Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
36 páginas.
Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 571.79 Kb.
BOC-A-2022-133-2240.
Firma electrónica
- Descargar
Vistas las propuestas de la titular de la Viceconsejería de Igualdad y Diversidad se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Orden departamental nº 209, de 15 de marzo de 2022, se acuerda la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, correspondiente a los años 2022/2024 (BOC nº 61, de 28.3.2022), siendo modificada por Orden departamental nº 512, de 12 de mayo de 2022 (BOC nº 101, de 24.5.2022).
Segundo.- Constan en el expediente propuestas de la Viceconsejera de Igualdad y Diversidad, de fecha del día 11 de mayo y 7 de junio del presente año, por las que se interesa introducir determinadas modificaciones en el citado Plan Estratégico de Subvenciones, que afectan al Servicio 2318, Programa presupuestario 912A denominado “Dirección Política y Gobierno”.
De una parte, en la propuesta del día 11 de mayo de 2022 se expone que la LA234G1184 denominada Plan corresponsables por importe de 745.257,00 euros que tiene como fuente de financiación a la Administración del Estado, en concreto, al Ministerio de Igualdad, se ha visto incrementada con motivo de una incorporación extraordinaria de remanentes de crédito no ejecutados en 2021 y consignados como parte del crédito distribuido a las Comunidades Autónomas con Cargo al Plan Corresponsables 2021 mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, de 28 de abril de 2021.
Así mismo se indica que mediante Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 24 de febrero de 2022, publicada en el BOE nº 59 de 10 de marzo de 2022, por el que se fijan los criterios de distribución a las comunidades autónomas y la distribución resultante del crédito destinado en el año 2022 al desarrollo del citado Plan Corresponsables, se consignan unas nuevas cantidades a las Comunidades Autónomas para ejecutar en el ejercicio 2022 con cargo a los fondos del Plan para dicho año (que ascienden para nuestra Comunidad Autónoma a la cantidad total de 9.891.619,60 euros), y que se modifica, entre otros aspectos, el criterio de la edad de las niñas, niños y jóvenes de familias con necesidades de apoyo a la conciliación familiar, fijando un nuevo criterio que amplía la horquilla de 0 a 14 años (fijada en 2021) a la de 0 a 16 años (que se establece en 2022).
De otra parte se significa que la referida Resolución de 1 de marzo de 2022 especifica en su apartado “Proyectos y Actuaciones” incluidos en el Epígrafe I del Anexo, que el importe consignado en el desarrollo del Plan Corresponsables podrá destinarse por las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla a la financiación de proyectos para el desarrollo de actuaciones y/o prestaciones orientadas a facilitar la conciliación familiar, mediante la creación de bolsas de cuidado profesional, la creación de empleo de calidad en el sector cuidados, planes de formación en corresponsabilidad y cuidados destinados a hombres y, cuando el desarrollo normativo estatal lo permita, la puesta en marcha de un sistema de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia profesional o vías no formales.
Conforme a lo anterior, se especifica que los proyectos, que deberán ser promovidos por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, a través de los órganos competentes en materia de igualdad, se enmarcarán en las siguientes tipologías de proyectos.
1.- Bolsas de cuidado profesional para familias con hijos e hijas de hasta 16 años.
2.- Creación de empleo.
3.- Planes de formación en corresponsabilidad y cuidados destinados a los hombres.
Expresamente prevé el punto 3 de la referida resolución, que se implementarán planes de formación en corresponsabilidad y cuidados destinados a los hombres con fondos recibidos en el Marco del Plan de Corresponsabilidad. Es por ello que dicha formación en masculinidades corresponsables, como medio para desarrollar el proyecto, debe incluirse expresamente en el Anexo II de la Sección 23 Servicio 18 del actual Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento.
Así las cosas, los 745.257,00 euros incluidos en el actual Anexo II del PES del Departamento para la concesión de subvenciones directas de este Centro Directivo con motivo de la incorporación de remanentes de crédito no ejecutados de los fondos del Plan Corresponsables aprobados en 2021, deben incrementarse ahora en 718.810.09 euros generados a través del documento contable MC con de fecha de captura 30 de marzo de 2022 y número 0000104653 en la LA 234G1184/Plan Corresponsables procedentes de la financiación del Plan Corresponsables aprobada para Canarias en 2022, para fomentar el impulso de planes de formación en corresponsabilidad y cuidados.
Con todo ello, la cantidad resultante de dicho sumatorio y la cual proponemos figure en el nuevo Anexo II del PES del Departamento para la LA234G1184/Plan Corresponsables asciende a la cantidad de 1.464.067,09 euros.
A la vista de las consideraciones realizadas, se hace necesario adecuar el contenido del referido Anexo II en relación a los objetivos y efectos de la línea de actuación ahí contemplada aprobada por la Orden departamental nº 219, de 15 de marzo de 2022, por la que se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del departamento para el año 2022.
