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BOC-A-2022-040-637.
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Visto el expediente para la modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2020-2022”, y de acuerdo con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por Orden de esta Consejería nº 59/2020, de 9 de marzo de 2020, se aprueba el “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2020-2022”.
Segundo.- El mencionado Plan Estratégico de Subvenciones ha sido modificado por las Órdenes de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio de fechas 22 de mayo
de 2020, 28 de septiembre de 2020 (la cual fue objeto de rectificación por Orden de 2 de octubre de 2020), 11 de diciembre de 2020, 28 de diciembre de 2020, 14 de abril de 2021, 27 de julio de 2021, 27 de septiembre de 2021, 18 de noviembre y 22 de diciembre de 2021, respectivamente.
Tercero.- Por parte de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, de la Dirección General de Industria y de la Dirección General de Comercio y Consumo se ha propuesto a través de Memorias debidamente justificadas, nuevas líneas de subvención para el ejercicio 2022, contempladas en la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2022 o bien aprobadas mediante las oportunas modificaciones de crédito. Dichas líneas de subvención se detallan a continuación:
Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.
El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen General de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.2009), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.
El artículo 7 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin deben de referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante, lo anterior, el contenido del plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.
La Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, en el marco de las competencias que tiene atribuidas debe elaborar las propuestas de planes y programas en su ámbito de actuación, en el marco normativo de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, y para la presente anualidad, en el marco presupuestario establecido en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Canarias para el ejercicio 2022.
Con la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022 por la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022 (BOC nº 269, de 31 de diciembre), se modifican importes y número de proyectos de inversión, en la Sección 16 de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio y en concreto en el Servicio 1604 de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, en los Programas 322A, Formación Profesional Turística y 432G, Promoción y Apoyo a la comercialización. Por un lado, en el Programa 322A, el Proyecto de Inversión 164G0039 al Cabildo de Lanzarote para la Escuela de Turismo de Lanzarote y por otro, en el Programa 432G, el Proyecto 167G0079 Proyecto Turístico y Volcanes en Canarias (TYVECAN) FEDER que dará cobertura a nuevas subvenciones.
Debido a que los objetivos de las mismas entran dentro de las actuaciones prioritarias de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística y que cuentan con la debida cobertura presupuestaria, es necesario incluir las modificaciones de los referidos proyectos de inversión como líneas de subvención en el Plan Estratégico del correspondiente departamento.
Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:
I.- Subvenciones directas.
En los anexos de transferencias corrientes y de capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, dentro de la Sección 16, Servicio 1604, correspondiente a los programas que gestiona este Centro Directivo, figuran los proyectos de inversión que darán cobertura a las siguientes subvenciones que de conformidad con el contenido del artículo 21.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, serán directas y se deben añadir al Plan Estratégico del Departamento:
Ver anexo en la página 7132 del documento Descargar
II.- Objetivos.
Ver anexo en la página 7133 del documento Descargar
La mejora de la competitividad del sector turístico, la diferenciación de los productos turísticos y el aumento de la calidad de los mismos requiere una formación y conocimientos más específica del personal, necesarios para dar una respuesta para atender una demanda de servicios turísticos cada más exigente. Por ello es necesario impartir una formación completa y especializada.
La citada subvención tiene como objetivo financiar los gastos de personal de Escuela Universitaria de Turismo del Cabildo de Lanzarote.
Ver anexo en la página 7133 del documento Descargar
Dentro de la conservación y protección del medio ambiente, y promoviendo la eficiencia de los recursos se le quiere dar continuidad, consolidación e implementación de los planes de Competitividad Turística, “Islas Canarias una experiencia Volcánica.”
Estos Planes se ejecutaron mediante convenios de forma favorable desde el año 2009, contribuyendo, sin lugar a dudas, en el mantenimiento del sector turístico de las Islas. Este Plan de Competitividad, aplicado en Canarias con el nombre de “Volcanes”, en las 7 islas, coincidió con los objetivos del Plan de Turismo Español Horizonte 2020, fundamentalmente con aquellos orientados a revalorizar recursos que fomentaran el equilibrio socio-territorial del turismo, creando nuevas categorías de productos capaces de operar todo el año sobre la base de la diferenciación y especialización de los destinos turísticos.
Este Plan tuvo inversiones en todas las islas.
En Gran Canaria se denominó “Gran Canaria: una experiencia de senderos entre volcanes” llevando la puesta en valor de los senderos, rutas y miradores de los volcanes de la Isla.
En Lanzarote: la experiencia “Enogastronómica del volcán” es la denominación del proyecto que se desarrolla en el espacio de La Geria generando una mayor movilidad turística y aproximando al turista a la agricultura y la gastronomía productos del volcán.
