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BOC-A-2022-131-2209.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de octubre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 20.1 del Decreto 11/2019,
de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.
En cumplimiento de lo anterior,
RESUELVO:
Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Convenio Marco de Colaboración y su anexo, suscritos entre la Federación Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa del Metal de Las Palmas (FEMEPA) y la Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. (PROEXCA), cuyos textos figuran como anexo a esta Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de junio de 2022.- La Secretaria General Técnica, Fayna Álamo Santana.
ANEXO
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN PROVINCIAL DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL METAL DE LAS PALMAS (FEMEPA) Y LA SOCIEDAD CANARIA DE FOMENTO ECONÓMICO, S.A.- PROEXCA- (C_2_22).
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de mayo de 2022.
INTERVIENEN
De una parte, D. Laureano Pérez Rodríguez, en calidad de Consejero Delegado de la Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. (en adelante PROEXCA), inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, Tomo 1448, Folio 172, Hoja GC-2190, con CIF
A 38282455, y domicilio en la calle Emilio Castelar, 4 - 5ª planta, de Las Palmas de Gran Canaria, actuando en nombre y representación de esta Entidad, en uso de la facultad atribuida por el Consejo de Administración de 10 de octubre de 2019, en escritura nº 2061 de 19 de noviembre de 2019 en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria ante Notario D. Francisco Javier Guerrero Arias.
Y de otra, D. Juan Carlos Betancor García, actúa en nombre y representación, en calidad de Secretario General de la Federación Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa del Metal de Las Palmas (en adelante FEMEPA), organización empresarial legalmente constituida al amparo de la Ley 19/1977, de 19 de abril, e inscrita en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Las Palmas, con el nº 35/4S, e identificación fiscal G35035534, con domicilio social en la calle de León y Castillo, 89-4º, Las Palmas de Gran Canaria, estando facultado para el otorgamiento del presente Convenio de Colaboración con PROEXCA.
Todas las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente Convenio, y en su virtud:
EXPONEN
Primero.- Que FEMEPA es un lugar de encuentro para el desarrollo de iniciativas regionales en el ámbito del sector metal y nuevas tecnologías, tanto con empresas asociadas y no asociadas, y de acuerdo con ello tiene prevista la organización de acciones de internacionalización de empresas canarias de interés para el sector de reparaciones navales, con la finalidad de mejorar las competencias e impulsar nuevas oportunidades de negocio internacionales para las pymes del metal y las nuevas tecnologías, a través de la cooperación empresarial e institucional.
Segundo.- Que el Gobierno de Canarias, a través de PROEXCA, tiene como objetivo prioritario la configuración de Canarias como Hub logístico y de negocios de cara al continente africano. Este objetivo está incluido en la “Estrategia Operativa de Internacionalización de la Economía Canaria”, publicada en agosto de 2017. Por parte del MINCOTUR, se cuenta con la Estrategia de Internacionalización de la Economía Española 2017-2027 entre cuyas actuaciones figura el Plan de Acción Bienal 2021-2022. La aportación de PROEXCA se enmarca dentro de la financiación recibida del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo: “MINCOTUR”.
Que PROEXCA está interesada en participar en las acciones ya que la estrategia de promoción del presente Convenio está claramente enfocada a los mercados de la costa occidental africana, en especial Mauritania y Senegal, donde tienen cabida las empresas asociadas y no asociadas al sector de reparaciones navales en sus actividades dirigidas a la industria del Oil and Gas Offshore por lo que se prestan a la firma del presente Convenio.
A tal efecto, ambas entidades comparecientes formalizan el presente Convenio de Colaboración, con base a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- Es objeto del presente Convenio establecer la forma y condiciones en que habrá de desarrollarse la colaboración entre FEMEPA y PROEXCA en acciones que tengan relación con la internacionalización de las empresas canarias, relacionadas con las reparaciones navales.
