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BOC Nº 133. Martes 12 de Julio de 2016 - 2333

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria

2333 EDICTO de 21 de abril de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000089/2012.

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BOC-A-2016-133-2333. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Las Palmas, a 22 de mayo de 2014.

Vistos por mí, Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado/Juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas, los presentes autos seguidos con el nº 89/12 a instancia de J. Parrilla, S.A., representado por el Procurador de los Tribunales Dña. Paloma Guijarro contra D. Felipe Brito Campos representado por Procurador de los Tribunales Dña. Ana María de Guzmán Fabra y D. Juan Ramón Martín Méndez, declarado en situación de rebeldía procesal y ejercitando acción de reclamación de cantidad y siendo

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta a instancia de J. Parrilla, S.A. contra D. Felipe Brito Campos y D. Juan Ramón Martín Méndez, y condeno solidariamente a los demandados D. Felipe Brito Campos y D. Juan Ramón Martín Méndez a que abonen a la actora la cantidad de 22.438,95 euros, más los intereses legales y las costas judiciales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Las Palmas en el plazo de 20 días desde el día siguiente a su notificación. Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Juan Ramón Martín Méndez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de abril de 2016.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

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