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BOC-A-2019-114-3007.
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D./Dña. María Jenny Mora Romero, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
Arona, 11 de junio de 2018.
Juez Francisco Borja Abeijón Pérez.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- La Procuradora de los Tribunales Dña. María Luisa Díaz Vecino, en nombre y representación de Puralia Systems, S.L., presentó escrito, el 11 de mayo de 2017, en virtud del cual interponía demanda de juicio verbal, por reclamación de cantidad, contra D. Aniello Sequino. Todo ello en base los hechos y fundamentos de Derecho alegados en el propio escrito, terminó suplicando que se dictara una sentencia conforme a sus pedimentos.
FALLO
Se estima sustancialmente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Luisa Díaz Vecino, en nombre y representación de Puralia Systems, S.L., contra D. Aniello Sequino y, por tanto:
- Se declara resuelto el contrato firmado entre las partes, con la condena a D. Aniello Sequino a devolver el equipo objeto del contrato de arrendamiento, o subsidiariamente la entrega de su valor.
- Se condena a D. Aniello Sequino, a pagar, a Puralia System, S.L., la cantidad de cinco mil seiscientos seis euros con treinta céntimos de euro (5.606,30 euros); junto con los intereses legales que se devengan desde la interposición de la demanda, el 11 de mayo de 2017.
Todo ello con condeno en costas a la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que se interpondrá en este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente resolución. Asimismo será necesario para poder interponer el recurso, salvo que el recurrente tenga reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, constituir depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado, lo que deberá ser acreditado.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Aniello Sequino, expido y libro el presente en Arona, a 12 de junio de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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