“Volcanes de Vida” representa a la Isla de Tenerife y se fundamenta en la ejecución del proyecto de las diez atracciones volcánicas naturales de Tenerife.
“Experiencia Garajonay” es el proyecto de La Gomera que centra su atractivo volcánico en los parajes del Parque Nacional. El Plan favorece la accesibilidad a los equipamientos turísticos públicos que conviven con los espacios volcánicos.
La Isla de Fuerteventura, bajo la denominación “Volcanes y tradición” basa su oferta vulcanológica entre senderos a pie y en bicicleta, con las ofertas de avistamiento de aves en varias zonas de volcanes, los espacios naturales protegidos y una importante oferta cultural relacionada con la vulcanología.
La isla de La Palma con “Volcanes bajo las estrellas” presenta una amplia oferta volcánica y es un referente internacional en senderismo durante todo el año. Sus cielos declarados Reserva de la Biosfera la astronomía y los deportes de aventura, a través del senderismo nocturno bajo las estrellas en las áreas volcánicas.
“Buceo entre volcanes”, es la denominación del proyecto de El Hierro que tiene en el buceo y la observación submarina la principal oferta turística reconocida a nivel internacional, tanto por el cuidado de su litoral como por la calidad de sus aguas.
En este momento se requiere darle continuidad a este producto turístico que ha generado nuevas economías y empleos, fundamentalmente continuando con la promoción de las áreas con interés turístico público, lo que permitirá además consolidar las inversiones anteriores, así como ultimar el desarrollo de la señalización y pequeñas infraestructuras complementarias, apoyando la promoción del potencial turístico de los espacios y servicios públicos junto a la realización de material promocional especifico a realizar conjuntamente entre el Gobierno de Canarias con su Dirección General de Ordenación y Promoción Turística y los Cabildos o entidades locales a través de subvenciones.
Dirección General de Industria.
Esta Dirección General de Industria, visto el expediente para la nueva modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2020-2022”, anualidad 2022, eleva propuesta de acuerdo con los siguientes antecedentes:
La modificación propuesta pretende actualizar la anualidad 2022 de Plan de conformidad con las dotaciones y nuevas actuaciones derivadas de la aprobación de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022.
A tales efectos se propone modificar la anualidad 2022 del Plan, incorporando nuevos proyectos de inversión para la concesión de nuevas subvenciones, tanto directas como en concurrencia competitiva, en el CAP VII del programa 433D, de nueva creación en el ejercicio 2022, así como actualizar las actuaciones y cuantías previstas en la anualidad 2022 del Plan, derivadas de la aprobación de la citada Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022.
Como consecuencia de la creación de un nuevo programa presupuestario 433D “Desarrollo Industrial”, también se introduce un nuevo objetivo general en el Plan, que se une a los tres anteriormente previstos, con efectos en el año 2022.
A este cuarto objetivo le denominaremos Fomento Industrial, destinado entre otros, a incorporar la transformación digital en todas las fases del proceso productivo en la industria, desarrollar actuaciones integrales en áreas industriales y promocionar la Marca elaborado en Canarias, al que contribuirán, entre otras, las nuevas líneas de subvención previstas desarrollar en el ejercicio 2022, concretamente dirigidas a la tramitación de varias convocatorias de subvenciones en concurrencia competitiva para el “Fomento de Áreas Industriales y para el “Impulso a la Industria 4.0” y a la concesión de una nueva subvención directa nominada a ASINCA para la “Divulgación de la marca Elaborado en Canarias”.
Las actuaciones concretas anteriormente señaladas que se desarrollarán mediante convocatoria pública de subvenciones son las siguientes, con su denominación y cuantía:
- Línea de subvenciones para el impulso a la industria 4.0 por importe de
5.000.000,00 de euros, a financiar con cargo al nuevo Proyecto de inversión 217G0198, al objeto de mejorar la competitividad de la industria canaria a través de la digitalización de toda su cadena de valor, en el concepto global de Industria 4.0. impulsando la transición industrial, en su doble enfoque digital y ecológico.
- Línea de subvenciones para el fomento de áreas industriales por importe de
600.000,00 de euros, a financiar con cargo al nuevo Proyecto de inversión 217G0199, al objeto de dinamizar las actuaciones de creación y regeneración de áreas industriales impulsando especialmente la fase inicial de proyectos y las actuaciones de ordenación y diagnosis, actuando además en el resto de las fases del proceso hasta la consecución de un resultado que redunde en el emplazamiento de las empresas industriales en áreas industriales acondicionadas.