Segunda.- Por el presente Convenio, FEMEPA cede espacio publicitario en el evento para la visibilidad de PROEXCA, además del logotipo de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias, conforme a lo establecido en el manual de identidad corporativa aprobado por el Decreto 184/2004, de 21 de diciembre. Para más información se puede consultar la dirección: https://www.gobiernodecanarias.org/identidadgrafica/, como patrocinadores oficiales. FEMEPA se compromete a darle máxima visibilidad a PROEXCA y al Gobierno de Canarias en el marco de las acciones planificadas anualmente en relación con la internacionalización, ver Anexo I. Además, incluirá en todas sus publicaciones, publicidad/ información sobre el apoyo por parte de PROEXCA. PROEXCA hace pública la financiación por la Administración General del Estado (MINCOTUR), y hace constar la colaboración del citado Ministerio. Las partes incluirán en todas las acciones incluidas en este Convenio información sobre el apoyo por parte de PROEXCA y MINCOTUR.
Tercera.- El presupuesto total a ejecutar se acordará en un anexo a este Convenio que se elaborará de manera manual y se corresponderá con el presupuesto y objetivos de cada anualidad. No obstante, a lo anterior, el importe de los gastos a realizar por cada una de las partes podrá variar entre las distintas partidas y se cuantificará en función de las necesidades de cada acción. Por motivos excepcionales y debidamente justificados, el importe total del proyecto podrá ser modificado por mutuo acuerdo.
Se crea una Comisión Seguimiento de las actuaciones objeto del presente Convenio, cuyos miembros serán, un técnico de PROEXCA y un representante de FEMEPA, designados por las partes.
La Comisión se reunirá periódicamente para elaborar los informes de seguimiento que recojan la ejecución y evolución de las acciones previstas en los anexos anuales a este Convenio. Su cometido consistirá en el seguimiento, aprobación de los gastos y colaboración en las acciones a desarrollar en virtud de este Convenio.
Asimismo, la Comisión analizará trimestralmente la evolución de los resultados de las acciones desarrolladas durante estos periodos de actuación, así como el análisis de los resultados obtenidos a la finalización del ejercicio, derivados de la implementación del plan de actuación correspondiente a cada anualidad.
A la firma del Convenio, y al objeto de poder realizar dicha evaluación trimestral y final, FEMEPA deberá establecer los objetivos a cumplir con la implementación del plan de acción, así como los resultados claves que se esperan obtener. Dichos resultados deberán ser medibles y establecerse en periodos de tiempo.
Cuarta.- En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento Europeo General de Protección de Datos 2016/679, de 27 de abril de 2016 (RGPD), FEMEPA es el responsable del tratamiento de los datos de carácter personal facilitados a través de participación en las acciones planificadas, siendo la finalidad de dicho tratamiento la organización del evento. La legitimación de este tratamiento de datos reside en el consentimiento explícito que nos otorga a través de este Convenio. Sus datos no serán comunicados a terceros salvo obligación legal. En caso de producirse alguna modificación en sus datos, le rogamos nos lo comunique debidamente. Para el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación/supresión, oposición, limitación y portabilidad, deberá realizar el envío de una petición escrita que deberá remitir, bien por correo electrónico a betancor@femepa.es o bien a través de correo ordinario a la siguiente dirección: calle León y Castillo nº 89, 4º D, 35004, Las Palmas de Gran Canaria, España.
Datos personales tratados en el desarrollo del Convenio.
Las partes quedarán obligadas al cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos personales y, especialmente, del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, así como la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, tanto durante el plazo de vigencia de este Convenio como después de su expiración.
Cada parte responderá del cumplimiento de las obligaciones relativas al tratamiento de datos que realice en calidad de responsable. Si con motivo del desarrollo del presente Convenio es necesario que ceda o permita a la otra parte el acceso a los datos personales deberá informar de este hecho a los interesados. Cualquiera de las partes que accediese a datos de carácter personal de los que es jurídicamente responsable la otra parte, se compromete a tratarlos con estricto cumplimiento de los principios del citado Reglamento, en particular a los de confidencialidad, limitación del tratamiento y seguridad. La parte receptora de los datos personales no hará uso de ellos para finalidades distintas a las previstas en este Convenio, ni los comunicará a terceras personas, ni siquiera para su conservación, salvo obligación legal.
Las partes adoptarán y aplicarán las medidas de seguridad conforme lo previsto en el artículo 32 del Reglamento (UE) 2016/679, que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
Una vez finalizado el presente Convenio, los datos serán destruidos en su totalidad o, previa petición, devueltos a la parte que los hubiera facilitado, así como los distintos soportes o documentos en los que tales datos pudieran constar. Las partes podrán conservar bloqueados aquellos datos personales que sean necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones legales, durante el tiempo que corresponda.
En caso de que cualquiera de las partes destinase los datos a una finalidad distinta a la prevista en el presente Convenio, los comunicase o utilizase incumpliendo sus estipulaciones, responderá personalmente de cualquier infracción en la que hubiera incurrido.
Protección de datos de los firmantes y personas de contacto.
Los datos personales de los firmantes del presente Convenio, así como de las personas de contacto de las que se recojan datos durante el desarrollo de este, serán tratados con la exclusiva finalidad de llevar a cabo el objeto del Convenio suscrito, y el normal desarrollo de la relación contractual.
La legitimación para el tratamiento de los datos de los firmantes.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los interesados antes mencionados será la recogida en el artículo 6.1.b RGPD, en relación a la ejecución de un contrato o aplicación de medidas precontractuales, así como el recogido en el artículo 19 LOPD 3/2018, interés legítimo en relación al tratamiento de datos de personas de contacto.
El tiempo de conservación de los datos será el necesario para el cumplimiento de las obligaciones legales de las partes, entre ellas las derivadas del derecho administrativo, mercantil, civil o cualquier otro de aplicación a las mismas.
Los interesados antes mencionados podrán ejercer, en cualquier momento y según corresponda, sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente documento. Para el ejercicio de sus derechos los interesados podrán solicitar a la parte correspondiente los formularios para el ejercicio de sus derechos, o descargarlos de la página de la Autoridad de Control correspondiente, en este caso www.aepd.es. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la misma Autoridad de Control, la Agencia Española de Protección de Datos.
Quinta.- FEMEPA garantiza la ejecución de los trabajos dentro de las técnicas establecidas para este tipo de actividad, con la debida diligencia profesional y obligándose a la entrega de toda la documentación justificante resultante. Presentará una memoria a PROEXCA, donde se explicarán las acciones desarrolladas en el marco del presente Convenio.
La ejecución de este Convenio por parte de PROEXCA queda supeditada a la recepción del encargo correspondiente a la ejecución de las actividades del convenio suscrito entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias, por el que se concede una subvención nominativa para promover la internacionalización de las actividades económicas de Canarias.
Sexta.- Los firmantes de este documento colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
PROEXCA, en virtud de lo establecido en los artículos 3 y 13 del “Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias”, remitirá este documento al Registro General de Convenios del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo también publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC).
Séptima.- La duración del presente Convenio se enmarca desde la fecha de firma hasta el 31 de diciembre del año 2022. El Convenio es prorrogable, de acuerdo con la programación de dinamización de sectores que FEMEPA establezca para próximos años, en cuyo caso, se establecerá el número de eventos en los que colaborar y la cuantía a percibir, en su caso. La duración máxima no podrá superar los cuatro años.
Octava.- En caso de litigio sobre la interpretación y cumplimiento de este Convenio, las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten al conocimiento y competencia de los órganos jurisdiccionales de Las Palmas de Gran Canaria sin perjuicio que de común acuerdo hubieran pactado o pactasen su sometimiento a cualquier clase de arbitraje.
Novena.- Conformidad. Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo acordado, los intervinientes firman el presente Convenio, a un solo efecto, en la fecha y lugar indicados en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último.- Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A.- PROEXCA, Laureano Pérez Rodríguez, Consejero Delegado.- Federación Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa - FEMEPA, Juan Carlos Betancor García, Secretario General.
ANEXO
ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN PROVINCIAL DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL METAL DE LAS PALMAS (FEMEPA) Y LA SOCIEDAD CANARIA DE FOMENTO ECONÓMICO, S.A.- PROEXCA (C_2_22)
De una parte, D. Laureano Pérez Rodríguez, en calidad de Consejero Delegado de la Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. (en adelante PROEXCA), inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, Tomo 1448, Folio 172, Hoja GC-2190, con CIF
A 38282455 y domicilio en la calle Emilio Castelar, 4 - 5ª planta, de Las Palmas de Gran Canaria, actuando en nombre y representación de esta Entidad, en uso de la facultad atribuida por el Consejo de Administración de 10 de octubre de 2019, en escritura nº 2061 de 19 de noviembre de 2019 en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria ante Notario D. Francisco Javier Guerrero Arias.
Y de otra, D. Juan Carlos Betancor García, actúa en nombre y representación, en calidad de Secretario General de la Federación Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa del Metal de Las Palmas (en adelante FEMEPA), organización empresarial legalmente constituida al amparo de la Ley 19/1977, de 19 de abril, e inscrita en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Las Palmas, con el nº 35/4S, e identificación fiscal G35035534, con domicilio social en la calle de León y Castillo, 89, 4º, Las Palmas de Gran Canaria, estando facultado para el otorgamiento del presente Convenio de Colaboración con PROEXCA.
ESTIPULACIONES
El objetivo particular del Convenio entre ambas instituciones es la mejora continua del posicionamiento de las relaciones comerciales entre Canarias y países vecinos de África Noroccidental promocionando el ángulo de Canarias como Hub europeo en África, tanto para atraer inversión de otros continentes a las Islas como atrayendo inversión desde África especialmente en sectores de Oil & Gas.
Se plantea la realización de las siguientes acciones:
- Misiones inversas de entidades africanas para la promoción de Canarias como destino de inversiones, se plantea la necesidad de la realidad de las inversiones africanas en el exterior y ver qué papel puede jugar Canarias en esas inversiones empresariales.
La participación económica de PROEXCA ascenderá a la cantidad máxima de
20.000 euros (veinte mil euros). PROEXCA acometerá los gastos relativos a su colaboración de forma directa a través de la contratación de servicios a los correspondientes proveedores, abonando los mismos a su finalización, previa aceptación del presupuesto por parte de PROEXCA. El pago se realizará tras presentación de la factura original y sobre los siguientes conceptos acordados:
1. Bolsa viaje de los asistentes a las acciones planificadas.
2. Bolsa viaje de expertos externos.
3. Servicio de interpretación.
4. Alquiler de salas para las acciones planificadas.
5. Transporte (especificar si es transfer).
La participación económica de FEMEPA ascenderá a la cantidad máxima de 5.000 euros
(cinco mil euros).
Se crea una Comisión Seguimiento de las actuaciones objeto del presente anexo, cuyos miembros serán, un técnico de PROEXCA y un representante de FEMEPA, designados por las partes.
La Comisión se reunirá periódicamente para elaborar los informes de seguimiento que recojan la ejecución y evolución de las acciones previstas en los anexos anuales. Su cometido consistirá en el seguimiento, aprobación de los gastos y colaboración en las acciones a desarrollar.
Asimismo, la Comisión analizará trimestralmente la evolución de los resultados de las acciones desarrolladas durante estos periodos de actuación, así como el análisis de los resultados obtenidos a la finalización del ejercicio, derivados de la implementación del plan de actuación correspondiente a cada anualidad.
A la firma del Convenio, y al objeto de poder realizar dicha evaluación trimestral y final, FEMEPA deberá establecer los objetivos a cumplir con la implementación del plan de acción, así como los resultados claves que se esperan obtener. Dichos resultados deberán ser medibles y establecerse en periodos de tiempo.
PLAN DE ACCIÓN 2022:
Con un amplio espectro de actividades, desde la construcción naval a la pesca, el transporte global o la producción de energía en alta mar, la industria marítima y offshore desempeña un papel importante en la economía canaria.
La evolución que ha venido llevando a cabo el sector “Offshore” en Canarias ha venido marcado por la llegada de las plataformas petrolíferas, reparación naval, atención, atención y prestación de servicios a grandes buques, transporte internacional a granel, y toda la logística de operaciones del triángulo África, Europa y América Latina.
Canarias debe ser referencia en este mercado y por lo tanto un nicho de negocio de actividades asociadas a este sector. En este sentido se debe reforzar a las empresas logrando una internacionalización de estas que les permitan establecer nuevas líneas de actuación en otros tipos de industria y sectores como pueden ser los relacionados con la economía azul y las energías renovables marinas (Offshore Wind Power).
El acuerdo de explotación de gas y petróleo en la frontera entre Senegal y Mauritania es el elemento importante para el desarrollo industrial del África Occidental, y con el apoyo de grandes multinacionales del sector hacen presagiar un buen futuro del que Canarias, por su cercanía y capacidad, puede y debe verse beneficiada.
Los dos países, mediante sus principales empresas nacionales han firmado acuerdos de explotación y comercialización a partir de año 2023.
Es por ello por lo que se hace necesario establecer tomas de contacto con los Ministerios y las Empresas Nacionales con empresas canarias con experiencia que sirvan como soporte de gestión de las nuevas oportunidades de negocio.
En este marco, la Federación Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa del Metal y Nuevas Tecnologías de Las Palmas (FEMEPA) como organización empresarial independiente, que agrupa al empresariado del sector metal en torno a sus distintas asociaciones, tiene como misión contribuir a la mejora competitiva de las pequeñas y medianas empresas del sector metal y nuevas tecnologías, promoviendo el asociacionismo y defendiendo los intereses de sus asociados, prestando servicios exclusivos e innovadores y mejorando las competencias de las personas y sus oportunidades profesionales dentro del sector. En esta oportunidad, y en colaboración con unas de sus asociados, la Asociación Provincial de Empresarios de Reparaciones Navales del Metal de Las Palmas (en adelante, ARN) y con la intención de promover el mayor desarrollo económico y social de este colectivo empresarial, tiene la intención de organizar este encuentro entre los implicados a fin de establecer los vínculos necesarios para que en un futuro próximo puedan convertirse en acuerdos de colaboración que permitan a las empresas ese desarrollo internacional que les lleve a consolidarse en todas las modalidades del negocio offshore, incluyendo las relacionadas con las energías renovables.
La participación de FEMEPA en este proyecto se ha centrado en identificar la oportunidad y crear sinergias entre las principales industrias que puedan prestar servicios al Consorcio Senegal-Mauritaria, liderados por Ministros y Directores Generales de las empresas nacionales de Hidrocarburos de Senegal y Mauritania, así como centros de formación cualificados relacionados con el mantenimiento en instalaciones offshore que permitan trabajar en el diseño de programas de formación de “Técnico de Mantenimiento en Instalaciones “Offshore” siguiendo modelos internacionales que permita la mejor y más avanzada formación de profesionales en Senegal, Mauritania y Canarias.
Atendiendo a ello, se han diseñado unas acciones que permitan establecer estas relaciones. Empezando por la presentación de estas oportunidades en una feria internacional y finalizando con un encuentro en las instalaciones portuarias de Las Palmas de Gran Canaria.
Oportunidades de Internacionalización en África Occidental.
Objetivo:
Mostrar la capacidad de las empresas canarias del sector a los representes gubernamentales y empresas nacionales de Senegal y Mauritania que permitan posicionar la internacionalización de nuestras empresas de reparaciones navales y servicios “Offshore” en los mercados de Senegal y Mauritania, creando un programa de formación con el objeto de formar profesionales en Senegal, Mauritania y Canarias.
Programa de acciones a desarrollar divididas en fases:
Fase I.- Detección de necesidades en Mauritania.
Acción 1: detección de las necesidades de las Administraciones y Empresas mauritanas en Petróleo, Gas, Energías Renovables Offshore y Reparaciones Navales que pudieran atender las empresas canarias de reparaciones navales y propiciar cooperación entre empresas canarias y mauritanas.
