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BOC-A-2022-055-876.
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La Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud está tramitando el establecimiento de las bases reguladoras y la aprobación de la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, para 2022.
Conforme a lo previsto en las bases reguladoras que se proponen, las subvenciones están destinadas a cubrir la atención integral a las necesidades sociales básicas de personas en situación de pobreza o exclusión cualquiera que sea su causa, así como en situaciones de especial vulnerabilidad derivadas de discriminaciones por razón de sexo, etnia, edad, discapacidad, identidad y orientación sexual, y, entre los programas subvencionables, figuran los de fomento de la igualdad, garantías de derechos y no discriminación, en la denominada línea de igualdad.
El Instituto Canario de Igualdad es un organismo autónomo, de carácter administrativo, adscrito a la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 4.5 del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, y tiene asignado como objetivo primordial el de promover las condiciones que hagan real y efectiva la igualdad del hombre y la mujer en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social de Canarias, tal como se establece en el artículo 2 de la Ley 1/1994, de 13 de enero, del Instituto Canario de Igualdad.
En el marco de dicho objetivo legal, el artículo 3 de su Reglamento de Organización y Funcionamiento, aprobado por el Decreto 38/2015, de 27 de marzo, le asigna los siguientes fines: la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer por razón de sexo; la promoción de las condiciones que faciliten la igualdad entre los sexos y la remoción de los obstáculos que impidan su plenitud de hecho y de derecho y la prevención y protección integral de las mujeres contra la violencia de género, para lo cual, podrá, entre otros, conceder subvenciones y financiar programas y proyectos relativos a las materias de sus competencias.
La Ley 1/1994, de 13 de enero, del Instituto Canario de Igualad, en su artículo 8.2.a), h) y j), asigna a la persona titular de su Dirección las siguientes funciones: ejercer las funciones del Instituto que no estén expresamente encomendadas a su Consejo Rector, y asumir la dirección administrativa del Organismo, ostentar la representación del Instituto y autorizar los gastos con las limitaciones que se establezcan en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, así como ordenar los pagos.
Por otra parte, el artículo 14.2.m) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de Igualdad, aprobado por el citado Decreto 38/2015, de 27 de marzo, atribuye competencia a la persona titular de la Dirección del Organismo para convocar y conceder las ayudas y subvenciones del Instituto, así como las atribuidas al órgano concedente en la normativa reguladora de las ayudas y subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Por último, el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone que, los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquellas.
Visto que compete a la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud la coordinación de las acciones y programas relativos a las políticas de servicios sociales, tanto del sector público como del sector privado, integrando y unificando los recursos sociales a fin de evitar duplicidad de los servicios, además de la elaboración y aprobación de programas, actuaciones y servicios, coordinados con las áreas relacionadas con políticas sociales, orientados a un mejor aprovechamiento de los recursos, de acuerdo con su Reglamento Orgánico, aprobado por el Decreto 43/2020, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, en aplicación del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías.
Visto que, según se establece en la base reguladora décima séptima, de las que van a regir la convocatoria de subvenciones, corresponde a la persona titular de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud dictar la resolución que ponga fin al procedimiento de concesión de subvenciones y vistas las competencias citadas, tanto del Instituto Canario de Igualdad como de su Dirección, procede, por las razones expuestas, delegar en la persona titular del Departamento la competencia para convocar y conceder las referidas subvenciones, en el ámbito de igualdad.
En su virtud, en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,
RESUELVO:
Primero.- Delegar en la persona titular de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud las competencias para convocar y conceder las subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, en el ámbito de Igualdad, exceptuándose de esta delegación la competencia para declarar la justificación, total o parcial, de las subvenciones que se concedan con cargo a la citada convocatoria y, en su caso, la de incoación, instrucción y resolución de los procedimientos de reintegro que procedan y del recurso potestativo de reposición que pueda interponerse contra la resolución que ponga fin a los mismos.
Segundo.- Delegar, igualmente, en la titular de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud la competencia para autorizar el gasto destinado a la citada convocatoria de subvenciones con cargo al presupuesto de gastos del Instituto Canario de Igualdad correspondiente al ejercicio 2022. En todo caso, la eficacia de esta delegación queda supeditada a la existencia del crédito adecuado y suficiente para tal fin en la aplicación presupuestaria 2022.4801.232B.480.02.00/L.A. 484G1156 Subvenciones programas de interés social 0,7 IRPF (Fondo 4148013).
Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Cuarto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de marzo de 2022.- La Directora, Mónica Fumero Purriños.
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