Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 227.67 Kb.
BOC-A-2014-131-3008.
Firma electrónica
- Descargar
D. Pablo David Sánchez González, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 14 de mayo de 2014.
Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. María Carmen Serrano Moreno, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000112/2013 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. Asemas Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, dirigido por el Letrado D./Dña. Restituto Cuesta González y representado por el Procurador D./Dña. Jaime Modesto Comas Díaz y de otra como demandada D./Dña. Arbelo y Martínez, S.L., en rebeldía, sobre Reclamación de Cantidad.
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Asemas Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija contra Arbelo y Martínez, S.L.:
- Se declara que, una vez desaparecida la solidaridad con respecto a los acreedores, corresponde a la demandada el pago de su cuota, siendo esta un cuarto del total de la condena por principal e intereses (26.263,83 euros de principal y 4.716,32 euros de intereses).
- Se condena en este procedimiento al pago del 50% de dicha cantidad, en ejercicio de la acción de regreso correspondiente al actor; es decir, la cantidad de 13.131,92 euros de principal y la cantidad de 2.358,16 euros de intereses (total 15.490,08 euros). Se condena en costas a la parte demandada.
Contra esta Sentencia cabe interponer Recurso de Apelación en el plazo de veinte días a contar desde su notificación, previa la prestación de caución.
Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido de Arbelo y Martínez, S.L., expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 9 de junio de 2014.- El Secretario/a Judicial.
© Gobierno de Canarias