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BOC Nº 165. Lunes 17 de agosto de 2020 - 2862

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

2862 RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2020, por la que se rectifica error de la Resolución de 13 de julio de 2020, que aprueba las bases reguladoras y la convocatoria 2020-1 de contrato de personal técnico de apoyo a los Institutos Universitarios de Investigación IUSA, IDEIC, IUMA e IUIBS (BOC nº 151, de 28.7.2020).

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BOC-A-2020-165-2862. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 13 de julio de 2020, se dicta por parte del Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Resolución por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria 2020-1 de contratos de personal técnico de apoyo a los Institutos Universitarios de Investigación IUSA, IDETIC, IUMA y IUIBS (BOC nº 151, de 28 de julio).

Segundo.- Se ha advertido un error material tanto en el encabezado de la Resolución, como en la base 1.1 de la misma.

Atendiendo a las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Único.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone: "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

Y en virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O:

Único.- Rectificar el error material producido en la Resolución de 13 de julio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria 2020-1 de contratos de personal técnico de apoyo a los Institutos Universitarios de Investigación IUSA, IDETIC, IUMA y IUIBS (BOC nº 151, de 28 de julio).

Donde dice: en el encabezado " Institutos Universitarios de Investigación IUSA, IDETIC, IUMA y IUIBS ".

Debe decir: "Institutos Universitarios de Investigación IUSA, IDETIC e IUMA ".

Donde dice, en la base 1.1 "la contratación de cuatro (3)".

Debe decir "la contratación de tres (3).

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso de Las Palmas de Gran Canaria, o ante el Juzgado de lo Contencioso en cuya circunscripción tenga su domicilio el recurrente; o bien interponer en vía administrativa, el recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría General Técnica, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de julio de 2020.- El Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia, José Pablo Suárez Rivero.

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