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BOC-A-2016-212-3975.
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D. David Rodríguez López, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En San Bartolomé de Tirajana, a 7 de septiembre de 2015.
Vistos por S.Sª. D. Néstor Porto Rodríguez, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1-5 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, con nº 585/2013, seguidos a instancia de Comunidad de Propietarios Centro Comercial e Industrial Nilo, contra D. Manuel Atta Bermúdez, versando los autos sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Que estimando como estimo parcialmente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Centro Comercial e Industrial Nilo, contra D. Manuel Atta Bermúdez, debo condenar y condeno a D. Manuel Atta Bermúdez a abonar a la parte actora la cantidad de siete mil ciento doce con treinta y ocho euros (7.112,38 euros), más intereses legales a tenor del fundamento derecho sexto de la presente Resolución.
Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Contra la presente podrán las partes interponer recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de la presente.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada en el día de la fecha por el Ilmo. Sr. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública; de lo que doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido herencia yacente y/o desconocidos herederos de D. Manuel Atta Bermúdez, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 12 de julio de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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