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BOC Nº 73. Lunes 14 de Abril de 2014 - 1575

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria

1575 EDICTO de 3 de febrero de 2014, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio de divorcio contencioso nº 0000689/2013.

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BOC-A-2014-073-1575. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Montserrat Gracia Mor, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

Vistos por doña Carmen María Simón Rodríguez, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número Quince (Familia) de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de Juicio de Divorcio Contencioso, seguidos con el nº 689/2013, a instancia del Procurador don Jorge Cantero Brosa, en nombre y representación de D. Ruymán Cabrera Bolaños, asistido del letrado don Gonzalo M. Franchi del Río, contra Dña. Patricia Guachala Castillo, en situación de rebeldía procesal, recayendo la presente resolución en base a lo siguiente.

Que estimando la demanda formulada por la representación procesal D. Ruymán Cabrera Bolaños, contra Dña. Patricia Guachala Castillo en situación de rebeldía procesal, debo acordar y acuerdo la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los litigantes en fecha 13 de noviembre de 2009, con disolución de la sociedad legal de gananciales y demás efectos legales inherentes a dicha declaración, sin que proceda hacer expresa imposición de costas procesales.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Patricia Guachalla Castillo, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de febrero de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

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