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BOC Nº 075. Martes 19 de abril de 2022 - 1280

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II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial

1280 ORDEN de 4 de abril de 2022, por la que se resuelve la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto nº 25421 denominado Jefe de Servicio del Área de Aguas, adscrito a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Aguas de esta Consejería.

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ANTECEDENTES

Primero.- Por Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial nº 19, de 26 de enero 2022 (BOC nº 27, de 8 de febrero), se efectuó la convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo nº 25421 Jefe de Servicio del Área de Aguas, adscrito a la Unidad Dirección General de Ordenación del Territorio y Aguas en la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, con localización territorial en Santa Cruz de Tenerife o Las Palmas de Gran Canaria.

Segundo.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de la Función Pública, con fecha 23 de marzo de 2022, emitió el informe preceptivo relativo al cumplimiento de los requisitos legales y reglamentariamente establecidos para el desempeño del puesto de trabajo convocado en los aspirantes presentados, de conformidad con la base quinta de la citada convocatoria. Con fecha 4 de abril de 2022, el Director General de Ordenación del Territorio y Aguas, como titular del órgano al que está adscrito el puesto objeto de provisión, emite la propuesta motivada de designación, proponiendo al funcionario de carrera D. Enrique José Moreno Deus por resultar el más idóneo para su desempeño.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I.- Procedimiento.- Durante la tramitación de esta forma de provisión se han seguido los trámites del procedimiento previstos en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los artículos 78.3 y 78.4 de la Ley territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria (BOC nº 40, de 3 de abril), y en los artículos del 17 a 21 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, que regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias
(BOC nº 53, de 1 de mayo).

II.- Competencia.- A la vista de la propuesta motivada del titular del Centro Directivo donde está adscrito el puesto de trabajo objeto de provisión, y en virtud de la competencia que me atribuye el artículo 29.1.c) de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1 de agosto), y de acuerdo con la base sexta de la convocatoria,

RESUELVO:

1.- Designar al funcionario que a continuación se indica, en el que concurren todos los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria para el desempeño del puesto de trabajo en la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial que, igualmente, se detalla:

NOMBRE Y APELLIDOS: Enrique José Moreno Deus.

DNI: ***3929**.

CENTRO DIRECTIVO: Dirección General de Ordenación del Territorio y Aguas.

UNIDAD: Área de Aguas.

NÚMERO DE PUESTO: 25421.

DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Jefe Servicio del Área de Aguas.

FUNCIONES:

- Coordinar y fijar criterios de actuación a todas las unidades de planeamiento, construcción e instalaciones.

- Propuestas de carácter superior e informes técnicos en el ámbito funcional de la dirección general, en materia de aguas.

- Propuestas de actuaciones para el cumplimiento de los objetivos fijados por la dirección general, en materia de aguas.

- Las que además correspondan en atención a su cuerpo, escala y especialidad.

NIVEL: 28.

PUNTOS DE COMPLEMENTO ESPECÍFICO: 75.

VÍNCULO: funcionario/a de carrera.

ADMINISTRACIÓN DE PROCEDENCIA: indistinta.

GRUPO: A SUBGRUPO: A1.

ADSCRIPCIÓN CUERPO/ESCALA:

-Cuerpo Superior Facultativo/Escala de Ingenieros y Arquitectos de la Comunidad Autónoma de Canarias/Especialidad Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos (A121).

-Cuerpo Superior Facultativo/Escala de Ingenieros y Arquitectos de la Comunidad Autónoma de Canarias/Especialidad Ingenieros Industriales (A121).

JORNADA: normal.

LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife o Las Palmas de Gran Canaria.

2.- El funcionario designado cesará en su actual puesto de trabajo en el plazo de tres días, contados desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Orden, y tendrá que tomar posesión, en el plazo de tres días si reside en la isla, o en el plazo de un mes si reside fuera de ella. Los plazos para la toma de posesión se contarán desde el día siguiente al del cese.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

- Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife o ante aquel en que tenga su domicilio el recurrente, a elección de este. El plazo para interponer será de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2º, 14 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

- Recurso potestativo de reposición, ante esta Consejería, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses ante el órgano jurisdiccional competente en los términos contemplados en apartado anterior.

No se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

-Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de abril de 2022.

EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA,
LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO
Y PLANIFICACIÓN TERRITORIAL,
José Antonio Valbuena Alonso.

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