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BOC Nº 151. Lunes 6 de Agosto de 2018 - 3715

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

3715 ORDEN de 24 de julio de 2018, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de la Vivienda para el año 2018, con la finalidad de ampliar su vigencia hasta el ejercicio 2019.

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BOC-A-2018-151-3715. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta elaborada por la titular del Instituto Canario de la Vivienda, relativa a la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de dicho organismo autónomo, con el fin de ampliar su vigencia hasta el ejercicio 2019, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, nº LOR2018CA00225, de 11 de abril de 2018, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de la Vivienda para el ejercicio 2018 (BOC nº 76, de 19.4.18), modificada posteriormente por Orden nº LOR2018CA00416, de 12 de junio de 2018 (BOC nº 120, de 22.6.18).

Segundo.- En el Anexo I de la indicada Orden nº LOR2018CA00416, de 12 de junio, figuran los siguientes importes, por Líneas de actuación que se relacionan a continuación.

Ver anexo en la página 25879 del documento Descargar

Tercero.- Con posterioridad a la aprobación del citado Plan Estratégico de Subvenciones, se han producido nuevas circunstancias que hacen que, por la titular de dicho organismo autónomo, se haya elaborado una propuesta por la que se plantea su modificación, con el fin de ampliar la vigencia del mismo hasta el año 2019. En dicha propuesta se alude a que los artículos 16 y 62 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, establecen que la ayuda al alquiler, programa 2, ayuda al alquiler de vivienda y programa 8, ayuda a los jóvenes, se concederá a los beneficiarios por un plazo de tres años.

Así mismo se recoge en el citado Real Decreto 106/2018 que, siempre que haya razones que lo justifiquen, las Comunidades Autónomas podrán conceder dicha ayuda por un período inferior a tres años. En atención a ello y razones de interés han llevado a establecer que, en la Comunidad Autónoma de Canarias, el plazo en el que se concederán dichas ayudas a los beneficiarios, será de dos años (2018-2019), circunstancia que se recoge en las bases que regulan las convocatorias de los mencionados programa 2, ayuda al alquiler de vivienda y programa 8, ayuda a los jóvenes, lo que implica una modificación en los plazos y cuantías totales de las líneas de actuación que se indican a continuación: Líneas de subvención 494G0364 Actuaciones Plan Vivienda Estatal; 494G0357 Fomento alquiler vivienda para jóvenes; 494G0364 Actuaciones Plan Vivienda Estatal y 494G0359 Fomento alquiler vivienda para mayores.

A los que son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretende con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación.

Segundo.- De otra parte el artículo 7, apartado 3, del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones.

Tercero.- El apartado cuarto de la parte resolutiva de la referida Orden departamental nº LOR2018CA00225, de 11 de abril de 2018, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de la Vivienda, para el ejercicio 2018, que se pretende modificar, establece el carácter programático del plan, estando supeditado a la aparición de nuevas estrategias de actuación, así como por los resultados que se vayan alcanzando en el seguimiento.

Cuarto.- A la vista de la propuesta elaborada por la titular del referido Instituto Canario de la Vivienda es preciso proceder a la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del citado Instituto, con el fin de ampliar su vigencia hasta el ejercicio 2019, en lo que se refiere a las líneas de subvenciones destinadas a ayudas a los alquileres que se relacionan a continuación y por los importes que se indican y que afectan al Anexo I de la citada Orden departamental LOR2018CA00416, de 12 de junio, en los términos que se indican a continuación:

1) Incluir la anualidad 2019 de las Líneas de subvención 494G0364 Actuaciones Plan Vivienda Estatal por importe de 276.800,00 euros y 494G0357 Fomento alquiler vivienda para jóvenes por importe de 875.000,00 euros

2) Incluir la anualidad 2019 de las Líneas de subvención 494G0364 Actuaciones Plan Vivienda Estatal por importe de 1.000.000 de euros y 494G0359 Fomento alquiler vivienda para mayores por importe de 875.000,00 euros.

Vistos los antecedentes expuestos y demás normas de general y pertinente aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de la Vivienda para el año 2018, con la finalidad de ampliar su vigencia hasta el ejercicio 2019.

Segundo.- Concretar que la modificación afecta al Anexo I, recogido en la Orden de la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda LOR2018CA00416, de 12 de junio de 2018 (BOC nº 120, de 22.6.18), en el sentido de incluir para la anualidad 2019, las siguientes líneas de subvenciones en la forma que se indica a continuación:

1) Incluir la anualidad 2019 de las Líneas de subvención 494G0364 Actuaciones Plan Vivienda Estatal por importe de 276.800,00 euros y 494G0357 Fomento alquiler vivienda para jóvenes por importe de 875.000,00 euros.

2) Incluir la anualidad 2019 de las Líneas de subvención 494G0364 Actuaciones Plan Vivienda Estatal por importe de 1.000.000 de euros y 494G0359 Fomento alquiler vivienda para mayores por importe de 875.000,00 euros.

Tercero.- Determinar que se incorpore a la presente Orden departamental el Anexo I, en el que se consignan las modificaciones del Plan Estratégico de Subvenciones de dicho Instituto, relacionados en el anterior apartado y que pase a denominarse Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de la Vivienda para el período 2018-2019.

Cuarto.- Instar a la publicación de dicha Orden departamental en el Boletín Oficial de Canarias, en el plazo de veinte días siguientes a su aprobación.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de julio de 2018.

LA CONSEJERA DE EMPLEO,

POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA,

Cristina Valido García.

Ver anexo en las páginas 25882-25885 del documento Descargar

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