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BOC Nº 156. Miércoles 14 de Agosto de 2013 - 4384

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto del Rosario

4384 EDICTO de 2 de julio de 2013, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000191/2011.

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BOC-A-2013-156-4384. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Isabel Hernández Bautista, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto del Rosario y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"SENTENCIA"

En Puerto del Rosario, a 20 de noviembre de 2012.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. Manuel Alcover Povo, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto del Rosario los presentes autos de Juicio verbal, n° 0000191/2011 seguido entre partes, de una como demandante la Comunidad de Propietarios del Edificio sito en la calle Antonio Espinosa número 2 de Puerto del Rosario, y de otra como demandada D. Francisco García Cascallar y Dña. María Esther Ordóñez Abuin, sobre Reclamación de Cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios del Edificio sito en la calle Antonio Espinosa número 2 de Puerto del Rosario, contra Dña. María Esther Ordóñez Abuin y D. Francisco García Cascallar; y en consecuencia condeno a los demandados al pago a la actora de la cantidad de 1.350 euros, más los intereses legales que devengue esta cantidad desde la fecha de la interpelación judicial.

Se condena a los demandados al pago de las costas devengadas en este proceso.

MODO DE IMPUGNACIÓN: la presente Sentencia es firme y frente a ella no cabe recurso alguno.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Francisco García Cascallar y María Esther Ordóñez Abuin, expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 2 de julio de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

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