Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
7 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 365.41 Kb.
BOC-A-2018-205-4837.
Firma electrónica
- Descargar
El Plan de Formación para el 2018 del Instituto Canario de Administración Pública, en adelante ICAP, aprobado por su Consejo de Administración y posteriormente por la Comisión de Formación para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesiones celebradas el 2 de abril de 2018, incluye el Programa de Gestión del Conocimiento (MENTOR), cuya finalidad es que la experiencia, formación y conocimiento de unas personas se pone al servicio de otras para que la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias mejore, contribuyendo en la prestación de un servicio de mayor calidad a la ciudadanía.
Como consecuencia de la experiencia desde su puesta en marcha en 2016 y los resultados tan satisfactorios obtenidos para las personas participantes y para la Organización, el Programa de Gestión del Conocimiento de 2018 recoge varias actividades formativas con las que el ICAP pretende consolidar y seguir con el proceso de mejora continua de las competencias y cualificaciones de las personas que ejercen funciones directivas.
Una de las actividades que lo configuran y objeto de esta convocatoria es "Desarrollo individualizado de competencias directivas (mentorizados)", cuyo calendario abarcará desde noviembre de 2018 hasta septiembre de 2019.
Esta formación se basa en el proceso de mentoría, entendido como el proceso mediante el que una persona (mentora), con más experiencia, escucha, facilita, orienta, acompaña y ayuda a otra (mentorizada/asesorada) en su desarrollo personal y profesional, invirtiendo tiempo y transmitiendo sus experiencias y conocimientos. Es una relación de apoyo en la que dos se ayudan, de manera que la persona que ejerce de mentora impulsa el desarrollo profesional de la persona asesorada, para que disponga de nuevas perspectivas, enriquezca su forma de pensar y desarrolle su potencial como persona y como profesional responsable de un equipo, obteniendo mejores resultados en el ámbito laboral.
La persona mentorizada recibirá formación durante las sesiones conjuntas, un total de 24 horas lectivas y contará con una persona mentora que le ayudará a mejorar sus habilidades directivas, una atención y una experiencia completamente individualizada que responderá a sus necesidades. Se mantiene una relación basada en la confianza mutua y la confidencialidad, que se concreta en reuniones periódicas que se planifican de mutuo acuerdo y en los horarios que ambas personas determinen, además de mantener contacto por otros medios no presenciales.
Está previsto que se celebre una edición regional con participantes de ambas provincias.
Por lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 130/2014, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de Administración Pública,
R E S U E L V O:
Único.- Convocar y organizar la actividad formativa "Desarrollo individualizado de competencias directivas (mentorizados)", con las características establecidas en el anexo a esta Resolución, de acuerdo a las siguientes
BASES
Primera.- Destinatarios.
Podrá participar en la actividad formativa relacionada en el anexo, el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos, que reúna los requisitos especificados en las mismas.
Segunda.- Solicitudes.
Los requisitos para la participación son:
1. Quienes deseen participar y reúnan los requisitos especificados deberán solicitarlo a través de la aplicación informática para la tramitación de solicitudes disponible en la página web del Instituto Canario de Administración Pública en la dirección https://www.gobiernodecanarias.org/icap mediante usuario y contraseña corporativa.
2. Deberá remitirse también, una declaración responsable que será enviada por correo electrónico a la cuenta cursos.icap@gobiernodecanarias.org hasta el 28 de octubre inclusive e incluirá exclusivamente la cifra de cada uno de los siguientes datos:
- número de años de experiencia laboral en puestos directivos y
- número de empleados a su cargo.
Aquel personal que desee realizar esta actividad convocada, que no figure en la base de datos de alumnos del ICAP, deberá previamente cumplimentar y enviar el formulario de comunicación de datos que podrá descargar de la página web del Instituto Canario de Administración Pública en la dirección https://www.gobiernodecanarias.org/icap, dentro del apartado "Temas- Alumnado" y enviarlo al número de fax (928) 339129.