De otra parte, en la propuesta, de fecha del siguiente 7 de junio, se indica que la Línea L.A.234G1116 denominada Plan de actuación contra exclusión y pobreza del colectivo LGBTI se publicó inicialmente en el Anexo I de la citada Orden, en la Sección 23: Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, Servicio 18: Viceconsejería de Igualdad y Diversidad y Programa 912A Dirección de Política y Gobierno. La citada Línea tiene por objeto “propiciar la atención al colectivo LGBTI en situación de exclusión social, potenciando medidas que favorezcan su integración social en el ámbito de la salud, vivienda o de ayudas económicas directas a personas en situación de exclusión o riesgo de carácter puntual orientadas a cubrir necesidades básicas no resueltas desde otras prestaciones o servicios”.
Por razones de interés público, social, económico y humanitario, así como otras debidamente justificadas que dificultan su convocatoria pública, se propone la modificación del Anexo I para trasladar la Línea de Actuación L.A.234G1116 denominada “Plan de actuación contra exclusión y pobreza del colectivo LGBTI” al Anexo II, todo ello con la finalidad de garantizar la promoción de servicios destinados a la lucha contra la exclusión y la pobreza del colectivo LGBTI. Para el desarrollo de las actuaciones previstas en la citada línea, resulta imprescindible la participación de entidades que tengan recorrido en la atención y defensa de los derechos del colectivo LGTBI, pero que al mismo tiempo estén especializadas en la atención a personas en situación de exclusión social y pobreza.
Tercero.- Consta en el expediente el preceptivo informe favorable emitido por la Oficina Presupuestaria de la Secretaría General Técnica, así como también el relativo a la Dirección General de Planificación y Presupuesto de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, sobre la modificación que se plantea.
A los que son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- En atención a lo previsto en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento 2022/2024 aprobado por la mencionada Orden nº 209, de 15 de marzo de 2022, y su posterior modificación por Orden nº 512, de 12 de mayo de 2022, tiene carácter programático, estando supeditado, en su caso, a la aparición de nuevas estrategias de actuación que resulten de la implantación de las políticas desarrollas por este Departamento en el transcurso del tiempo, así como también por los resultados que se vayan alcanzando en el seguimiento y en la evaluación continua aplicables a las diferentes líneas de subvenciones que configuran el presente Plan Estratégico.
Es por ello y a la vista de la propuesta de la titular de la Viceconsejería de Igualdad y Diversidad se precisa proceder a la modificación de la citada Orden departamental con el fin de recoger los extremos expuestos en el antecedente segundo de la presente Orden, que afecta al Anexo I y II de la misma, en lo que se refiere al Servicio 2318 Viceconsejería de Igualdad y Diversidad, Programa presupuestario 912A “Dirección Política y Gobierno”.
Segundo.- De acuerdo con todo lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29, letra m), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.1990), el artículo 5 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, así como el Decreto 43/2020, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud (BOC nº 81, de 24.4.2020) y, finalmente, el Decreto 121/2019, de 17 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud (BOC nº 137, de 18.7.2019), y demás normas de general y pertinente aplicación, la titular de este Departamento es competente para la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2022/2024.
Vistos los antecedentes expuestos y demás normas de general y pertinente aplicación,
RESUELVO:
Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento 2022/2024, aprobado por Orden de la Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud nº 209, de 15 de marzo de 2022 (BOC nº 61, de 28.3.2022), y su posterior modificación por Orden nº 512, de 12 de mayo de 2022 (BOC nº 101, de 24.5.2022).
Segundo.- Concretar que dicha modificación afecta a los Anexos I y II del citado Plan Estratégico en lo que se refiere al Servicio 2318 Viceconsejería de Igualdad y Diversidad, Programa presupuestario 912A “Dirección Política y Gobierno”, en los siguientes términos:
- En lo que respecta al Anexo I, dedicado a la concesión de subvenciones en los procedimientos de concurrencia competitiva, se suprime la Línea L.A.234G1116 denominada Plan de actuación contra exclusión y pobreza del colectivo LGBTI, por importe de 200.000,00 euros.
- Por lo que se refiere al Anexo II, dedicado a la concesión de subvenciones, de forma directa, se incrementa el importe asignado a la Línea de Actuación LA234G1184 denominada Plan Corresponsables, de tal forma que pasa de la cantidad inicial de 745.257,00 euros a un importe total de 1.464.067,09 euros.
De otra se incluyen dos nuevos objetivos, susceptibles de fomento, relativos a favorecer la conciliación de las familias con niñas, niños y jóvenes de entre 0 y 16 años inclusive desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres; e igualmente ofertar planes de formación en corresponsabilidad y cuidados que sensibilicen acerca de la necesidad de acabar con el sesgo de género que pesa sobre el mundo de los cuidados, así como en el fomento de la construcción de identidades desde referentes de masculinidades igualitarias y cuidadoras.
Así mismo se incluye la Línea L.A.234G1116 denominada Plan de actuación contra exclusión y pobreza del colectivo LGBTI, por importe de 200.000,00 euros.
Tercero.- Instar la publicación de la presente Orden y sus correspondientes Anexos I y II en el Boletín Oficial de Canarias, así como también en el Portal de Transparencia del Gobierno de Canarias y en la web de esta Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de junio de 2022.
LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES,
IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD,
Noemí Santana Perera.
Ver anexo en las páginas 25035-25066 del documento Descargar
© Gobierno de Canarias