En cuanto a la nueva subvención directa nominada a ASINCA para la “Divulgación de la marca Elaborado en Canarias”, por importe de 350.000,00 euros, a financiar con cargo al Proyecto de inversión 197G0146, señalar que el objeto es impulsar las actuaciones propias de divulgación en el año 2022 de la marca que redunde en el crecimiento del consumo de productos industriales elaborados en Canarias.
Dirección General de Comercio y Consumo.
I.- Introducción.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, apartado 1, con el carácter de legislación básica del Estado, que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.2009), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.
El artículo 7 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin deben de referirse a los Objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención y proyectos de inversión en los que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención y proyecto de inversión un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante lo anterior, el contenido del Plan Estratégico de Subvenciones podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.
En cumplimiento de estos preceptos, más concretamente del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero, y al objeto de dar cobertura a las actuaciones que la Dirección General de Comercio y Consumo ha previsto desarrollar en el periodo 2020-2022, a través de la ejecución de varias líneas de actuación y proyectos de inversión, en materia de comercio y consumo, y dado que constan en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias de cada año, determinadas líneas de actuación y proyectos de inversión en las citadas materias que deben estar contempladas. A la vista de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, es por lo que se propone tramitar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022.
Este Plan está diseñado para que abarque tres anualidades, de acuerdo con las dotaciones presupuestarias consignadas en el ejercicio 2020, 2021 y 2022.
Las líneas de subvención que propone la Dirección General de Comercio y Consumo pretenden la consecución de los siguientes objetivos generales, reflejados en las memorias de los programas presupuestarios, y que son los siguientes:
1.- Apoyo al sector comercial: mediante la dinamización y mejora de las infraestructuras y equipamientos comerciales, proporcionando el apoyo a la Dinamización y mejora de las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias, así como a la Dinamización y Mejora de los Mercados y Mercadillos tradicionales de Canarias y otros equipamientos comerciales.
2.- Defensa de los Consumidores y Usuarios: el objetivo es responder a las expectativas de los ciudadanos sobre la protección de sus derechos en materia de consumo.
Las actuaciones descritas en este plan van dirigidas a personas físicas, jurídicas, corporaciones locales, fundaciones, asociaciones, y sociedad en general, siempre y cuando desarrollen acciones con repercusión en el sector comercial canario, así como la defensa de los consumidores y usuarios, en sus distintos ámbitos.
Las actuaciones descritas en este plan se financiarán con fondos de la Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a los créditos contemplados en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para cada anualidad, en los programas presupuestarios 431B “Comercio Interior” y 492A “Defensa de Consumidores y usuarios”, dentro de los objetivos correspondientes y de los créditos previstos para cada anualidad.
Las previsiones de costes, indicadores y magnitudes para la línea de actuación y proyectos inversión son los que se reflejan en los cuadros anexos al presente documento, y se corresponden con los créditos que constan consignados en la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, en la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, y en la Ley 6/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, los cuales podrán sufrir variaciones derivadas de las modificaciones de crédito que se tramiten, incrementando o disminuyendo el importe de los proyectos o incorporando nuevos proyectos de inversión o líneas de actuación a gestionar en los ejercicios 2021-2022.
Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:
II.- Subvenciones directas.
De conformidad con el contenido del artículo 21.1 del texto del mencionado
Decreto 36/2009, de 31 de marzo, las subvenciones directas pueden ser nominadas, y con carácter excepcional aquellas en que se acrediten, entre otras, las razones de interés público para su otorgamiento.
En el anexo de transferencias de corrientes de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, de la
Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, y de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2022, dentro de la Sección 16, Servicio 1616, en uno de programas presupuestarios que gestiona este Centro Directivo (431B), figuran las siguientes líneas de subvención, previstas gestionar mediante subvenciones directas, en el marco de la línea de actuación siguiente:
Ver anexo en la página 7137 del documento Descargar
De conformidad con el contenido del artículo 21.1 del citado texto, las subvenciones directas pueden ser nominadas, siendo las previstas nominativamente en el estado de gastos del presupuesto. Las subvenciones nominadas en el presupuesto de transferencias corrientes de 2020, 2021 y 2022 del Centro Directivo son:
Ver anexo en la página 7138 del documento Descargar
En el anexo de transferencias de capital de la Ley 19/2019, de 30 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, y de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, dentro de la Sección 16, Servicio 1616, que gestiona este Centro Directivo, figuran las siguientes subvenciones nominadas y previstas conceder mediante subvenciones directas y nominadas:
Transferencias de capital directas:
Ver anexo en las páginas 7138-7138 del documento Descargar
Transferencias de capital nominadas:
Ver anexo en las páginas 7138-7139 del documento Descargar
II. 1.- Objetivos.
En el capítulo IV consta que ha pasado de cuatro a cinco líneas de actuación y en el capítulo VII ha pasado de cinco a diecisiete proyectos de inversión que darán cobertura a la concesión de las subvenciones directas siguientes:
Subvenciones directas nominadas a las Cámaras Canarias, como órgano tutelante, se trata de viabilizar las Cámaras Canarias, apoyando aquellas actividades que se consideren fundamentales para que las Cámaras de Comercio Canarias puedan consolidar su papel dinamizador de las empresas, de la emprendeduría, apoyo al pequeño comercio, al comercio electrónico y en general de la economía de nuestras islas.
