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BOC-A-2014-253-5812.
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D./Dña. Montserrat Gracia Mor, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, uno de diciembre de dos mil catorce.
Vistos por doña Carmen María Simón Rodríguez, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº Quince (Familia) de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de Juicio de Divorcio Contencioso, seguidos con el nº 573/2014, a instancia del Procurador don Luis Fernando León Ramírez, en nombre y representación de Dña. Yanira Díaz Bautista, asistida de la letrado doña María del Pilar Falcón López, contra D. Said Elkhazrajy, en situación de rebeldía, siendo parte el Ministerio Fiscal.
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la representación procesal Dña. Yanira Díaz Bautista, contra D. Said Elkhazrajy en situación de rebeldía procesal, debo acordar y acuerdo la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los litigantes en fecha 29 de enero de 2010, con disolución del régimen económico matrimonial en su caso y demás efectos legales inherentes a dicha declaración, sin que proceda hacer expresa imposición de costas procesales.
No procede hacer expresa imposición de costas procesales.
Firme que sea esta sentencia remítase testimonio de la misma al Encargado del Registro Civil del lugar donde esté inscrito el matrimonio a los efectos oportunos.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas el cual deberá ser interpuesto en el plazo de veinte días siguientes al de su notificación.
Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Said Elkahzrajy, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de diciembre de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
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