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BOC-A-2016-189-3475.
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ANTECEDENTES DE HECHO
En el artículo 11.1.e) del Decreto 36/2003, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias, establece que procede el cese de los vocales por acuerdo de las organizaciones, entidades y asociaciones que efectuaron las propuestas. El sindicato Comisiones Obreras de Canarias con fecha 28 de julio de 2016 propone los siguientes ceses y nombramientos como vocales titulares y suplentes en el Consejo Escolar de Canarias, en la representación del sector docente de la enseñanza pública y privada:
a) Cese de don José Adolfo Santana Hernández, como vocal titular del sector docente de la enseñanza privada en el Consejo Escolar de Canarias.
b) Cese de don Antonio Pérez Marrero y don José Ramón Barroso Arteaga, como vocales titular y suplente, respectivamente, del sector docente de la enseñanza pública en el Consejo Escolar de Canarias.
c) Nombramiento de doña Carmen Suárez Suárez, como vocal titular del sector docente de la enseñanza privada en el Consejo Escolar de Canarias.
d) Nombramiento de don José Ramón Barroso Arteaga y don Antonio Pérez Marrero, como vocales titular y suplente, respectivamente, del sector docente de la enseñanza pública en el Consejo Escolar de Canarias.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Único.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) y 14 de la Ley 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares y los artículos 9 y 11 del Decreto 36/2003, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias,
R E S U E L V O:
Único.- Proceder al cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Escolar de Canarias, propuestos por el sindicato Comisiones Obreras de Canarias en el siguiente sentido:
Sector docentes de la enseñanza pública y privada.
En representación del sindicato Comisiones Obreras de Canarias se cesa a don José Adolfo Santana Hernández, como vocal titular del sector de la enseñanza privada en el Consejo Escolar de Canarias.
En representación del sindicato Comisiones Obreras de Canarias se cesa a don Antonio Pérez Marrero y don José Ramón Barroso Arteaga, como vocales titular y suplente, respectivamente, del sector de la enseñanza pública en el Consejo Escolar de Canarias.
En representación del sindicato Comisiones Obreras de Canarias se nombra a doña Carmen Suárez Suárez, como vocal titular del sector de la enseñanza privada en el Consejo Escolar de Canarias.
En representación del sindicato Comisiones Obreras de Canarias se nombra a don José Ramón Barroso Arteaga y a don Antonio Pérez Marrero, como vocales titular y suplente, respectivamente, del sector de la enseñanza pública en el Consejo Escolar de Canarias.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación por silencio administrativo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de septiembre de 2016.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN
Y UNIVERSIDADES,
Soledad Monzón Cabrera.
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