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BOC Nº 220. Miércoles 15 de Noviembre de 2017 - 5357

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

5357 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 6 de noviembre de 2017, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 26 de octubre de 2017, que toma conocimiento de la Sentencia de 9 de marzo de 2016, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, dictada en el recurso contencioso-administrativo nº 39/2013, contra el Acuerdo de 29 de octubre de 2012, de aprobación definitiva de la adaptación plena del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y a las Directrices de Ordenación General y Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias.

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BOC-A-2017-220-5357. Firma electrónica - Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 26 de octubre de 2017, por el que se toma conocimiento de la Sentencia de 9 de marzo de 2016, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, dictada en el recurso contencioso-administrativo nº 39/2013, contra Acuerdo de la COTMAC de 29 de octubre de 2012, de aprobación definitiva de la adaptación plena del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y a las directrices de ordenación general y directrices de ordenación del turismo de canarias, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de noviembre de 2017.- El Director General de Ordenación del Territorio, Pedro Afonso Padrón.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión ordinaria celebrada el 26 de octubre de 2017, acordó por unanimidad de los vocales presentes con derecho a voto, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia firme de 9 de marzo de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo nº 39/2013 interpuesto por la representación procesal de África Padrón Regidor y otro, contra el Acuerdo de la COTMAC de 29 de octubre de 2012, de aprobación definitiva de la Adaptación Plena del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y a las Directrices de Ordenación General y Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, y anula el acuerdo impugnado en el particular indentificado en cuanto no reconocieron a los demandantes indemnización alguna por la vinculación singular en la finca objeto de autos de manera que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias deben indemnizar solidariamente en la cantidad que se fije en ejecución de sentencia en la forma expresada en el fundamento cuarto, sin hacer expresa condena al pago de las costas procesales.

Segundo.- Tomar conocimiento de la sentencia de 14 de septiembre de 2017, dictada por el Tribunal Supremo que declara no haber lugar al recurso de casación nº 2067/2016, interpuesto por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Administración de la Comunidad Autónoma contra la sentencia de 9 de marzo de 2016, imponiendo las costas procesales a las recurrentes pero limitado a la cuantía de 2.000,00 euros más IVA para cada uno de ellos.

Tercero.- Dar traslado al Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Oriental para que identifique la documentación afectada por el fallo de la sentencia, a fin de estampillar la correspondiente diligencia de nulidad.

Cuarto.- Requerir al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para que la lleve a puro y debido efecto y realice las actuaciones que exige el contenido del fallo de la sentencia.

Quinto.- Notificar el presente Acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y al Cabildo de Gran Canaria.

Asimismo para su conocimiento dar traslado al Servicio Jurídico Administrativo de Planeamiento urbanístico Oriental.

Sexto.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio, en vigor de acuerdo con la Disposición transitoria 22ª de la Ley 4/2017, de 13 de julio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Belén Díaz Elías.

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