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BOC-A-2022-106-1833.
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Por el presente se hace público, que por Resolución de la Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria, nº 2022-0198, de fecha 26 de mayo de 2022, se aprobó la Oferta de Empleo Público Extraordinaria de la Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria, correspondiente a los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, cuya parte dispositiva tiene el siguiente tenor:
Primero.- Aprobar la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo temporal antes del 1 de junio de 2022, con la siguiente relación de plazas:
PERSONAL LABORAL:
Ver anexo en la página 20557 del documento Descargar
Segundo.- Publicar en la sede electrónica de la Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria, en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas correspondiente, antes del 1 de junio de 2022.
Tercero.- La publicación de la convocatoria para la cobertura de las plazas incluidas en la oferta para la estabilización temporal deberá ser antes del 31 de diciembre de 2022 y su resolución antes del 31 de diciembre de 2024.
Cuarto.- Certificar al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas estructurales ocupadas de forma temporal existente en cada uno de los ámbitos afectados.
Contra el correspondiente Acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa y en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, podrá interponer recurso de contencioso-administrativo ante los correspondientes Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa, en concordancia con el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el presente acuerdo que se publica, podrá interponer recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó en un plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación. Todo ello, conforme a lo establecido en los artículos 123, 124 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que estimare oportuno para la mejor defensa de sus derechos.
Arucas, a 26 de mayo de 2022.- El Vicepresidente Primero, Sergio Nuez Ramos.
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