Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 45. Lunes 5 de Marzo de 2018 - 988

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife

988 EDICTO de 25 de enero de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000954/2016.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 231.97 Kb.
BOC-A-2018-045-988. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la demandante Dña. María de los Ángeles Hernández Delgado, representada por el Procurador de los Tribunales D. Javier Hernández Berrocal, contra los demandados ignorados, desconocidos e inciertos herederos y/o herencia yacente de Dña. Rosa Bovo In Candeo, de las circunstancias de identificación que constan en autos:

1.- Declaro a la actora como legítima propietaria, por prescripción adquisitiva extraordinaria, de la vivienda que ocupa e identificada como vivienda sita en Edificio Apartamentos La Costa, calle Heliodoro Rodríguez López, esquina a la calle Manuel Cañadas, e inscrita como finca registral nº 39.881 en el Registro de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife a nombre de Dña. Rosa Bovo in Candeo, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración.

2.- No se condena a la parte demandada al pago de las costas de este pleito.

Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de veinte días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la D./Dña. Magistrado-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado de la Administración de Justicia doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los ignorados desconocidos e inciertos herederos y/o herencia yacente de Rosa Bovo In Candeo, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Santa Cruz de Tenerife, a 25 de enero de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias