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BOC Nº 100. Lunes 27 de mayo de 2019 - 2611

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Granadilla de Abona

2611 EDICTO de 8 de abril de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000533/2013.

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BOC-A-2019-100-2611. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Elisabet Yaiza Martínez Ramiro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a 15 de marzo de 2016.

Vistos por el Sr. D. Juan José Gómez Neira, Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Tres de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal nº 533/2013, instados por la entidad mercantil Wingate School, S.L., contra Dña. Deborah Page. El objeto del proceso lo constituye la pretensión de reclamación de cantidades.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ada López García, en nombre y representación de la entidad mercantil Wingate School, S.L. contra Dña. Deborah Page y condeno al demandado a satisfacer al actor la cantidad de 2.684,84 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda. Así como al pago de las costas procesales.

El importe objeto de condena devengará el interés procesal del artículo 576 LEC desde la fecha de esta sentencia y hasta el completo pago del importe objeto de condena.

La presente sentencia, que se notificará a las partes es firme y contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno (cfr. artículo 455.1 LEC).

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Deborah Page, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 8 de abril de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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