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BOC Nº 52. Miércoles 16 de Marzo de 2016 - 993

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

993 Servicio Canario de Empleo.- Corrección de errores de la Resolución de 19 de febrero de 2016, del Director, por la que se designan los auditores, del censo de auditores externos del Servicio Canario de Empleo, que realizarán la justificación y verificaciones previstas en la normativa comunitaria, de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, sorteos nº 46, 46 bis y 47 (BOC nº 40, de 29.2.16).

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BOC-A-2016-052-993. Firma electrónica - Descargar

Advertido error en el texto de la Resolución nº 16/01058, de fecha 19 de febrero de 2016, de la Dirección del Servicio Canario de Empleo por la que se designan los auditores, del censo de auditores externos del Servicio Canario de Empleo, que realizarán la justificación y verificaciones previstas en la normativa comunitaria, de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, sorteos nº 46, 46 bis y 47 , de conformidad con lo dispuesto en artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a subsanarlo mediante la correspondiente rectificación:

Ver anexo en la página 6600 del documento Descargar

De conformidad con lo anterior,

R E S U E L V O:

Primero.- Acordar la corrección de errores de la Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo nº 16/01058, de fecha 19 de febrero de 2016, por la que se designaron auditores, del censo de auditores externos del Servicio Canario de Empleo, que realizarán la justificación y verificaciones previstas en la normativa comunitaria, de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, sorteos nº 46, 46 bis y 47.

Segundo.- Notificar la presente Resolución al interesado, con la indicación de que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de marzo de 2016.- El Director, Alejandro Martín López.

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