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BOC-A-2016-099-1506.
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D./Dña. Gema Margarita Calvo Solé, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a catorce de marzo de dos mil dieciséis.
Vistos por mí, Dña. Gabriela Reverón González, Magistrado-Juez de Primera Instancia nº Dos de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de Juicio Verbal nº 226/2015, promovidos por el procurador Dña. Renata Martín Vedder, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Edificio Isla de Tenerife, defendida por el letrado D. Jordi García Ribera contra Dña. Aracely María Navarro Peña, incomparecida en autos y declarada en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda promovida por el procurador Dña. Renata Martín Vedder, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Edificio Isla de Tenerife, defendida por el letrado D. Jordi García Ribera contra Dña. Aracely María Navarro Peña, incomparecida en autos y declarada en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a que indemnice a la actora en el importe de trescientos once euros con treinta céntimos, con más los intereses legales; y ello con expresa condena en costas procesales a la demandada.
Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso.
Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Aracelis María Navarro Peña, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 14 de marzo de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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