La comunicación de datos podrá realizarse hasta las 12,00 horas del último día de plazo previsto para la presentación de solicitudes. El ICAP no garantiza que la presentación de comunicaciones de datos que lleguen con posterioridad a la hora señalada anteriormente, puedan ser tramitadas para la actividad objeto de la presente convocatoria.
La presentación de solicitudes implica la aceptación de las bases de esta convocatoria.
Tercera.- Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias y finalizará el día 28 de octubre de 2018 inclusive.
2. No serán admitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo.
Cuarta.- Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección constará de dos fases, en la primera el ICAP procederá a la selección y en la segunda fase, las personas seleccionadas serán confirmadas por sus respectivas Secretarías Generales Técnicas y Organismos Autónomos.
1. Primera fase:
El ICAP seleccionará a los participantes que reúnan los requisitos señalados en el anexo. Si el número de participantes seleccionados que cumpla los requisitos que establece el anexo, es superior al número de plazas ofertadas, se ordenarán siguiendo los siguientes criterios:
1º) Menor número de años de experiencia laboral en Jefaturas de Servicio u otros de nivel similar de responsabilidad directiva.
2º) Menor antigüedad en la Administración.
3º) Mayor número de empleados a su cargo.
De acuerdo con los artículos 49 y 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, con objeto de actualizar los conocimientos de los empleados y empleadas públicas, podrán participar las empleadas y empleados durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares.
De acuerdo con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE nº 71, de 23 de marzo de 2007), se reservará al menos un 40 por 100 de las plazas en los cursos de formación para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir ese porcentaje.
De acuerdo con el Decreto 8/2011, de 27 de enero (BOC nº 40, de 24 de febrero), con el fin de facilitar la formación y promoción profesional de los empleados públicos con discapacidad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para esa acción formativa en particular, el criterio de preferencia de las personas discapacitadas.
Tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Tal circunstancia deberá comunicarse por escrito al ICAP, indicando, asimismo, las adaptaciones necesarias que se deberán llevar a cabo en la actividad formativa.
La acreditación de la situación de discapacidad deberá efectuarse por el alumnado en el momento de la aceptación del curso.
Podrán no ser seleccionados aquellos solicitantes que hayan realizado un curso igual en los últimos tres años.
2. Segunda fase:
Una vez efectuada la selección de participantes y dado que este alumnado podrá realizar parte de la formación en horario laboral y ocasionar gastos de desplazamiento, es por lo que este Instituto comunicará a los coordinadores de formación de cada Secretaría General Técnica y Organismos Autónomos la relación priorizada de seleccionados, para que los participantes sean confirmados mediante el aplicativo informático que el ICAP tiene habilitado para tal fin y respetando la priorización establecida por el ICAP.
Para que el alumno llegue a participar en esta actividad es indispensable que haya sido propuesto conforme a lo establecido anteriormente.
El plazo para remitir la relación de alumnado al ICAP será hasta el 7 de noviembre inclusive.
Por razones de necesidad el titular de un departamento podrá proponer la inclusión de aquel personal que cumpla los requisitos y considere idónea su participación en esta actividad formativa, debiendo igualmente tramitar la propuesta a través del aplicativo informático que este Instituto tiene habilitado para tal fin. También el coordinador de formación deberá remitir una declaración responsable de la persona propuesta que será enviada por correo electrónico a la cuenta cursos.icap@gobiernodecanarias.org hasta el 7 de noviembre inclusive e incluirá exclusivamente la cifra de cada uno de los siguientes datos:
- número de años de experiencia laboral en puestos directivos y
- número de empleados a su cargo.
En este caso, si alguna de las personas propuestas no pudiera ser incluida en una determinada lista porque no consta en la base de datos de este Instituto, el Coordinador de formación del departamento correspondiente deberá tramitar el formulario de comunicación de datos a que hace referencia la base segunda en su apartado 2.
Quinta.- Admisión, comunicación y publicación del personal admitido.