Se realizará una misión de expertos en la detección de necesidades de formación, diseño y gestión de planes formativos en este campo a las empresas mauritanas relacionadas con la extracción del petróleo y gas, con el objeto de detectar las necesidades mauritanas y que junto a expertos mauritanos en este campo, para que su personal adquiera las competencias técnicas en mantenimiento y reparación Offshore, como parte de la estrategia de responsabilidad social y penetración mediante cooperación de transferencia tecnológica con Mauritania.
Fase II.- Detección de necesidades en Senegal.
Acción 2: detección de las necesidades de las Administraciones y Empresas senegalesas en Minería y Energía que pudieran atender las empresas canarias de reparaciones navales y propiciar cooperación entre empresas canarias y mauritanas.
La presencia de una representación canaria en esta feria va a permitir también detectar necesidades de formación de las empresas e instituciones mauritanas y senegalesas para que su personal adquiera las competencias técnicas en mantenimiento y reparación Offshore, como parte de la estrategia de responsabilidad social y penetración mediante cooperación de transferencia tecnológica con Senegal.
Fase III.- Diseño de un programa formativo.
Diseño conjunto con las autoridades e instituciones de Mauritania y Senegal de un programa formativo de Técnico en Mantenimiento Offshore basado en el modelo de la Universidad de Bergen en Noruega.
Los representantes de Senegal, Mauritania, así como una representación de responsables del Puerto de Las Palmas, de FEMEPA y ARN como representantes de las empresas del sector, grupos de empresarios, y responsables de los centros de formación en una sesión de trabajo en Las Palmas de Gran Canaria que permita establecer el diseño de un programa de formación siguiendo el modelo de la Universidad de Bergen en Noruega.
Para esta acción se contará con un experto de la Universidad que ayude en el diseño de los planes de formación que permitan la transferencia tecnológica.
Fase IV.- Conferencia y visita técnica.
Como fase intermedia del programa se establecerá una Conferencia y Visita técnica en Las Palmas de Gran Canaria, con la participación de la Consejería de Economía del Gobierno de Canarias para explotar oportunidades de cooperación.
Se aprovechará la presencia de las Entidades para realizar una visita a las instalaciones del puerto y a las industrias relacionadas con el mantenimiento offshore que sirva para conocer los servicios que estas pueden prestar y como posible modelo a seguir para su réplica en los territorios de África Occidental.
Fase V.- Promoción de los servicios canarios de reparaciones navales y del Programa Formativo en Mauritania.
La presentación del programa formativo de Técnico en Mantenimiento Offshore en la Feria “Mauritanides” que se celebrará en Nuakchot del 15 al 17 de noviembre de 2022.
La presencia de una representación canaria en esta feria va permitir también la promoción de los servicios de reparaciones navales de Canarias en Mauritania.
Descripción de la feria:
Feria Mauritanides durante los días 15 al 17 de noviembre de 2022, que permitirá a la asociación de empresarios presentar las diferentes oportunidades al margen de poder establecer los acuerdos con otras entidades presentes en la feria, dando así a conocer este sector.
Dicha feria (https://www.mauritanidesmr.com) se celebra bajo el patrocinio del Gobierno de Mauritania, siendo la conferencia internacional de minería, petróleo y energías renovables más grande de la región occidental africana y reúne a los principales ejecutivos de minería, hidrocarburos y energías renovables, representantes de las autoridades ejecutivas regionales, inversores, bancos, asociaciones industriales, empresas de servicios y fabricantes de equipos durante varios días de trabajo en red, intercambio de conocimientos y compartiendo oportunidades de negocio.
Esta acción se desarrollará en Nuakchot (Mauritania) entre los días 15-17 de noviembre de 2022.
Ver anexo en la página 24689 del documento Descargar
PROEXCA hace pública la financiación por la Administración General del Estado (MINCOTUR), y hace constar la colaboración del citado Ministerio. Las partes incluirán en todas las acciones incluidas en este acuerdo información sobre el apoyo por parte de PROEXCA y MINCOTUR.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo acordado, los intervinientes firman el presente Convenio, a un solo efecto, en la fecha y lugar indicados en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último.- Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. - PROEXCA, Laureano Pérez Rodríguez, Consejero Delegado.- Federación Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa - FEMEPA, Juan Carlos Betancor García, Secretario General.
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