias.
3.2. Las bases de la convocatoria y las restantes actuaciones objeto de publicación que se susciten durante el procedimiento de selección serán publicados en la siguiente dirección de internet: https://www.ulpgc.es/spersonal-pas/proyecto-unidigital
4.- Requisitos de los aspirantes.
4.1. Para ser admitido a este proceso selectivo deberán reunirse los siguientes requisitos:
A) Nacionalidad: ser español o española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y españolas, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Igualmente podrán participar los extranjeros y extranjeras que se encuentren legalmente en España, y estén habilitados para residir y para poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
En el momento de presentación de la solicitud de participación deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a la previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizarán por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen y traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo del concurso y cuyo conocimiento será exigible a todos los participantes.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y procedan de países cuya lengua oficial no sea el español, deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano mediante la presentación del Diplomas de español como lengua extranjera (DELE) nivel C1 o C2, o equivalentes, expedido conforme a lo establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera (DELE).
B) Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
C) Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
D) Habilitación: no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
E) Titulación: poseer las siguientes titulaciones:
- Título Universitario de Grado en Informática o equivalente.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
4.2. Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de formalización del contrato.
5.- Aspirantes con discapacidad, física, psíquica o sensorial.
Las personas aspirantes afectadas por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que puedan ser excluidas por estas causas, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
6.- Condiciones de los contratos.
6.1. La modalidad contractual será la de contrato de duración determinada prevista en la Disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, por estar asociados a la estricta ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6.2. Los contratos surtirán efectos desde la fecha de su formalización entre la Universidad y el candidato o candidata seleccionada. La duración del contrato será hasta el 31 de diciembre de 2023, pudiendo prorrogarse en caso de que se prorrogue o amplíe la dotación y actuaciones derivadas de Unidigital.
6.3. Se establecerá un periodo de prueba de dos meses, cuyo cómputo quedará interrumpido por las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento, que afecten al trabajador o trabajadora durante el mismo.
6.4. La jornada de trabajo será de 37,5 horas semanales en horario de 7:45 a 15:15 horas de lunes a viernes. En función de las necesidades del servicio, la jornada diaria se podrá realizar en horario de mañana y tarde, respetando el límite máximo de 37,5 horas semanales en cómputo mensual y los periodos de descanso legalmente previstos.
6.5. La retribución íntegra será de 33.153,42 euros anuales, que se abonarán en doce mensualidades y en los que están incluidos todos los conceptos (sueldo, complementos, prorrata paga extra).
6.6. El régimen de vacaciones, permisos y licencias, así como las restantes condiciones de trabajo serán las previstas en el Estatuto de los Trabajadores, en el Estatuto Básico del Empleado Público y en la restante normativa de general aplicación. Quedarán excluidos expresamente del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas Canarias.
6.7. El objeto del contrato y la actividad a desarrollar será la siguiente:
Bajo la dirección de los responsables del programa Unidigital apoyar las siguientes actividades, funciones y tareas:
1.- Apoyo a la dirección técnica del Proyecto.
2.- Coordinación con las empresas colaboradoras.
3.- Preparación, configuración y monitorización de los Sistemas necesarios para todos los sub-proyectos que conforman Unidigital, tanto si se ejecutan en la nube como en máquinas locales.
a. La preparación y creación de máquinas virtuales.
b. El dimensionamiento de la capacidad de cómputo y el almacenamiento.
c. La interconexión con los sistemas locales (onpremise).
d. La resolución de incidencias.
e. La supervisión del funcionamiento de los servicios.
4.- Configuración de las comunicaciones y seguridad (redes virtuales, firewalls y privilegios de accesos).
a. Gestión de usuarios y privilegios en la red corporativa.
b. Gestión y supervisión del tráfico de red interno y perimetral.
5.- Programación de interfaz de usuario, lógica de negocio, interfaces SOAP/REST y generación de ficheros XML.
6.- Desarrollo de cuadros de mando.
7.- Cualquier otra tarea técnica relacionada con el proyecto.
6.8. Las funciones se desempeñarán en las dependencias del Servicio de Informática de la ULPGC, en el edificio de los Servicios Administrativos, calle Real de San Roque, nº 1, en Las Palmas de Gran Canaria.
Los trabajadores o trabajadoras seleccionadas estarán bajo la dependencia del Servicio de Informática de la ULPGC al que corresponderá la dirección, coordinación, seguimiento y evaluación del Programa y de los trabajos.
6.9. Las personas seleccionadas estarán sujetas a las previsiones de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
6.10. La contratación no implica por parte de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado o interesada a su plantilla, ni genera derecho alguno para el acceso a la condición de empleado público de la Institución.
7.- Solicitudes.