Una vez efectuada la selección definitiva de participantes, este Instituto comunicará individualmente por correo electrónico corporativo a las personas admitidas en la actividad formativa, la fecha, el horario, el lugar, el certificado que pudiera obtenerse y cualquier otra información de interés.
Será requisito imprescindible que las personas seleccionadas confirmen su participación contestando el correo en la forma y en el plazo que se indique en el mismo. Si cumplido el plazo previsto no se hubiese recibido confirmación (aceptando o rechazando su participación) quedará excluido del mismo y se procederá a incluir a otro aspirante.
Se entenderán no admitidas las personas que no reciban comunicación expresa para participar en la actividad formativa.
Concluido el proceso de selección, se publicará la relación de participantes admitidos en la secretaría virtual de la página web del ICAP y, en su defecto, en los tablones de anuncios de este Organismo.
Sexta.- Condiciones de participación.
La participación en la actividad formativa, una vez aceptada por las personas seleccionadas, es obligatoria. Si la persona admitida no pudiera participar, deberá justificar esta circunstancia al ICAP mediante escrito a la dirección de correo electrónico que figura en el comunicado de admisión.
Durante la celebración de las actividades formativas se llevará un control permanente de asistencia conforme a los sistemas establecidos al respecto y el alumnado deberá dejar constancia de su asistencia en el sistema de control de entrada y salida que al efecto se establezca. Si no dejara tal constancia en la entrada, en la salida o en ambos, no se computará el tiempo de formación correspondiente al periodo que abarca esa entrada y salida, al efecto de su toma en consideración a la hora de valorar la expedición del certificado que pudiera corresponder.
Séptima.- Certificado.
Para recibir el certificado de aprovechamiento, la persona mentorizada deberá asistir al menos a un 80% de las horas presenciales y obtener un informe positivo del formador basado en las evidencias de haber llevado a cabo su plan de acción en colaboración con su mentor/a y en la valoración de las reuniones presenciales que haya realizado con su mentor o mentora.
Octava.- Cláusula de modificación.
La persona titular del ICAP tendrá facultad para ampliar y suspender las actividades formativas, modificar las bases de la convocatoria, fechas, duración y número de plazas de las mismas, cuando circunstancias suficientemente justificadas así lo aconsejen.
Novena.- Derechos de inscripción y financiación.
Las actividades formativas que se convocan por la presente Resolución son de carácter gratuito al estar financiadas íntegramente por los Fondos del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 19 de julio de 2013. Los gastos que generen estos cursos se harán con cargo a la partida 43.01.921G.229.99.00 Otros gastos corrientes no tipificados. Esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para hacer frente a los gastos que de ella se deriven.
Décima.- Recursos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativa a interponer en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en la página web del ICAP, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición ante el Instituto Canario de Administración Pública en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de octubre de 2018.- El Director, Zósimo Darias Armas.
A N E X O
DESARROLLO INDIVIDUALIZADO DE COMPETENCIAS DIRECTIVAS (MENTORIZADOS)
Ediciones: 1 regional.
Código de la actividad formativa: R.P.115.AB.18.
Destinatarios:
Personal funcionario del subgrupo A1 y laboral equivalente de la Administración Pública del Gobierno de Canarias que actualmente ocupe puestos de Jefatura de Servicio u otro nivel similar de responsabilidad directiva (subdirecciones, direcciones de área, directores de centros ...) y con equipos de trabajo a su cargo.
En el supuesto de no cubrir las plazas ofertadas aplicando los criterios anteriores, el ICAP podrá seleccionar personal del subgrupo A1 y A2 que ocupe Jefaturas de Sección y con equipos de trabajo a su cargo, aplicándose por analogía los criterios de ordenación establecidos en la base cuarta de la presente Resolución.
Objetivos de la actividad:
- Realizar un diagnóstico en estilos y competencias.
- Mejorar el rendimiento de las personas mentorizadas como personal directivo.
