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BOC Nº 78. Lunes 23 de Abril de 2018 - 1911

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona

1911 EDICTO de 15 de marzo de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000776/2016.

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BOC-A-2018-078-1911. Firma electrónica - Descargar

Dña. Esperanza Torregrosa Sala, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 15 de diciembre de 2017.

Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. Lara Etelvina López Jiménez, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000776/2016 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. Santander Consumer EFC, S.A., dirigido por el Letrado D./Dña. Adela Pérez Báez y representado por el Procurador D./Dña. Manuel Ángel Álvarez Hernández y de otra como demandada D./Dña. Maikel Torres Rodríguez, declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Único.- Estimo íntegramente la demanda presentada por D. Manuel Ángel Álvarez Hernández, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A. frente a D. Maikel Torres Rodríguez y, en consecuencia, condeno a este último a abonar a la primera la suma de 8.944,02 euros más el interés legal del artículo 576 de la LEC, así como las costas del procedimiento.

Así lo mando y firmo.

Esta resolución no es firme y frente a la misma cabrá interponer recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 20 días a contar desde el siguiente a su notificación de conformidad con lo estipulado en el artículo 458 en la redacción dada al mismo por la Ley 37/2011, de 10 de octubre.

La interposición del recurso de apelación deberá cumplir con las obligaciones establecidas por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Llévese original de la presente resolución al Libro de Sentencias de conformidad con lo prevenido en el artículo 213 de la LEC y dedúzcase testimonio de la misma para su incorporación a los autos.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la D./Dña. Juez Titular que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado de la Administración de Justicia doy fe, en Arona, a 15 de diciembre de 2017.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Maikel Torres Rodríguez, expido y libro el presente en Arona, a 15 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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