7.1. Quienes deseen participar en el proceso selectivo deberán presentar su solicitud, en el plazo de 15 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
7.2. Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la ULPGC (https://administracion.ulpgc.es).
a) Elija la opción “Procesos Selectivos”, dentro del catálogo de trámites.
b) Seleccionar a continuación “Proceso selectivo para la contratación temporal de dos Titulados/as Universitarios en Informática para apoyo al proyecto Unidigital”
c) Seleccionar a la derecha “Tramitación Electrónica”.
d) La unidad u órgano de destino debe ser: “Subdirección de Personal de Administración y Servicios”.
e) Incorporar los archivos correspondientes a la documentación requerida.
Los/as aspirantes deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:
A) Copia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente.
B) Copia del título académico oficial requerido para acceder a la contratación (o del resguardo de su solicitud). En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, estos deberán ir acompañados de la resolución original de la homologación expedida por el Ministerio de Educación español.
C) Los aspirantes extranjeros deberán presentar, además, la documentación justificativa de cumplir con los requisitos de nacionalidad, parentesco y dependencia económica, en su caso, señalados en la base 4.1.A) de esta convocatoria.
D) Curriculum vitae firmado, añadiendo justificación de todos los méritos alegados, debidamente ordenadas y numeradas con el apartado del baremo al que corresponde.
E) Documentación acreditativa de los méritos alegados para su valoración en el concurso.
7.3. La dirección de correo electrónico, que figure en la solicitud se considerará la única válida a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación de cualquier cambio.
7.4. Los documentos se presentarán en copia simple. Solo deberán presentar los documentos originales los aspirantes que resulten seleccionados, y se realizará con anterioridad a la firma del contrato, en el plazo en el que le sean requeridos, quedando decaídos de los derechos de participación en el proceso selectivo en el caso de que no los presentasen o no se pudiese acreditar su autenticidad.
8.- Admisión de candidatos y candidatas.
8.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, y una vez revisadas administrativamente las solicitudes por el Servicio de Personal de la ULPGC, se dictará, en el plazo máximo de diez días hábiles (excluido el periodo de cierre oficial del mes de agosto), la resolución de la Gerencia declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación expresa de la causa de exclusión, que servirá de notificación a las personas interesadas a todos los efectos.
8.2. Las candidatas y candidatos no admitidos dispondrán de un plazo de cinco días naturales desde su publicación en el tablón de anuncios para subsanar el defecto causante de la no admisión. Si así no lo hicieren, se archivará la solicitud sin más trámite.
8.3. Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará la resolución de la Gerencia aprobando las listas definitivas de personas admitidas al proceso de selección, que servirá de notificación a los/as interesados/as y agotará la vía administrativa.
9.- Comisión Evaluadora.
9.1. La Comisión Evaluadora estará constituida por las personas señaladas en el Anexo 1 de la presente convocatoria y será la responsable de valorar los méritos y convocar, en su caso, a los aspirantes para la realización de la entrevista, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo 2 de esta convocatoria. La Secretaria o el Secretario, que forman parte de la Comisión Evaluadora, actuará con voz, pero sin voto.
9.2. La Comisión Evaluadora se ajustará en su funcionamiento a lo establecido en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
9.3. Las personas que forman parte de la Comisión Evaluadora deberán plantear su abstención, para no formar parte de la misma, cuando pudieran estar incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a aquellos miembros de la Comisión Evaluadora cuando, a su juicio, concurran en los mismos las circunstancias previstas en el citado artículo 23 este apartado.
9.4. La participación en el proceso selectivo supone el consentimiento expreso del aspirante para que la Comisión Evaluadora tenga acceso a los datos de carácter personal o profesional que, obrando en poder de la Administración, sean puestos a disposición de dicho órgano para el ejercicio de sus funciones.
Las personas que forman parte de la Comisión Evaluadora solo utilizarán aquellos datos personales o profesionales que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones, no pudiendo emplearlos para fines distintos.
Asimismo, quedan obligadas al cumplimiento del deber de secreto respecto de los datos de los concursantes a los que tengan acceso durante el ejercicio de su función, debiendo tratar estos confidencialmente, quedando prohibida cualquier tipo de comunicación, cesión, transferencia, almacenamiento, envío o entrega no autorizados expresamente. El deber de secreto y confidencialidad permanecerá una vez finalizada la labor de la Comisión.
10.- Sistema selectivo.
10.1. El sistema selectivo será el concurso de méritos, a fin de evaluar la competencia, aptitud e idoneidad de los aspirantes para el desempeño de las correspondientes funciones y de establecer el orden de prelación de los mismos para la selección. Se desarrollará en dos fases: la primera consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes y la segunda en una entrevista personal.
10.2. Primera fase: valoración de méritos.
A los aspirantes les serán valorados los méritos conforme al baremo que se expresa en el Anexo 2 de esta convocatoria, con el límite total de 10 puntos, y con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
Únicamente se valorarán aquellos méritos que se posean a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes y que sean acreditados documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
La Comisión Evaluadora podrá requerir a aquellos aspirantes que considere conveniente las aclaraciones de aquellos extremos de carácter dudoso, de difícil interpretación o controvertidos de la documentación presentada, así como de recabar el asesoramiento de aquellas personas que, por su especialización, estime oportuno.
