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BOC-A-2020-193-3326.
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BDNS (Identif.): 523865.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios.
1. Podrán optar a estas subvenciones los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias, que se encuentren dentro de la franja de población de derecho de hasta 5.000 habitantes, contabilizado en el último padrón publicado por el ISTAC.
2. Los Ayuntamientos de Municipios con población de hasta 5.000 habitantes y siempre que lo consideren oportuno y por razones de eficacia administrativa, podrán solicitar la elaboración conjunta de los PMUS, en colaboración con otros ayuntamientos, que se encuentren dentro de la franja de número de habitantes de esta convocatoria.
Segundo.- Finalidad.
1. El objeto de la presente Orden es regular el régimen aplicable a la convocatoria para el año 2020, de concesión de subvenciones destinadas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias, que estén dentro de la franja de población de hasta 5.000 habitantes, para la redacción y/o actualización de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS).
2. Se subvencionarán la elaboración de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) que tengan incidencia sobre:
a) Establecimiento de formas de desplazamiento más sostenibles en el ámbito geográfico que corresponda, priorizando la reducción del transporte individual en beneficio de los sistemas colectivos y de otros modos no motorizados de transportes y desarrollando aquellos que hagan compatibles el crecimiento económico, cohesión social y seguridad vial con la defensa del medio ambiente, garantizando de esta forma, una mejor calidad de vida para los ciudadanos.
b) Iniciativas que reduzcan eficazmente el impacto medioambiental de la movilidad al menor coste posible.
Tercero.- Bases reguladoras.
De acuerdo a lo previsto en el dispongo primero de la Orden nº 237/2020, de 5 de septiembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, por la que se aprueban las bases que han de regir en la convocatoria de la concesión de subvenciones para el año 2020 para la elaboración de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) de los Ayuntamientos de Canarias, y se efectúa la convocatoria para el presente ejercicio económico.
Cuarto.- Importe.
El importe que se destina a las subvenciones asciende a un total de 400.000,00 euros.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias o el del extracto de la Orden de la correspondiente convocatoria.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de septiembre de 2020.
EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,
TRANSPORTES Y VIVIENDA,
Sebastián Franquis Vera.
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