Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 247.67 Kb.
BOC-A-2014-046-965.
Firma electrónica
- Descargar
En cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de Santa Cruz de Tenerife, en el recurso que se tramita como procedimiento ordinario nº 203/2013, interpuesto por la Unión General de Trabajadores (U.G.T.), contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública nº 955, de 26 de diciembre de 2013, por la que se revocan los permisos sindicales retribuidos a tiempo completo concedidos mediante la Resolución del citado centro directivo nº 547, de 16 de julio de 2012, y posteriores sustituciones, en virtud del Acuerdo de 7 de junio de 2012, sobre medidas de seguimiento de los acuerdos sobre concertación social entre la Consejería de Empleo, Industria y Comercio y las Centrales Sindicales Comisiones Obreras (CC.OO.) y Unión General de Trabajadores (U.G.T.), por lo que respecta a los afiliados a este último sindicato, y dado que el acto objeto de la impugnación podría afectar a una pluralidad de personas por determinar, supuesto subsumible en lo dispuesto en el artículo 59.6.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General, conforme a lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
R E S U E L V E:
Primero.- Ordenar la remisión del expediente administrativo que corresponde al recurso contencioso-administrativo nº 203/2013, seguido a instancias de la Unión General de Trabajadores (U.G.T.).
Segundo.- Emplazar a cuantos aparezcan como interesados en el recurso contencioso-administrativo que se tramita como procedimiento ordinario nº 203/2013, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, de Santa Cruz de Tenerife, para que puedan comparecer ante el mencionado Tribunal en el plazo de nueve días, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de febrero de 2014.- El Director General de la Función Pública, Aarón Afonso González.
© Gobierno de Canarias