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BOC Nº 207. Viernes 23 de Octubre de 2015 - 4714

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria

4714 EDICTO de 1 de octubre de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de divorcio contencioso nº 0000003/2015.

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BOC-A-2015-207-4714. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Montserrat Gracia Mor, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n° 15 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a catorce de julio de dos mil quince.

Vistos por doña Carmen María Simón Rodríguez, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº quince de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos civiles de juicio verbal sobre divorcio contencioso seguidos con el nº 3/2015 a instancia de D. Juan Carlos Ali Padilla, representado por la Procuradora doña Gema Monche Gil, bajo la dirección legal de don Agustín Guillermo Santana, contra Dña. Verónica Valdes Celis, en situación procesal de rebeldía, recayendo la presente resolución en base a lo siguiente.

Que estimando la demanda de divorcio interpuesta por la representación procesal de D. Juan Carlos Ali Padilla, contra Dña. Verónica Valdes Celis, en situación de rebeldía, se decreta la disolución por divorcio del matrimonio formado por los expresados cónyuges celebrado el 26 de junio de 2007, con disolución de la sociedad legal de gananciales y demás efectos legales inherentes a tal declaración, sin expresa condena en costas.

Una vez firme esta resolución comuníquese al Registro Civil correspondiente a los efectos oportunos.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, en el plazo de veinte días desde su notificación y de la que se unirá certificación a las actuaciones quedando el original coleccionado en el libro de sentencias, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la presente resolución en el día de su fecha por S.Sª. estando celebrando audiencia pública.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Verónica Valdes Celis, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de 2015.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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