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BOC-A-2021-268-5448.
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Examinado el expediente de modificación de la Orden nº 63/2020, de 12 de febrero de 2020, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022 tramitado por la Secretaría General Técnica.
Vista las propuestas de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones formuladas por:
• La Dirección General de Asuntos Económicos con África, de fecha 14 de diciembre de 2021.
• La Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, de fecha 14 de diciembre de 2021.
Teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
1º.- Mediante Orden nº 63/2020, de 12 de febrero, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022 (BOC nº 37, de 24.2.2020).
2º.- Por Órdenes de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo nº 250, de 29 de junio de 2020 (BOC nº 142, de 15.7.2020), nº 287, de 28 de julio de 2020 (BOC nº 162, de 12.8.2020), nº 439, de 30 de octubre de 2020 (BOC nº 233, de 13.11.2020), nº 508, de 23 de noviembre de 2020 (BOC nº 245, de 1.12.2020), nº 543, de 3 de diciembre de 2020 (BOC nº 256, de 14.12.2020), nº 603, de 29 de diciembre de 2020 (BOC nº 3, de 8.1.2021), nº 46, de 11 de febrero de 2021 (BOC nº 36, de 22.2.2021), nº 54, de 24 de febrero (BOC nº 45, de 5.3.2021), nº 139, de 15 de abril (BOC nº 86, de 28.4.2021), nº 199, de 11 de mayo (BOC nº 106, de 25.5.2021), nº 230, de 25 de mayo (BOC nº 112, de 2.6.2021), nº 237, de 31 de mayo (BOC nº 120, de 11.6.2021) y nº 383, de 3 de septiembre (BOC nº 189, de 14.9.2021), nº 422, de 11 de octubre (BOC nº 218, de 21.10.2021) y nº 473, de 27 de octubre (BOC nº 231, de 10.11.2021) se modifica el referido Plan Estratégico de Subvenciones.
3º.- El Plan Estratégico aprobado mediante Orden nº 63/2020, modificado por Orden nº 250/2020, Orden nº 287/2020, Orden nº 439/2020, Orden nº 508/2020, Orden nº 543/2020, Orden nº 603/2020, Orden nº 46/2021, Orden nº 54/2021, Orden nº 139/2021, Orden nº 199/2021, Orden nº 230/2021, Orden nº 237/2021, Orden nº 383/2021, Orden nº 422/2021 y Orden nº 473/2021 incluye las actuaciones que en materia de subvenciones gestionan los siguientes Centros Directivos que conforman la estructura actual del Departamento derivada de los Decretos 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias y 9/2020, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo:
a) Viceconsejería de Economía e Internacionalización.
b) Dirección General de Promoción Económica.
c) Dirección General de Asuntos Económicos con África.
d) Dirección General de Trabajo.
e) Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, con rango de Dirección General.
4º.- El Plan Estratégico de Subvenciones aprobado se prevé, de conformidad con el artículo 6.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, de una vigencia de tres años y se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen en el ámbito Departamental de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo en el periodo 2020-2022, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.
5º.- La presente modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento tiene como finalidad modificar la línea de subvención 1516_3 “Formación Fundación Mujeres por África” e incorporar la línea de subvención 1516_7 “Formación Máster Universitario Cabo Verde” gestionada por la Dirección General de Asuntos Económicos con África e incorporar la línea de subvención 1517_39 “Energía e hidrógeno Renovable” gestionada por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, en los términos del Anexo I de la presente Orden.
6º.- Con fecha 16 de diciembre de 2021, la Dirección General de Planificación y Presupuesto informa favorable la modificación propuesta.
Visto lo anterior, procede modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022.
A los que son de aplicación las siguientes
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.
Tercera.- El artículo 6.1 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que “se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados”.
Cuarta.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y con el contenido que marca el artículo 7 del citado Decreto.
Quinta.- En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 6 del mencionado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, y con el objetivo de dar continuidad a las actuaciones que viene desarrollando este Departamento a través de los diferentes Centros Directivos dependientes en aquellas áreas en las que tiene atribuidas competencias, procede la modificación de dicho Plan.
Sexta.- El artículo 9 y Disposición adicional primera de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 160, de 4.8.2021).
Séptima.- El artículo 31.1, apartado a) de La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC nº 5, de 9.1.2015), establece que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, hará pública y mantendrá actualizada la información relativa a los planes estratégicos de ayudas y subvenciones aprobados. Asimismo, dichos planes deberán ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.
Octava.- El artículo 5.2.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, aprobado por Decreto 9/2020, de 20 de febrero, dispone que le corresponde a la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo la competencia para aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones en las áreas materiales que tiene encomendadas, en relación con el ya mencionado artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.
Vistas las normas anteriormente citadas, la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, y las demás de aplicación.
En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,
RESUELVO:
Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022, aprobado por Orden nº 63/2020, de 12 de febrero y modificado por Orden nº 250/2020, de 29 de junio, Orden nº 287/2020, de 28 de julio, Orden nº 439/2020, de 30 de octubre, Orden nº 508/2020, de 23 de noviembre, Orden nº 543/2020, de 3 de diciembre, Orden nº 603/2020, de 29 de diciembre, Orden nº 46/2021, de 11 de febrero, Orden nº 54/2021, de 24 de febrero, Orden nº 139/2021, de 15 de abril, Orden nº 199/2021, de 11 de mayo, Orden nº 230/2021, de 25 de mayo, Orden nº 237/2021, de 31 de mayo, Orden nº 383/2021, de 3 de septiembre, Orden nº 422/2021, de 11 de octubre y Orden nº 473/2021, de 27 de octubre, de acuerdo con las propuestas de la Dirección General de Asuntos Económicas con África y de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, en los términos del Anexo I.
Este Plan tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, y su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias del correspondiente ejercicio, así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- Teniendo en cuenta la propuesta de modificación instada por los citados centros directivos, actualizar el contenido del anexo de la Orden nº 63/2020, de 12 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022, modificada por Orden nº 250/2020, de 29 de junio, por Orden nº 287/2020, de 28 de julio, por Orden nº 439/2020, de 30 de octubre, por Orden nº 508/2020, de 23 de noviembre, por Orden nº 543/2020, de 3 de diciembre, por Orden nº 603/2020, de 29 de diciembre, por Orden nº 46/2021, de 11 de febrero, por Orden nº 54/2021, de 24 de febrero, por Orden nº 139/2021, de 15 de abril, por Orden nº 199/2021, de 11 de mayo, por Orden nº 230/2021, de 25 de mayo, Orden nº 237/2021, de 31 de mayo, Orden nº 383/2021, de 3 de septiembre y Orden nº 422/2021, de 11 de octubre, siendo el detalle de las actuaciones a desarrollar por los diferentes centros directivos del Departamento las que se recogen en el Anexo II de la presente Orden.
Tercero.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2020-2022.
Cuarto.- El Plan modificado se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen por el Departamento en el periodo 2020-2022, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.
En el supuesto de que una vez concluido el ejercicio presupuestario 2022, no se hubiese iniciado la vigencia del nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que cuenten con consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el ejercicio presupuestario 2023, hasta tanto se apruebe el nuevo Plan Estratégico de Subvenciones.
Quinto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de diciembre de 2021.
LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
CONOCIMIENTO Y EMPLEO,
Elena Máñez Rodríguez.
ANEXO I
Ver anexo en las páginas 55535-55537 del documento Descargar
ANEXO II
Ver anexo en las páginas 55538-55607 del documento Descargar
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