Subvenciones directas a las Fundaciones de las Universidades Públicas Canarias, para llevar a cabo un Programa para formación de postgraduados, incluyendo la realización de prácticas, en materia de gestión de comercio urbano y para el programa de apoyo a la digitalización del comercio de Canarias, definido por este centro directivo.
La concesión de subvenciones directas a aquellas entidades, que organicen actividades feriales, para ayudarles a dar un salto cualitativo y de ámbito de actuación a aquellas Ferias que el Gobierno entienda que ayudan a vertebrar sectores considerados relevantes y estratégicos.
La concesión de subvenciones directas a los Colegios profesionales de Economistas y Abogados de las dos provincias para proporcionar prácticas administrativas a los recién egresados en materia de comercio.
La concesión de subvenciones a aquellas entidades que apuesten por potenciar la marca de Mercados Tradicionales de Canarias, favorecer la incorporación del conocimiento y la innovación, así como modernizar nuestros mercados tradicionales de Canarias, sin perder sus señas de identidad. Así como el desarrollo de encuentros/Congresos de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias para favorecer el trasvase de conocimiento en las mismas.
La concesión de subvenciones directas a aquellas entidades, que planteen proyectos con repercusión insular para la reactivación de la actividad comercial en el marco del Plan de reactivación social y económica de cada una de las islas.
Subvenciones nominadas a Ayuntamientos para la creación y/o mejora de sus infraestructuras comerciales, al Ayuntamiento de Mogán para la creación de una infraestructura comercial consistente en un Edificio de Aparcamiento en la Avenida de la Constitución para ampliar la dotación de aparcamientos de la Zona Comercial Abierta del municipio. Al Ayuntamiento de Arrecife para el desarrollo de obras y actuaciones de dinamización en la Zona Comercial Abierta de Arrecife. Todo ello, en el marco del Plan Director Insular de Zonas Comerciales Abiertas de Lanzarote y en el Plan Zonal de Zonas Comerciales Abiertas de Arrecife. Al Ayuntamiento de Icod de Los Vinos la rehabilitación de su mercado de abastos. Al Ayuntamiento de La Palmas de Gran Canaria para los mercados de Altavista y el Puerto para el desarrollo de obras y actuaciones de mejora de sus instalaciones. Al Ayuntamiento de Telde para el desarrollo de obras y de modernización y mejora del Mercado de Jinámar. Al Ayuntamiento de Moya para la dinamización de su zona comercial abierta. Al Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para la reforma de su mercado municipal. Al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para el desarrollo de la I fase del Plan director de la zona comercial abiertas de Schamann-Pedro Infinito.
Subvenciones directas a ayuntamientos para la dinamización de sus zonas comerciales abiertas, San Sebastián de La Gomera, Vallehermoso, Valle Gran Rey, Hermigua, Alajeró y Agulo para el desarrollo de obras y actuaciones de dinamización en cada Zona Comercial Abierta Municipal. Todo ello, en el marco del Plan Director Insular de Zonas Comerciales Abiertas de La Gomera y en el Plan Zonal de Zonas Comerciales Abiertas de cada municipio.
II. 2.- Costes.
Los fondos públicos destinados a tal fin han quedado cifrados en un importe total de 1.197.500,00 euros para las subvenciones directas de capítulo IV y de 2.050.000,00 euros, para las subvenciones directas de capítulo VII para la anualidad 2020, en un importe total de 1.350.000,00 euros para las subvenciones directas de capítulo IV y de 8.660.742,00 euros, para las subvenciones directas de capítulo VII para la anualidad 2021 y en un importe total de 1.550.000,00 euros para las subvenciones directas de capítulo IV y de 2.760.000,00 euros, para las subvenciones directas de capítulo VII para la anualidad 2021, que son financiados con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Canarias.
III.- Convocatorias públicas con concurrencia competitiva.