- Favorecer un clima organizacional más efectivo.
- Motivar personas con alto potencial y altos niveles de competencias.
- Mejorar el clima de la organización.
- Acelerar la transferencia del aprendizaje de habilidades y conocimientos.
Duración: 24 horas lectivas.
Proceso de formación:
Esta actividad formativa es novedosa, su metodología no responde a la idea de curso, taller, seminario, etc. Se trata de contar con un compañero/a de la Administración con experiencia directiva, que ofrecerá a la persona mentorizada un asesoramiento personalizado y acompañará en el proceso de mejora personal y profesional como responsable de un equipo. Se complementa con actividades formativas (24 horas lectivas) en forma de sesiones conjuntas, en los que todos los participantes, tanto mentores como mentorizados, acuden conjuntamente.
El proceso, que se desarrollará entre los meses de noviembre de 2018 y septiembre de 2019, comprende:
- 3 sesiones conjuntas entre todos los mentores y mentorizados (24 horas lectivas).
La primera sesión conjunta (8 horas) tiene como objetivos: obtener una visión común sobre el proceso de mentoring: concepto y fases, gestionar las expectativas de los participantes, clarificar el rol del mentor y del mentorizado y comunicar el calendario de sesiones y establecer un primer vínculo entre los mentores y mentorizados.
La segunda sesión (8 horas) tiene como finalidad compartir experiencias y profundizar determinados conceptos que ayuden a reforzar los resultados individuales. Los objetivos concretos son: analizar la marcha del proceso de mentoría, contribuir a la creación de un vínculo positivo entre asesorados y mentores, destacar aspectos positivos, analizar las áreas de mejora y reforzar el compromiso con el desarrollo personal de las personas mentorizadas.
En la tercera sesión conjunta al finalizar el proceso (8 horas), que tendrá también carácter formativo, durante la que se llevará a cabo la puesta en común de experiencias y evaluación del programa, se pretende analizar tanto el proceso de mentoring, como los valores y competencias que se han dado a lo largo del proceso, establecer mecanismos para la mejora de las barreras encontradas, impulsar los nuevos planes de acción y reforzar la relación entre las personas asesoradas y las mentoras.
- 6 reuniones presenciales entre la persona mentorizada y la persona mentora asignada, cuyo calendario se planificará de mutuo acuerdo y en los horarios que ambas personas determinen, además de mantener contacto por otros medios no presenciales.
Estas reuniones suponen una atención individualizada, que responderá a las necesidades reales de la persona asesorada para desarrollar todo el potencial como profesional responsable de un equipo y que le ofrecerá la persona mentora, compartiendo su conocimiento y experiencia. Se elaborará un plan de acción basado en las áreas de mejora que quiere trabajar, en función de sus necesidades y disponibilidad. Las reuniones tendrán lugar en la isla donde mentores y asesorados residan.
Calendario y lugar de celebración:
* Sesiones de carácter formativo conjuntas entre todos los participantes, mentorizados y mentores:
- Inicial: el 12 de diciembre de 2018.
- Intermedia: durante el mes de abril de 2019.
- Final: en el mes de septiembre de 2019.
* Las 6 reuniones presenciales entre mentores y asesorados se celebrarán en la provincia donde residan, en el lugar, fechas y horario que ambas personas determinen, entre los meses de diciembre de 2018 y julio de 2019.
Aunque el programa se desarrolla en cada provincia donde residan mentor/a y asesorado/a, las sesiones conjuntas tienen carácter regional, por lo que el lugar de celebración se irá alternando en ambas provincias a lo largo del año.
Plazas: 22. El número final de participantes admitidos estará en función de la disponibilidad de personas mentoras en cada provincia.
Programa:
- Concepto y finalidad del mentoring.
- Fases de un proceso de mentoring.
- Papel del mentor y del mentorizado.
- Estilos de aprendizaje.
- Diagnóstico de competencias.
- Desarrollo de habilidades directivas.
© Gobierno de Canarias