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BOC-A-2013-236-6002.
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D./Dña. Flora Benita Arteaga Herrera, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
La Ilustre Sra. Dña. Judith Isabel Lorenzo Bastidas, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Dos de esta Ciudad, y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de Juicio ordinario promovidos por D. José Manuel Rodríguez González y Dña. Andrea Quesada Fumero, representados por el Procurador Sr. Alfonso González, y con asistencia del Letrado Sr. García Rodríguez, contra la entidad mercantil "Rojoce, S.L.", declarada en rebeldía, en el ejercicio de una acción de resolución de contrato privado de compraventa y reclamación de cantidad.
Contra esta Sentencia podrá prepararse en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde su notificación. Para su admisión a trámite será necesario haber consignado previamente a la solicitud de preparación, y en la cuenta de Depósitos de este Juzgado, un depósito de cincuenta euros conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Rojoce, S.L., expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 10 de octubre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.
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