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BOC-A-2013-106-2947.
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El Consejo de Administración del hoy extinto Consorcio Sanitario de Tenerife en sus sesiones de 13 de diciembre de 2007 (BOC nº 51, de 11.3.08) y de 15 de diciembre de 2008 (BOC nº 49, de 12.3.09), acordó aprobar la Oferta de Empleo de 2007 y su ampliación, respectivamente. Actualmente se encuentra concluida la oferta de empleo convocada por Decreto de 29 de abril de 2008 (BOC nº 104, de 26.5.08) del Gerente del Consorcio Sanitario de Tenerife, a excepción de las plazas de médico adjunto en la especialidad de rehabilitación y quedando pendiente de concluir la ampliación de la referida Oferta de Empleo.
El Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el 23 de diciembre de 2008, adoptó, entre otros, autorizar la suscripción del Acuerdo entre la Consejería de Sanidad y el Cabildo Insular de Tenerife por el que se instrumentalizan las condiciones para la integración del Hospital Universitario de Canarias y determinados centros sanitarios dependientes del Consorcio Sanitario de Tenerife en el Servicio Canario de la Salud. Dicho Acuerdo fue formalizado con fecha 30 de diciembre de 2008 y publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 13, de 21 de enero de 2009, por Resolución de la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud. En su cláusula tercera del antedicho Acuerdo, el Servicio Canario de la Salud "asume el personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a los centros integrados que se señalan en relación anexa II, haciéndose cargo de los expedientes administrativos de personal".
Por Resolución de 16 de abril de 2010, de la Dirección General de la Función Pública (BOC nº 83, de 29 de abril) se delegó en la Directora General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud la competencia para nombrar los miembros de los tribunales de pruebas selectivas de acceso a la condición de personal laboral fijo, aprobar la relación de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas, la declaración de la adjudicación de plazas y la contratación y formalización de los contratos laborales fijos, resultantes de la ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2007 aprobada por el Consejo de Administración del extinto Consorcio Sanitario de Tenerife.
Por Resolución de 28 de octubre de 2011, de la Dirección General de la Función Pública (BOC nº 219, de 7 de noviembre) se revocó la anterior Resolución de 16 de abril de 2010, y se delegan en la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud y en la Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias determinadas competencias relativas a la selección de personal laboral fijo correspondiente a la ampliación de la Oferta de Empleo Público de 2007.
Sin embargo, derivado de la Oferta de Empleo Público de 2007 (BOC nº 51, de 11 de marzo) queda pendiente la convocatoria de cuatro plazas vacantes de personal laboral fijo de Médico Adjunto, especialidad Rehabilitación, que había quedado suspendida cautelarmente con fecha 6 de marzo de 2009 por el órgano de selección designado, ya que estaba pendiente de la firmeza y ejecución de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias derivado del procedimiento abreviado nº 406/2006, en el que estaban incursos participantes en el proceso selectivo.
Como quiera que continúan vigentes las condiciones organizativas que propiciaron la anterior delegación, y en coherencia con lo que establecen las propias bases genéricas aprobadas por el Consejo de Administración del Consorcio Sanitario de Tenerife de 17 de diciembre de 2003 (BOC nº 18, de 28.1.04) que deben regir la convocatoria de pruebas selectivas de acceso a la condición de personal laboral fijo correspondientes a la referida Oferta de Empleo Público.
El artículo 53.c), e) y f) del Decreto 3331/2011, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, atribuye al Director General de la Función Pública la competencia en materia de selección el nombramiento de los miembros de los tribunales de pruebas selectivas de acceso a la condición de personal laboral fijo, aprobar la relación de admitidos y excluidos en las pruebas selectivas de acceso del personal laboral fijo y contratar al personal laboral fijo y formalizar el contrato.
Vista la propuesta del Servicio Canario de la Salud, considerando que existen razones de eficiencia que así lo aconsejan y de conformidad con lo regulado en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el Director General de la Función Pública,
R E S U E L V E:
Primero.- Delegar en la Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias la competencia para nombrar los miembros de los tribunales de pruebas selectivas de acceso a la condición de personal laboral fijo, aprobar la relación de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas y la declaración de la adjudicación de plazas, resultantes de la ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2007 aprobada por el Consejo de Administración del extinto Consorcio Sanitario de Tenerife, en la categoría de Médico Adjunto, especialidad Rehabilitación.
Segundo.- Delegar en la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud la competencia para contratar y formalizar los contratos laborales fijos, resultantes de la ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2007 aprobada por el Consejo de Administración del extinto Consorcio Sanitario de Tenerife.
Tercero.- En las actuaciones que se realicen en virtud de estas delegaciones se deberá hacer constar la autoridad de procedencia, así como la presente Resolución, entendiéndose dictada por el órgano delegante.
Cuarto.- La presente Resolución tendrá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de mayo de 2013.- El Director General de la Función Pública, Aarón Afonso González.
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