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BOC Nº 83. Viernes 23 de abril de 2021 - 2206

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona

2206 EDICTO de 26 de marzo de 2021, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000257/2017.

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BOC-A-2021-083-2206. Firma electrónica - Descargar

Dña. Flora Benita Arteaga Herrera, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo parte de encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a 23 de septiembre de 2019.

Vistos por mí, Dña. Bárbara Obeso García, Juez de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, adscrita como refuerzo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Granadilla de Abona, los presentes autos de juicio ordinario, registrados bajo el nº 257/2017, promovidos a instancia de Comercial Abona, S.L., representada por la Procuradora de los tribunales doña Fátima Esther de Armas Castro, y defendida por Letrado don José Esteban García González, contra D. Edgar Humberto Fernández del Castillo, declarado en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, y atendiendo a los siguientes,

FALLO

Que estimando como estimo la demanda formulada por la Procuradora doña Fátima Esther de Armas Castro, en nombre y representación de Comercial Abona, S.L., debo declarar y declaro que el demandado D. Edgar Humberto Fernández del Castillo, debe a la actora la suma de mil quinientos once euros con ochenta y un céntimos de euro (1.511,81 euros) en concepto de impago de facturas derivada de la venta de mercancías, más los intereses legales de la citada cantidad desde la interposición de la demanda, condenándola a estar y pasar por esta declaración y a satisfacer la cantidad expresada, con expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la misma podrán interponer ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, previa consignación de la cantidad exigida en la Ley.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- En el día de la fecha fue leída y publicada la anterior Sentencia por la Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Edgar Humberto Fernández del Castillo, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 26 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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