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BOC Nº 121. Miércoles 25 de Junio de 2014 - 2787

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife

2787 EDICTO de 8 de abril de 2014, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de divorcio nº 0000387/2012.

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BOC-A-2014-121-2787. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Inmaculada Monllor Gisbert, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"SENTENCIA

En la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, a veintiséis de febrero de dos mil catorce.

Vistos por mí, María de los Dolores Aguilar Zoilo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número siete de esta ciudad, los presentes autos de divorcio que con el número 387/12 se han seguido en este Juzgado a instancias del Procurador Dña. Carmen Guadalupe, en nombre y representación de D. Pedro Alfonso Expósito Martín, bajo la dirección letrada de Dña. María Magdalena Gómez, contra Dña. Bonielyn Dayag Calpito.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador, Dña. Carmen Guadalupe, en nombre y representación de D. Pedro Alfonso Expósito Martín, bajo la dirección letrada de Dña. María Magdalena Gómez, contra Dña. Bonielyn Dayag Calpito y debo declarar y declaro la disolución del matrimonio de los cónyuges.

Todo lo anterior lo es sin hacer especial condena en costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella se podrá interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a su notificación ante este juzgado.

Firme que sea esta resolución líbrese oficio exhortatorio al Registro Civil que corresponda para la anotación de su parte dispositiva al margen de la inscripción de matrimonio.

Así por esta mi Sentencia, de la que se llevara testimonio a la causa de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación: la anterior sentencia publicada por el Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife, constituido en audiencia pública de su fecha, de lo que doy fe".

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Bonielyn Dayag Calpito, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 8 de abril de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

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