Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 059. Jueves 24 de marzo de 2022 - 946

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. Otras Resoluciones - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

946 Secretaría General Técnica.- Resolución de 14 de marzo de 2022, por la que se ordena la publicación de la Adenda de modificación del Convenio de Cooperación entre la Federación Canaria de Municipios y la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes para la gestión del programa de ayudas destinadas a las escuelas municipales de educación infantil debidamente autorizadas.

7 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 1475.84 Kb.
BOC-A-2022-059-946. Firma electrónica - Descargar

El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias, los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda de modificación del Convenio de Cooperación entre la Federación Canaria de Municipios y la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes para la gestión del programa de ayudas destinadas a las escuelas municipales de educación infantil debidamente autorizadas.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de marzo de 2022.- El Secretario General Técnico, Manuel Peinado Bosch.

ANEXO

ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES PARA LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE AYUDAS DESTINADAS A LAS ESCUELAS MUNICIPALES DE EDUCACIÓN INFANTIL DEBIDAMENTE AUTORIZADAS.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de marzo de 2022.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. Dña. Manuela de Armas Rodríguez, Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, en su nombre y representación, y en uso de las facultades que le confieren los artículos 16 y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el
artículo 6.f) del Decreto 7/2021, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

De otra parte, la Sra. Dña. María Concepción Brito Núñez, Presidenta de la Federación Canaria de Municipios, en virtud del acuerdo de la Asamblea General de 1 de octubre
de 2019, actúa en nombre y representación de la FECAM en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 31.1.a) en relación con el artículo 8.1.f) de sus Estatutos.

Los intervinientes que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la suscripción de la presente Adenda de modificación y prórroga y a tal efecto,

EXPONEN

Primero.- Con fecha 23 de diciembre de 2021 las partes suscribieron Convenio de Cooperación para la gestión del programa de ayudas destinadas a las escuelas municipales de Educación Infantil debidamente autorizadas.

Segundo.- El citado Convenio está inscrito en el Registro de Convenios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, con el nº 69 de fecha 23 de diciembre de 2021, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 6, de 10 de enero de 2022.

Tercero.- La cláusula décima del Convenio relativa a sus modificaciones establece que:

“Durante el periodo de vigencia del Convenio, cualquiera de las partes firmantes podrá instar la modificación de las cláusulas del mismo, mediante solicitud motivada, comprensiva de las necesidades y beneficios de la misma, dirigida de forma escrita a las otras partes en el Convenio.

Las propuestas de modificación serán debatidas y acordadas en el seno de la Comisión de Seguimiento, iniciándose, en su caso, los trámites de modificación, que culminarán con la suscripción de una Adenda que se incorporará al Convenio, como parte integrante del mismo.”

Cuarto.- Con fecha 14 de enero de 2022, la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa solicita a la FECAM proceder a la modificación de los anexos del Convenio para concretar determinados aspectos que permitan a las entidades solicitantes realizar los trámites pertinentes sin incidencias.

Quinto.- Con fecha 15 de febrero de 2022 se celebró la primera convocatoria de la Comisión de Seguimiento, en la que se aprobó por parte de la misma la citada Adenda de modificación.

Sexto.- Por la letrada habilitada por la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos se emite informe con fecha 28 de febrero de 2022, cuyo resultado obra en el expediente.

Por cuanto antecede, con el fin de dar continuidad a las actuaciones que constituyen el objeto del Convenio, las partes acuerdan la suscripción de la presente Adenda de modificación, que se incorpora formando parte del Convenio principal, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primero.- Modificar el apartado primero del Anexo I, quedando redactado como sigue:

“Primero.- Solicita del Gobierno de Canarias la subvención directa para sufragar parte del coste del mantenimiento de las plazas ocupadas de las Escuelas Infantiles debidamente autorizadas, de acuerdo con el certificado adjunto del órgano competente, así como lo indicado en el siguiente cuadro:”

Ver anexo en la página 11388 del documento Descargar

Segundo.- Modificar el apartado relativo al Plan de financiación del Anexo II quedando de la siguiente manera:

Ver anexo en la página 11388 del documento Descargar

Tercero.- Los Anexos I y II del Convenio, una vez incorporadas las citadas modificaciones, se acompañan a la presente Adenda. El clausulado del Convenio se mantiene inalterable, resultando de plena aplicación.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, en el lugar y fecha indicados.- La Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, Manuela de Armas Rodríguez.- La Presidenta de la Federación Canaria de Municipios, María Concepción Brito Núñez.

Ver anexo en las páginas 11390-11392 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias