Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 231.35 Kb.
BOC-A-2021-043-1077.
Firma electrónica
- Descargar
D./Dña. Herminia Hernández Sandalio, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 22 de diciembre de 2020.
Vistos por Dña. María de los Ángeles Antón Padilla, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Arona, los presentes autos de juicio verbal de desahucio por expiración de plazo y reclamación de cantidad, seguidos bajo el nº 1462/2019 promovidos por D. Alexander Kukanov y Dña. Tatiana Kukanova representados por el Procurador de los Tribunales D. Manuel Ángel Álvarez Hernández contra Dña. Valentina Vasilenco en rebeldía procesal y
FALLO
Que estimo parcialmente la demanda interpuesta por D. Alexander Kukanov y Dña. Tatiana Kukanova representados por el Procurador de los Tribunales D. Manuel Ángel Álvarez Hernández contra Dña. Valentina Vasilenco en rebeldía procesal y debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento de la finca sita en calle Tenerife, 53, 1º B, El Fraile, Arona, condenando a la demandada a dejar la finca libre, expedito y a disposición de la parte actora, bajo apercibimiento de ser lanzada judicialmente ella y cuantos ocupantes hubiere en la misma si no desalojare en el plazo que se haya fijado conforme a la ley.
No se hace expresa condena en costas.
Para llevar a efecto el lanzamiento -si fuere necesario- se podrá requerir la presencia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a fin de llevar a cabo su efectivo cumplimiento.
Notifíquese esta resolución a las partes en forma legal, advirtiéndoles que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, a preparar ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de veinte días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.- El/la Magistrada-Juez.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Valentina Vasilenco, expido y libro el presente en Arona, a 3 de febrero de 2021.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
© Gobierno de Canarias