La Consejería de Turismo, Industria y Comercio es el Departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias encargado de la propuesta y ejecución de las directrices del Gobierno de Canarias y de la gestión de los servicios y competencias, entre otras áreas materiales de Comercio y Consumo, de acuerdo con el Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, el Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, y lo establecido en el Decreto 23/2016, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, modificado por el Decreto 131/2017, de 10 de abril.
La Dirección General de Comercio y Consumo como órgano superior de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, adscrita a la Viceconsejería de Industria, Comercio y Consumo, tiene entre otras funciones las de potenciar en Canarias el desarrollo del sector Comercial y la defensa de los consumidores y usuarios.
A tal fin se concretan en los siguientes proyectos de inversión y líneas de actuación las subvenciones programadas en materia de apoyo a los proyectos de dinamización de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias, apoyo a los proyectos de mejora de los Mercados y Mercadillos tradicionales de Canarias y otras actuaciones de apoyo al comercio rural, así como el apoyo a las actuaciones para la defensa de los consumidores y usuarios.
El importe para los años 2020, 2021 y 2022 asciende a 1.150.000,00 euros, 1.450.000 euros
y 6.370.000,00 euros, respectivamente. Se prevé un importe similar para la anualidad 2023 o incluso aumentar las dotaciones económicas previstas, siempre y cuando la situación económica y los marcos presupuestarios aprobados lo permitan.
Ver anexo en la página 7141 del documento Descargar
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (legislación básica del Estado, como resulta del apartado 1 de la Disposición final primera de dicha Ley), establece: “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”. De ahí que, dado el citado Plan constituye un requisito esencial cuyo cumplimiento se exige para el establecimiento de subvenciones, nace la necesidad de contar con un Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento.
Segundo.- A fin de desarrollar la citada regulación básica en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, los artículos 6 a 8 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, regulan dichos planes (artículo 6), su contenido (artículo 7) y seguimiento (artículo 8).
Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, corresponde a los titulares de los departamentos, previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto (artículo 6.5), la aprobación de los planes estratégicos.
Cuarto.- En el citado artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, se establece que “se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados” (artículo 6.1). Asimismo, se prevé que “los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente” (artículo 6.3). De ahí que el Plan diseñado para esta Consejería de Turismo, Industria y Comercio abarque tres anualidades, de acuerdo con las dotaciones presupuestarias consignadas en el ejercicio 2020, y a resultas de los objetivos programados para las aportaciones del 2021 al 2022.
Quinto.- El artículo 7 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, determina el contenido de los Planes Estratégicos:
“1. Los planes estratégicos tendrán el siguiente contenido:
a) Objetivos estratégicos, …
b) Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. …
2. El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:
a) Las subvenciones que se concedan de forma directa.
b) Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del titular del Departamento, en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública”.
Sexto.- A tenor de lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, al determinar que “Los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio”.
Séptimo.- Procede la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2020-2022, que fue aprobado por Orden departamental nº 59/2020, de 9 de marzo de 2020, y modificado por las Órdenes de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio de fechas 22 de mayo de 2020, 28 de septiembre de 2020 (la cual fue objeto de rectificación por Orden de 2 de octubre de 2020), 11 de diciembre de 2020, 28 de diciembre de 2020, 14 de abril de 2021, 27 de julio de 2021, 27 de septiembre de 2021, 18 de noviembre de 2021 y 22 de diciembre de 2021, respectivamente, consistentes en la inclusión de nuevas líneas de subvención, cuya aplicación presupuestaria viene recogida en la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, o bien se han aprobado mediante modificaciones presupuestarias.
Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida en el artículo 4.2.g) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, aprobado por Decreto 45/2020, de 21 de mayo,
RESUELVO:
Modificar el “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2020-2022”, aprobado por Orden de esta Consejería nº 59/2020, de 9 de marzo de 2020, modificado por las Órdenes de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio de fechas 22 de mayo de 2020, 28 de septiembre de 2020 (la cual fue objeto de rectificación por Orden de 2 de octubre de 2020), 11 de diciembre de 2020, 28 de diciembre de 2020, 14 de abril de 2021, 27 de julio de 2021, 27 de septiembre, 18 de noviembre de 2021 y 22 de diciembre de 2022, respectivamente, en los términos expuestos en la presente Orden y sus anexos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de febrero de 2022.
LA CONSEJERA DE TURISMO,
INDUSTRIA Y COMERCIO,
Yaiza Castilla Herrera.
Ver anexo en la página 7144 del documento Descargar
ANEXO: I. MODIFICACIONES REALIZADAS
Ver anexo en las páginas 7145-7158 del documento Descargar
ANEXO II TEXTO REFUNDIDO
SUVBENCIONES
Ver anexo en las páginas 7159-7228 del documento Descargar
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