Efectuada la valoración de los méritos la Comisión hará pública, en los lugares señalados en la base 3.2, una relación provisional con la puntuación otorgada a los aspirantes en la primera fase del concurso, con indicación de las puntuaciones parciales que correspondan a cada uno de los apartados del baremo de méritos.
Contra dicha relación provisional podrán interponer los aspirantes las reclamaciones que consideren oportunas, en el plazo de tres días naturales siguiente a su publicación.
Finalizado dicho plazo se publicará la relación definitiva de la primera fase del concurso con los aspirantes ordenados igualmente con la puntuación otorgada.
10.3. Segunda fase: entrevista personal.
Con los aspirantes que obtengan las cuatro mejores puntuaciones en la valoración de los méritos aportados, incluyendo los posibles empates que se produzcan entre el aspirante que ocupa la cuarta posición y los sucesivos, la Comisión realizará una entrevista personal, cuya puntuación tendrá un límite de 3 puntos.
10.4. Finalizadas las entrevistas, la Comisión hará pública, igualmente en los lugares señalados en la base 3.2, la relación provisional con la puntuación total de los aspirantes en ambas fases del concurso. Contra dicha relación provisional podrán interponer los aspirantes las reclamaciones que consideren oportunas, en el plazo de cinco días naturales siguientes a su publicación.
10.5. Finalizado dicho plazo se publicará la relación definitiva de aspirantes ordenados igualmente con la puntuación otorgada. Esta relación integrará la propuesta de contratación con los dos aspirantes con mayor puntuación.
10.6. En caso de empate, el orden final de los aspirantes se establecerá atendiendo a la mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo de méritos, por su orden.
10.7. El proceso selectivo podrá quedar desierto si ninguno de los aspirantes supera el mínimo de puntuación requerida en el concurso o el proceso de selección, que será de 4 puntos.
11.- Resolución.
Finalizadas las actuaciones, la Gerencia dictará Resolución disponiendo la contratación de los aspirantes propuestos.
12.- Presentación de documentos y formalización del contrato.
12.1. Los candidatos o candidatas propuestas dispondrán, a partir de la notificación de la Resolución del Gerente, de un plazo máximo de 5 días naturales para la formalización por escrito del contrato y la inmediata incorporación al trabajo. Con carácter previo a dicha formalización deberá asimismo presentar la siguiente documentación:
a) Original del DNI, pasaporte o tarjeta de residente.
b) Original de los títulos académicos oficiales requeridos para acceder a la contratación (o del resguardo de su solicitud). En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, estos deberán ir acompañados de la resolución original de la homologación expedida por el Ministerio de Educación español.
c) Originales de la documentación presentada para la acreditación de los méritos valorados en el concurso.
d) Informe de vida laboral.
e) Original de la certificación de conocimiento adecuado del castellano prevista en la base 4.1.A), en su caso.
f) Declaración jurada de no haber sido separado de las Administraciones Públicas en virtud de expediente disciplinario, y de no hallarse inhabilitado, mediante sentencia firme, del ejercicio de la función pública. Si el aspirante no posee la nacionalidad española, deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
g) Certificado médico de poseer la capacidad funcional para el ejercicio de las tareas a desarrollar.
h) Declaración jurada de no estar prestando servicios en el sector público, realizando actividad privada incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad, ni percibiendo pensión que resulte incompatible.
i) Datos bancarios.
j) Situación familiar (modelo I.R.P.F.).
k) Documento de afiliación a la Seguridad Social.
12.2. Salvo los supuestos de fuerza mayor, quien no compareciese a la formalización del contrato, no presentase la documentación referida, o si del examen de la misma se dedujera que carece de los requisitos señalados, o que no posee los méritos valorados, habrá decaído, a todos los efectos, en su derecho a ser contratado, sin perjuicio de las responsabilidades legales en que pudiera haber incurrido. En este caso podrán ser llamados los aspirantes que concurrieron a la selección, por su orden.
13.- Datos de carácter personal.
Los datos personales recogidos en la solicitud de participación al presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por Ley. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y demás derechos establecidos en la norma dirigiendo un escrito al Servicio de Personal de esta Universidad.
14.- Norma final.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, también se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Gerente de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.
Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de julio de 2022.- El Gerente, Roberto Moreno Díaz.
ANEXO 1
COMISIÓN EVALUADORA
Ver anexo en la página 26761 del documento Descargar
ANEXO 2
BAREMO DE MÉRITOS FASE DE CONCURSO (MÁXIMO 10 PUNTOS).
Ver anexo en las páginas 26762-26763 del documento Descargar
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