BOC - 2020/165. Lunes 17 de Agosto de 2020 - 2862

II. Autoridades y personal

Oposiciones y concursos

Otras Administraciones Públicas

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

2862 - RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2020, por la que se rectifica error de la Resolución de 13 de julio de 2020, que aprueba las bases reguladoras y la convocatoria 2020-1 de contrato de personal técnico de apoyo a los Institutos Universitarios de Investigación IUSA, IDEIC, IUMA e IUIBS (BOC nº 151, de 28.7.2020).

Descargar en formato pdf

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 13 de julio de 2020, se dicta por parte del Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Resolución por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria 2020-1 de contratos de personal técnico de apoyo a los Institutos Universitarios de Investigación IUSA, IDETIC, IUMA y IUIBS (BOC nº 151, de 28 de julio).

Segundo.- Se ha advertido un error material tanto en el encabezado de la Resolución, como en la base 1.1 de la misma.

Atendiendo a las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Único.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone: "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

Y en virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O:

Único.- Rectificar el error material producido en la Resolución de 13 de julio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria 2020-1 de contratos de personal técnico de apoyo a los Institutos Universitarios de Investigación IUSA, IDETIC, IUMA y IUIBS (BOC nº 151, de 28 de julio).

Donde dice: en el encabezado " Institutos Universitarios de Investigación IUSA, IDETIC, IUMA y IUIBS ".

Debe decir: "Institutos Universitarios de Investigación IUSA, IDETIC e IUMA ".

Donde dice, en la base 1.1 "la contratación de cuatro (3)".

Debe decir "la contratación de tres (3).

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso de Las Palmas de Gran Canaria, o ante el Juzgado de lo Contencioso en cuya circunscripción tenga su domicilio el recurrente; o bien interponer en vía administrativa, el recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría General Técnica, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de julio de 2020.- El Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia, José Pablo Suárez Rivero.



© Gobierno de Canarias