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BOC-A-2014-144-3318.
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D./Dña. Montserrat del Cristo Pérez Galván, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia n° 5 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 11 de febrero de 2014.
Vistos por el Ilmo. Sr. D. Sergio Calle Pérez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 5 de Arona los presentes autos de Juicio verbal de Familia. Divorcio contencioso, n°1518/2012 seguido entre partes, de una como demandante Dña. Rosalía Díaz Cieza, dirigido por el Letrado D. Mario Schwartz Delgado y representado por el Procurador D. Buenaventura Alfonso González y de otra como demandada D. Roger Luis Vázquez Alarcón, sobre divorcio contencioso.
FALLO
Estimando la demanda interpuesta por el procurador D. Buenaventura Alfonso González en representación de Dña. Rosalía Díaz Cieza declaro disuelto por causa legal de divorcio el matrimonio formado por los cónyuges Dña. Rosalía Díaz Cieza y D. Roger Luis Vázquez Alarcón, que contrajeron el día 22 de marzo de 2008, con los efectos inherentes a su pronunciamiento.
Sin declaración expresa en cuanto a las costas ocasionadas.
Notifíquese a las partes y Ministerio Fiscal haciéndoles saber que la presente no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y ss de la LEC, haciéndoles saber que la interposición del recurso no suspenderá la eficacia de las medidas que se hubieren acordado de conformidad con lo dispuesto en el artº. 774 de la LEC.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Roger Luis Vázquez Alarcón, expido y libro el presente en Arona, a 25 de marzo de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
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