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BOC Nº 250. Viernes 27 de diciembre de 2019 - 6185

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos

6185 Secretaría General Técnica.- Resolución de 13 de diciembre de 2019, por la que se dispone la publicación de la Adenda tercera de modificación del apartado 1 de la cláusula quinta y la cláusula novena del Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Vega de San Mateo para el desarrollo de Proyectos en el marco del FDCAN.

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BOC-A-2019-250-6185. Firma electrónica - Descargar

Suscrita con fecha 18 de noviembre de 2019, Adenda tercera de modificación del apartado 1 de la cláusula quinta y la cláusula novena del Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Vega de San Mateo para el desarrollo de Proyectos en el marco del FDCAN.

Visto el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la mencionada Adenda que figura como anexo a esta Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de diciembre de 2019.- La Secretaria General Técnica, María del Carmen Gonzálvez Casanova.

A N E X O

ADENDA TERCERA DE MODIFICACIÓN DEL APARTADO 1 DE LA CLÁUSULA QUINTA Y LA CLÁUSULA NOVENA DEL CONVENIO SUSCRITO EL 30 DE DICIEMBRE DE 2016 ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE VEGA DE SAN MATEO PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS EN EL MARCO DEL FDCAN.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de noviembre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Román Rodríguez Rodríguez, Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos del Gobierno de Canarias, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 85/2016, de 4 de julio, sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias.

De otra parte, D. Antonio J. Ortega Rodríguez, en nombre y representación del Iltre. Ayuntamiento de Vega de San Mateo, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el artículo 21.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 31.1.e) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de municipios de Canarias, previa autorización del Pleno de la Corporación Municipal acordada en su sesión extraordinaria de fecha 3 de julio de 2019.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente documento y en ese sentido,

EXPONEN

Primero.- El 30 de diciembre de 2016, se suscribió el Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Vega de San Mateo para el desarrollo de proyectos en el marco del FDCAN, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 32, de 15 de febrero de 2017.

Segundo.- De conformidad con la cláusula novena de dicho Convenio, la modificación del mismo requerirá el acuerdo expreso de los firmantes mediante la correspondiente Adenda de modificación.

Asimismo, se establece en dicha cláusula que dará lugar a la modificación del Convenio la reformulación o modificación del proyecto que hayan sido autorizadas por Gobierno conforme a lo dispuesto en el artículo 9.5 del Decreto 85/2016, de 4 de julio.

Tercero.- En aplicación de los principios de simplificación y economía procedimental que debe regir la actuación administrativa, y considerando que la competencia atribuida al Gobierno conforme al artículo 9.5 del Decreto 85/2016, de 4 de julio, permanece inalterada; se ha valorado el acierto y oportunidad de suprimir la obligación prevista en la citada cláusula novena del Convenio de 30 de diciembre de 2016, relativa a obligación de modificación el citado Convenio cuando se trate de reformulaciones o modificaciones del proyecto FDCAN que hayan sido autorizadas por el Gobierno.

Cuarto.- Mediante la Adenda primera de aportación financiera para 2017-2019 y modificación al citado Convenio de 30 de diciembre de 2016, suscrito entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de la Vega de San Mateo, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 75, de 19 de abril de 2017, se procedió a la modificación de los plazos de realización de las actividades y de justificación de las mismas.

Quinto.- Con fecha 18 de septiembre de 2018, se suscribió la Adenda segunda de modificación del Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016 y de la Adenda primera de aportación financiera 2017-2019 entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Vega de San Mateo, con el objeto de modificar el porcentaje de financiación con cargo al FDCAN así como de ampliar los plazos de aplicación y de justificación de los fondos correspondientes a la anualidad 2017 y 2018.

Sexto.- El Ayuntamiento de Vega de San Mateo solicitó con fecha 3 de junio de 2019, la ampliación de los plazos de ejecución de la anualidad FDCAN 2018 hasta el 31 de octubre de 2019 y de justificación hasta el 30 de noviembre de 2019 y para la anualidad FDCAN 2019, el plazo de aplicación hasta el 31 de julio de 2020 y de justificación hasta el 31 de octubre de 2020.

Séptimo.- Mediante Acuerdo de Gobierno de 14 de noviembre de 2019 se autoriza la suscripción de la presente Adenda.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Modificar el apartado 1 de la cláusula quinta del Convenio de 30 de diciembre de 2016, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Vega de San Mateo para el desarrollo de proyectos en el marco del FDCAN, que queda redactado como sigue:

"1. La aplicación de los fondos y plazos de justificación de las anualidades 2017 a 2019 se sujetará a lo siguiente:

a) En la anualidad 2017, la aplicación de los fondos comprenderá desde el 1 de enero de 2017 hasta el 27 de diciembre de 2018, fecha, esta última en la que igualmente vencerá el plazo de justificación por el Ayuntamiento.

b) En la anualidad 2018, la aplicación de los fondos comprenderá desde el 1 de enero 2018 hasta el 31 de octubre de 2019 y se justificará por el Ayuntamiento hasta el 30 de noviembre de 2019.

c) En la anualidad 2019, la aplicación de los fondos comprenderá desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de julio de 2020 y se justificará por el Ayuntamiento hasta el 31 de octubre de 2020".

Segunda.- Modificar la cláusula novena del Convenio que queda redactada como sigue:

"Novena. Modificación del Convenio.

La modificación del Convenio requerirá el acuerdo expreso de los firmantes mediante la correspondiente Adenda de modificación.

No dará lugar a la modificación del Convenio la reformulación o modificación del Programa que hayan sido autorizadas por Gobierno conforme a lo dispuesto en el artículo 9.5 del Decreto 85/2016, de 4 de julio."

Y en prueba de conformidad, comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman la presente Adenda, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha citados en el encabezado.- Por el Gobierno de Canarias, Román Rodríguez Rodríguez, Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos.- Por el Ayuntamiento de Vega de San Mateo, Antonio J. Ortega Rodríguez, Alcalde-Presidente.

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